Resumen : |
Se trata de dar el debate en torno a cómo incorporar en una lógica de derechos la complejidad del cuidado. Esto es, no solo relacionado con un status de trabajador/a asalariado o con un sujeto beneficiario o receptor de una política de cuidado sino como un principio inherente a la igualdad de oportunidades, de trato y de trayectoria. En rigor, la efectivdad de una medida de corte igualitario se comprueba no solo en las garantías de acceso y de la potencialidad de ingreso a un puesto de trabajo en igualdad, sino durante todo el desarrollo de su desempeño laboral (trayectoria) en donde no existan situaciones de segregación ocupacional, las que entre otros factores incluyen estratificación social en cuanto al poder, las calificaciones profesionales o técnicas y los ingresos, traduciéndose todos estos factores en indicadores que en general prueban las desventajas sociales y económicas que tienen las mujeres. A su vez, resulta indispensable analizar el cuidado como obligación y las múltiples implicancias y derivaciones que trae aparejada, entre otras si es una obligación privada o pública, y quienes son los sujetos obligados a prestar cuidado. |