¿Qué
impacto genera la piratería? ¿Tienen ustedes alguna
estadística?
La semana pasada, cuando anunciamos la campaña
, anunciamos también que finalizamos un estudio de mercado
con CCR, Cuore Consumer Research, que es una compañía
de investigación de mercado muy conocida en la Argentina.
Trabajamos sobre 700 casos , que son representativos para poder
llevarlos a un universo a nivel país y determinamos, en este
estudio, que se comparten en Argentina aproximadamente 412 millones
de canciones por año en Internet en forma ilegal. Si consideramos,
entonces, que cada álbum tiene 13 canciones, nos da que se
comparten 31 millones de álbumes en la red, por año,
en Argentina. Comparado con 14 millones de álbumes que se
venden en forma legal en el país, esto nos da una visión
del problema. Un poco más que el doble de lo que se vende
en forma legal de discos en el país, es lo que la gente comparte
en forma ilegal en la red en Argentina.
¿Cuál es el impacto económico
que esto representa?
¿Lo han establecido?
Sí. Si el valor promedio de un disco, a nivel
compañía, es de 10 pesos y el valor promedio de un
disco, a nivel venta minorista, es 18 pesos, es cuestión
de multiplicar 31 millones de discos por 20 pesos y tenemos 600
millones de pesos a nivel global que pierde de facturar toda la
cadena de negocios, incluyendo la minorista, que incluye a los vendedores,
los comerciantes, los distribuidores, los camioneros, las radios,
las televisoras, los medios de comunicación, los artistas,
los intérpretes, los diseñadores gráficos y
todo el mundo que trabaja del mercado de la música.
En función de la información que
obtuvieron, ¿se presentaron en la justicia penal, en la civil,
o en ambas?
Lo que nosotros hicimos fue surfear la red igual
que cualquier usuario de sistemas peer to peer, como el Kazaa o
el e-Mule. Esto es posible porque son sistemas que a la gente se
le ponen visibles ex profeso, a propósito. No estamos invadiendo
la privacidad de nadie, sino justamente aceptando la invitación
que hacen todos, en ese tipo de sistemas, a estar abiertos a que
los demás los vean. Digo esto porque si es una revista que
viene de la Facultad de Derecho es bueno explicar algunos aspectos
legales que son muy interesantes. No estamos entrando en la privacidad
de nadie, si no que estamos entrando a los lugares a los que nos
invitan a entrar. Un usuario de Kazaa está abierto para que
todos lo miren. Nosotros hacemos lo que nos permiten. De la misma
manera que cuando vemos un pirata en la calle. Necesitamos sólamente
mirar para verlo. Distinto es si queremos entrar en su domicilio.
Necesitamos entonces una orden de allanamiento. A través
de esto, determinamos cuál es la dirección IP de este
usuario y le requerimos a la justicia que nos indique a quién
corresponde esa dirección IP. O sea, a qué cuenta
de Internet, a qué conexión de Internet.
Una dirección IP, por rango, permite saber
a qué poder de acceso corresponde, si a Fibertel, a Telefónica
o a quien fuera y la justicia le pide a ese poder de acceso que
diga a qué conexión de usuario pertenece esa determinada
IP, que ese determinado día nosotros vimos que estaba compartiendo
música protegida por propiedad intelectual. Son demandas
de tipo civil que tienen dos objetos: uno, cese en la actividad
infractora y dos, reparación de los daños causados
por esa actividad.
¿Van a trabajar sobre
un caso en particular?
No. Hasta ahora, Iniciamos veinte casos y son los
primeros veinte casos. Cuando llegamos a veinte casos, entendimos
que teníamos una cantidad suficiente para hacer una anuncio
público de esta situación. Pero, son nada más
los primeros veinte. Vamos a hacer tantos casos como encontremos
y como nos den las fuerzas y los recursos.
Entonces, por ahora, es sólo una demanda
civil ...
Es una demanda civil. Pero, una demanda civil es
mucho más de lo que uno cree. Es decir, hay mucha gente en
la Argentina que ve cómo la justicia penal no funciona de
la forma que debería para ser ejemplificadora. Entonces,
una demanda penal no genera quizás tanta visión del
problema o del riesgo como una demanda civil, porque la demanda
civil depende exclusivamente de nosotros, funciona por impulso de
parte y vamos a perseguir esta demanda hasta que cada uno de estos
infractores pague lo que hizo. Entonces, cada padre va a pagar la
macana que hizo su hijo bajando música de Internet. ¿Por
qué? Porque de la misma forma que yo puedo impedir que mis
hijos vean pornografía en Internet, puedo impedir que compartan
archivos en forma ilegal con recursos muy sencillos y disponibles
en la red.
