Introducción al DERECHO COLABORATIVO
Docente: Abogada Rossana Flavia Bril
El DERECHO COLABORATIVO puede entenderse como una nueva forma de ejercicio de la profesión? de Abogado en la que a través? de acuerdos con el cliente se excluye la vía judicial para la resolución de un conflicto y se colabora con la parte contraria para la consecución? de un acuerdo.
La práctica colaborativa esta? muy extendida en el ámbito del conflicto familiar, aunque también se está desarrollando cada vez más en otras materias del derecho civil y mercantil, e incluso en el ámbito laboral.
Los tres elementos básicos del Ejercicio Colaborativo son, la exclusión de la vía judicial, la colaboración de las partes y sus abogados y el diseño del procedimiento por los abogados con la participación en su caso de otros profesionales neutrales tales como mediadores, psicólogos, asesores fiscales, coaches u otros profesionales.
Una de las especialidades del Derecho Colaborativo es el hecho de que si finalmente no fuera posible la consecución del acuerdo y fuera ineludible el acceso contencioso a los Tribunales, el Abogado participante hasta el momento cesaría? en su función y el cliente se vería representado por otro Abogado, salvo que fuera preciso una resolución judicial, caso en el que también la demanda se realizaría de forma colaborativa (por ejemplo, cuando se presenta la demanda de mutuo acuerdo en el divorcio) o con el acuerdo de las partes.
La buena fe de partes y Abogados en el procedimiento es un requisito necesario, que no es incompatible con la defensa de cada Abogado de los intereses de su cliente y desarrollo de estrategias de abordaje de la resolución? del conflicto.
El ejercicio del Derecho de forma colaborativa o cooperativa de forma genérica? (por ejemplo, Abogados que intentan llegar a acuerdos, Abogados que aconsejan a sus partes vías? de consenso, etc.) no es Ejercicio Colaborativo estricto sensu. Solo? cuando se pacta expresamente la exclusión? del Abogado para el caso en que no se consiga un acuerdo se está ejerciendo el Derecho Colaborativo.
Se puede decir que tanto mediación como práctica colaborativa son métodos de resolución de conflictos distintos del tradicional a través del proceso judicial.
Los Abogados Colaborativos y los mediadores tienen en común su habilidad para comunicarse y para negociar, pueden conocer las mismas técnicas y desarrollar formas de gestión parecidas.
El Abogado colaborativo puede ser el principal usuario de la mediación, pues conoce bien su funcionamiento y acude a la mediación? cuando hay un impasse o cuando considera que es bueno que las partes sean ayudadas por un tercero para conseguir un acuerdo en un determinado tema.
Programa
- Introducción al Derecho Colaborativo. Origen e historia.
- ¿Qué es la práctica colaborativa?
- Pilares. Renuncia tribunales, buena fe, comunicación transparente, colaboración, tiempos del proceso adaptados a las necesidades de las partes, confidencialidad, 4. Diferencia con la mediación, arbitraje y otros métodos adecuados de resolución de conflictos.
- Características de los procesos colaborativos - Estructura de la práctica colaborativa.
- Método de negociación en la práctica colaborativa.
- Formación del profesional colaborativo.
- Clase Práctica - Casos reales.
Docente: Abogada Rossana Flavia Bril
Abogada Ambientalista, especialista en Derecho de Seguros, Diplomada en Arbitraje Internacional- Especialista en Derecho Tributario. Formada en Derecho Colaborativo en Euskadi España, Comunicación no violenta, Derecho Sistémico, Certificada por la ICF como coach ontológica avanzada, y por la Global Confederation of Coaching, formada en Coaching en el Poder y la Política, capacitada en áreas, como Neurociencia y Derecho, Bioneuroemoción, metafísica, física cuántica. Creadora del programa de Coaching Jurídico Transformacional. Directora de la Global Confederation Of Coaching capítulo Argentina. Autora del libro "Abogar Emergente" Creadora de MARC (métodos ágiles de resolución de conflictos), un sistema para la resolución de conflictos socioambientales, sociales, empresariales y complejos. Facilitadora en procesos personales de crecimiento y desarrollo personal.
* Docentes invitados de la Asociación de Derecho Colaborativo de Euskadi - España, quienes nos compartirán su experiencia práctica desde hace más de quince años, a esta parte, como abogados colaborativos y su evolución en el área de servicio profesional.