III Encuentro de Profesores y Alumnos - "Repensando el Plan de Estudios"

Coordinadores: Juan Lucas Finkelstein Nappi - María Piqué

"Repensar el Plan de Estudios: Nuevas Perspectivas"

Comisión 3: Derecho Penal

Establecer un “contenido mínimo” respecto de cada una de las materias que corresponden al Departamento de Derecho Penal y Procesal Penal no es una tarea sencilla, dado que dicho contenido depende de qué se entiende por “Derecho Penal”, es decir, por qué disciplinas está conformado y con cuales se relaciona íntimamente. Sin embargo, no se trata de una tarea imposible, puesto que es plausible llegar a un acuerdo mínimo. Sobre ello versó gran parte de la discusión que se dio en el panel de “derecho penal” del III Encuentro.

¿Cómo establecer, entonces, un “núcleo duro” de contenidos que no puedan estar ausentes? Dado que hay cátedras que se concentran, exclusivamente, o en la dogmática, o en el estudio del Código Penal; existen también comisiones que omiten el estudio el Derecho Procesal Penal, o de otras disciplinas tales como la Historia, la Criminología, la Política Criminal, la Filosofía, la Teoría de la Pena o la Parte Especial. Frente a dicho panorama, se concluyó en la necesariedad de que el alumno, luego de cursar las materias del Departamento, especialmente “Elementos de Derecho Penal” (que, para muchos, es su único contacto durante la carrera con esta rama del derecho), cuente con la posibilidad de tomar contacto con todas estas disciplinas, es decir, que tenga un formación interdisciplinaria. Si bien “Elementos de Derecho Penal” es una materia anual, la carga horaria no es suficiente como para profundizar en todas sus aristas. Sin embargo, es importante que ninguna de ellas se deje de lado, dado que, cuantos más elementos tenga el alumno, más espíritu crítico tendrá.

Claro está, la discusión no versó, solamente, en el qué se aprende, sino en el cómo se enseña. Se hizo especial hincapié en que, como estamos en una Universidad pública, es sumamente importante que ninguna teoría o disciplina sea excluída a los efectos de que los alumnos conozcan las diferentes maneras existentes de abordar el estudio del Derecho Penal. También es importante, en consecuencia, no imprimir a la Universidad un carácter exclusivamente técnico o legalista, ni convertirla en una fábrica de profesionales; lo que obliga a que durante las clases, no exista ni verticalismo, ni autoritarismo. Se enfatizó en la necesidad de dinamizar el abordaje de la teoría a fin de interrelacionar las diferentes disciplinas (teoría del delito, criminología, filosofía, parte especial, procesal, teoría de la pena, etc.) entre sí.

Se hizo referencia también a que los alumnos no son homogéneos, es decir, es difícil para los profesores encarar un curso y fijar los contenidos, cuando aquellos a quien está destinado el mismo están en diferentes instancias de la carrera (especialmente en “Elementos de Derecho Penal”, en la que se cruzan alumnos de primero, segundo y tercer año de cursada), tienen diferentes intereses, inquietudes, etc. También repercute el hecho de que muchos de los alumnos carecen del imprescindible bagaje teórico, además de tener escasa práctica en la lectura de textos tan complejos como aquellos que se acostumbran a dar en ”Derecho Penal”. Por ello, se propuso establecer la correlatividad de Elementos de Derecho Penal con Teoría General del Derecho y Derecho Constitucional.

En otro orden de ideas, se trató el tema de que los alumnos, especialmente los de primer año, no cuentan con criterios para elegir la cátedra de “Elementos de Derecho Penal”. Para ello, no sólo es importante, entonces, la correlatividad ya mencionada, sino el fomento de la vida universitaria, en aras de que puedan debatir los temas vistos en el curso y tomen contacto con otros alumnos que puedan aconsejarlos.

Particularmente, con relación a Derecho Procesal Penal, se señaló que, no obstante en esta última década había empezado a ocupar el lugar que se merece, todavía es dejada de lado en “Elementos de Derecho Penal”. Si bien los alumnos que sigan la orientación de Derecho Penal deberán cursar “Régimen del Derecho Penal”, para aquellos que no lo hagan, no tendrán contacto con ella. Sumado a lo dicho, se señaló un déficit en su enseñanza, ya que generalmente se estudia esta materia sobre la base del Código Federal. Por eso se aconsejó la enseñanza de los principios básicos y de las garantías, como para que los alumnos puedan comprender, por sí solos, el contenido de cada código procesal y tener una mirada crítica hacia él.

En relación con “Delitos en particular” se señaló que su enseñanza es importante y no puede ser dejada de lado. No obstante ello, no se trata de hacer repetir a los alumnos los distintos tipos penales y artículos del código de fondo de memoria, sino de estudiarla desde distintos puntos de vista, como ser, los procesos políticos que posibilitan la sanción de determinados tipos, las diversas causas que tornan plausible una huída indiscriminada hacia el sistema penal (lo que se traduce, como es obvio, en una proliferación enorme de figuras punitivas), los problemas constitucionales que algunos de ellos presentan o su relación con la dogmática y las garantías constitucionales. Lo expuesto puede enriquecer el abordaje que se tenga sobre la materia.

Todas estas cuestiones discutidas tuvieron como eje el poder discernir cómo formar a un alumno creativo, que pueda llevar la teoría a los distintos ámbitos profesionales de una manera clara y sin perder la mirada crítica. Esto quiere decir: que pueda valerse de todas las herramientas enseñadas en la facultad para poder resolver el conflicto que se le presente, lo cual no implica, necesariamente, resolverlo judicialmente.

Que pueda hablar, escribir, argumentar y expresar su punto de vista ante diferentes interlocutores, ya sea, en los tribunales, en el mundo académico, en el aula, etc. Para ello, también es sumamente importante que, al momento de encarar la enseñanza del Derecho Penal se tenga en cuenta la cuestión social que enfrenta nuestro país, pues muchas de las teorías que se enseñan fueron creadas en otros países con diferentes concepciones de la política, del Estado, de la legalidad, de la justicia, etc.

A tales fines, el “Práctico Profesional” es sumamente importante, dado que constituye una posibilidad para que el alumno pueda aplicar todo lo aprendido en la carrera con un docente a quien consultar y que pueda entrar en contacto con los conflictos que existen en el seno de nuestra sociedad. Aún así, y con respecto al llamado práctico, se propuso que el mismo no verse, exclusivamente, en el litigio, sino que exista la posibilidad de que los alumnos puedan optar por otras alternativas, como ser, la investigación.

Aclaración: Las conclusiones extraídas no implican la opinión oficial de Lecciones y Ensayos sino que son el producto de consensos a los que se arribó en los Encuentros correspondientes.