En Comunicaciones entrevistamos
a la profesora Rosa Franquet Calvet, quien comentó que en
Europa se ha impuesto la costumbre de compartir los archivos musicales
de la misma forma en la que se prestan libros u otros objetos, sobre
todo entre los jóvenes, y se argumenta que si uno se va de
viaje a un sitio remoto sin acceso a la web está en su derecho
de dejarle sus archivos a los amigos, ¿esto supone alguna
grieta en la argumentación de Ustedes?
No, en absoluto. Si yo me voy a Alaska un mes y
presto mis discos, lo que estoy prestando son objetos materiales,
cosa que tengo derecho a hacer. Le presté mis discos a una
persona, de la misma forma en que se los puedo prestar a Usted ahora,
o que Usted me los puede prestar o regalar a mí. Regalar
discos es una actividad bastante bonita y representativa. Porque
cuando alguien regala un disco está regalando, aparte de
un objeto material con algún valor, un concepto. Le regala
ese disco a esa persona. Y prestar discos es una actividad normal.
Lo que estamos diciendo nosotros es que lo que no es correcto es
copiar música, no prestarla. No hay contradicción
en el punto si nos vamos a Alaska y les dejamos los discos a los
amigos.
No hay contacto con lo que Ustedes están
planteando ...
En absoluto. Nosotros estamos hablando de compartir
archivos en Internet.
Que para ustedes no es un objeto ...
No. Es un bien. Es propiedad intelectual. No es
un objeto material. Es un bien inmaterial. Como bien inmaterial,
cuando Usted compra un disco lo que compra es el derecho sobre el
pedazo físico que está comprando y por eso lo puede
prestar y el derecho a escuchar ese tema de la forma en que se le
dé la gana. Pero, no está comprando el derecho a hacer
copias y distribuirlas. Y esto no es solamente en la música:
es en todas las obras intelectuales, en todo el mundo y desde hace
un par de centenas de años. Cuando yo compro un libro de
Borges no tengo derecho a editarlo. Cuando yo alquilo una película
de Tarantino en Blockbuster no tengo derecho a editarla y ni siquiera
tengo a derecho a ponerla al aire en la televisión, si fuera
un medio de comunicación. Debería comprar un derecho
distinto, que es el derecho de radiodifusión. Cuando yo compro
un disco, en Musimundo o en Yenny, estoy comprando el derecho a
tenerlo, escucharlo, destruirlo, romperlo, prestarlo, regalarlo,
pero no el derecho a copiarlo y distribuir copias. Sí tengo
derecho a copiarlo con fines personales: si quiero hacer una copia
para tenerlo en mi auto o en mi quinta, magnífico. Pero,
si quiero hacer una copia para regalarla, no; porque ahí
ya estoy duplicando el objeto para uso de un tercero. La copia privada
es siempre en función del uso propio. Si yo puedo hacer una
copia para regalarle a Usted, entonces, ¿cuántas copias
puedo hacer para regalarle a tantos otros?
Si somos un grupo de cien personas, nos divertiríamos
mucho: compramos cada uno 1 disco y hacemos 100 copias. El resultado
final desde una lógica kantiana estricta es que, dentro de
exactamente 17 minutos, desaparece la posibilidad de recrear música.
¿Porqué? Porque nadie tiene el derecho a distribuirla
porque lo tienen todos. Que todos tengan derecho a distribuirla
significa que nadie lo tiene. Si nadie tiene derecho a distribuir
música, a través de lo cual hay una inversión
y una creación, lo que sucede es que no va a haber más
música grabada. Es una posibilidad. Si se legisla, bárbaro.
Hay que entender si eso es posible. No lo es en el mundo de hoy.
Si queremos seguir distribuyendo y escuchando música como
sucede hoy, hay que proteger las creaciones de ser copiadas y distribuidas
en forma ilegal.
Antes, la gente iba a la disquería y compraba
un disco, ahora, parece tenerlo más a mano en Internet. ¿La
industria tiene que reconvertirse necesariamente y buscar una salida
a esto o se mantiene firme en su metodología de trabajo actual?
La tecnología ha hecho dos cosas. Antes de
Internet, lo que hizo fue permitir las copias masivas esté
o no esté en Internet el producto. Hay mucha piratería
en las calles que no pasa por Internet, que pasa por reproducciones
masivas. Por otro lado, Internet vino a permitir mayores posibilidades
en relación al copiado de música. Las posibilidades
tecnológicas no nos hablan de los derechos y de los deberes.
Nos hablan de las posibilidades. También hay muchas armas
de fuego y no nos da derecho a salir, a todos, a pegar tiros por
ahí, ¿no? Está muy bien que haya armas, como
hay muchos automóviles que si uno los usa de una forma determinada
lo que puede hacer es matar a medio planeta. Tengo derecho a usarlo
pero no a matar gente. Tenemos derecho a usar armas pero no a matar
gente y tenemos derecho a comprar música y tener copiadoras
para hacer mis propias copias o para copiar mis archivos. Y si yo
soy autor y quiero distribuir mis copias ahí mismo, no tengo
problemas para hacerlo. Para eso sirve.
No es que deba reconvertirse la industria. Lo que
hace, básicamente, la industria discográfica, es descubrir
talentos artísticos y desarrollar sus carreras en forma de
discos, en obras que a veces son conceptuales, de 12 ó 13
temas y que distribuye de varias formas. En una época en
cassette, ahora en discos compactos; pero, también en derechos
para films y para publicidades. Y ahora, también, haciendo
distribuciones a través de Internet. Esto es lo que está
haciendo y lo que va a seguir haciendo.
Lo que estamos diciendo es que para que las compañías
discográficas y los artistas puedan distribuir en forma legal
música en Internet, primero tenemos que evitar esta enorme
costumbre, esta cultura que se ha establecido respecto a al distribución
ilegal. Hoy, hay una especie de piedra libre en relación
a la música en Internet. De aquí a fin de año,
en Argentina, van a haber cinco sitios, por lo menos, que distribuirán
música legal. Entonces, la industria, sí se esta reconvirtiendo
y sí está mirando que hay un nuevo mercado que debe
trabajar para distribuir sus productos.
La industria hace lo mismo, descubre talentos y
los desarrolla. Vende discos, vende publicidad, vende en Internet,
que es una nueva forma de vender discos.
¿Evalúan Ustedes la posibilidad
de que variando los precios con los que llegan los productos al
público se podría evitar parte del conflicto o son
dos aspectos divergentes?
Absolutamente. Desde un punto de vista matemático
o estrictamente económico, podríamos decir que si
bajaran los precios subiría la demanda. De todas maneras,
los precios no están establecidos solamente por la demanda
si no también por los insumos. Un pirata puede vender al
precio que vende porque no paga ningún insumo. El insumo
más caro, por ejemplo, es el artista. El derecho de autor,
los derechos de los artistas, los impuestos, la grabación,
pagar varias horas o varias semanas en un estudio de grabación,
hacer la gráfica, reproducirla, hacer el marketing, llegar
a todas las radios, agarrar el camión, distribuir el producto,
llegar con el disco a la disquería. Lo que hace el pirata,
cuando todo eso terminó, cuando usted tiene un disco listo
y terminado después de seis meses de trabajo loco y grosero,
lo copia y lo vende. Se pliega en los últimos diez segundos
de una cadena bastante compleja. Entonces, obviamente, ¿si
fuera más barato se vendería más? Sí.
¿Si fuera más barato se evitaría la piratería?
Sí, pero no puede ser más barato. Me encantaría
poder vender al precio que venden los piratas, pero para eso debería
no pagarle a los artistas, no pagarle a los autores, no grabar ...
¿Y cómo voy a vender si no grabo?
¿Por qué nos
cuesta a los consumidores creer que no se puede hacer más
barato? Más aún cuando nos enteramos que lo queda
al artista de esos 26 pesos es una cifra muy menor ...
Grabar un buen disco puede costar, por ejemplo,
50 mil pesos. Más barato, 30 mil. O aún menor. Hacemos
una grabación de 20 mil pesos. Esto implica haber desarrollado
todo un repertorio, haberlo escrito, haberlo ensayado y hay partes
que no estoy valorando. Después le voy a hablar de lo que
cuesta ir a un estudio de grabación, alquilarlo y grabar,
pero mientras tanto esos músicos trabajaron varios
meses creando esas canciones, ensayándolas, arreglándolas
y poniéndoles florcitas para que queden bonitas. Después
vamos al estudio de grabación y empezamos a gastar dinero
en el sentido de que firmamos cheques, pero después los cheques
que vamos a dar a los artistas son los que pagan todo ese trabajo
anterior. Gastamos 20 mil pesos en un disco que después vende
5 mil ejemplares. Gastamos, en la grabación, 4 pesos por
disco, 2 ó 3 pesos en marketing y me olvidé de retribuir
al fisco nacional, que se lleva el 21 %, me olvidé de pagarle
el sueldo a mis empleados, ni hablar de alquileres y demás
y de pagar derechos de autor. Un disco sale, promedio, a una compañía
discográfica, 10 pesos. Llega al público a 26 porque
la cadena y el estado se llevan otro tanto. Entiendo que sea difícil
para un consumidor entenderlo de la misma forma que a mi me cuesta
mucho trabajo entender porqué un kilo de nalga de ternera
cuesta 14 pesos ó 13 pesos. Si Usted ve que hay tanta cantidad
de vacas en el campo ... Pero, claro, si nosotros tuviésemos
la posibilidad de saltar los cercos, agarrar las vacas, matarlas
y comerlas, gratis, nos parecería mucho más caro todavía
esos 13 ó 14 pesos que tenemos que pagar por un kilo de carne
de nalga de ternera. Es caro, pero decímos, bueno, hay un
trabajo, hay que criar las vacas, transportarlas, matarlas, cortarlas,
filetearlas. Pero estaría lindo, porque pasa algo muy parecido
con las vacas: las terneritas, que son las más chiquitas
y las más ricas, se pueden reproducir. Digo, si Usted agarra
una vaca, es una cosa. Pero si en lugar de las vacas roba las terneras,
al dueño no le ha sacado nada porque igual se queda con las
vacas. Bueno, lo mismo pasa con las discográficas. Porque,
¿qué estoy haciendo? Estoy copiando los discos, nada
más. Ellos se quedan con el artista ...¿me explico?
Volviendo al tema legal, ¿entienden Ustedes
que las leyes que existen son suficientes para resolver sobre este
problema?
Sí. Sí y no. Sí en el sentido
de que lo que protege la ley de propiedad intelectual son las obras
creativas, no la forma en que se distribuyen esas obras. Entonces,
una canción, como tema musical o una grabación, como
banda sonora, está protegida independientemente de la forma
en que se ha distribuido o vendido, en disco o por Internet. No
debe haber una legislación especial para proteger las obras
en Internet, porque está protegido el derecho sobre las obras.
Y eso es desde siempre y no hay contradicción con ese tema.
Pero, la legislación no es suficiente, no sólo por
Internet si no por la piratería en general, para la forma
en que se sanciona. De hecho, por eso es que hay tanta piratería.
Porque nadie entiende que haya una sanción real al delito
de la piratería. Y difícilmente, en el imaginario
social se interprete la piratería como un delito: porque
no tiene sanción, más allá de que hay una ley
que describe cosas tales como pena de prisión para el ejercicio
de la piratería. Pero, no hay una sanción en la realidad.
La gente no va presa por hacer piratería. Entonces sí
se precisan modificaciones legislativas, si es que queremos seguir
protegiendo a nuestros artistas y a nuestra cultura y a nuestra
industria nacional de la música. Para proteger a la música
de ser robada de la misma manera que se protegen a las vacas, a
los automóviles de ser robados, a las casa de ser usurpadas
o como a tantos otros bienes.
¿En este proceso de la creación
de una nueva ley que abarque este aspecto, tienen Ustedes algún
trabajo realizado? ¿Piensan consultar a la Universidad?
Estamos trabajando con otros sectores de industrias
relacionadas, como el cine y como el software, en pensar si juntos
podemos establecer ciertos proyectos legislativos que criminalicen
la piratería como tal. Y, básicamente, presentarla
como un crimen organizado. La piratería no es un juego de
chicos. Son, usualmente, bandas de personas que en forma empresarial,
ilegal, se dedican a distribuir y a vivir exclusivamente de eso.
Su modus vivendi es el delito. De la misma forma que una cosa es
un crimen pasional y otra cosa es un crimen organizado. Esto es
como las bandas que asaltan bancos: no se dedican a trabajar de
choferes de colectivos y después, cuando están aburridos,
roban bancos. Roban bancos o asaltan a gente en la calle. Se dedican
a eso en forma organizada y criminal. La piratería que vemos
en las calles es organización criminal de piratería.
No son tipos que trabajan de otra cosa y cuando están distraídos
hacen piratería. Por eso la piratería debe ser combatida
como un delito económico de la magnitud que tiene. Y los
delitos económicos organizados son más graves que
los crímenes pasionales, aunque no esté en juego la
vida. Pero, usualmente, el homicidio involucra un crimen pasional.
O sea, quien comete homicidio, que se entienda bien lo que digo,
no es alguien que tenga la tipología del delincuente. En
general, es alguien que se calentó y mató. El que
roba metódicamente, el que hace piratería, el que
asalta bancos metódicamente, el violador, todos ellos, son
personas que tienen tipología criminal. Están hechos
para el crimen. Se dedican a cometer delitos en forma permanente
y constante. El económico es un crimen que no es pasional.
Es premeditado, es pensado, es planificado y está destinado
a destruir toda una cadena productiva.
¿Observan Ustedes alguna legislación
en el exterior que se aproxime a su posición o que pretendan
incorporar a la legislación argentina?
No. Nuestra legislación es buena. Protege
a las obras fonográficas. Sí tenemos experiencias
en México y en Brasil, donde se han incrementado las penas
por piratería. En México, en particular, se ha involucrado
a la piratería como crimen organizado y eso permite que haya
una mayor cantidad de acciones contra la piratería y entonces,
un sentido social más de punición sobre este crimen.
Pero, cada legislación es cada legislación y tiene
un peso propio en relación a los demás delitos y hay
que pensarla en función de la legislación nacional
y del equilibrio de delitos que hay en nuestro propio código
penal y de las leyes complementarias. ©
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