Pandemia y su incidencia en las relaciones de familia

El 30 de abril de 2020 se llevó a cabo esta jornada a través de la plataforma Zoom con la participación de los/as profesores/as Graciela Medina, Jorge Berbere Delgado, M. Córdoba, Osvaldo Pitrau, Néstor E. Solari y Luis Alejandro Ugarte.

Pueden acceder al video desde la solapa "video" en esta nota.

En primer lugar, Graciela Medina manifestó: “Es cierto que acontecimientos extraordinarios habilitan remedios extraordinarios, empero los mecanismos ideados para superar la emergencia deben estar sujetos a un límite y este límite es su razonabilidad con la consiguiente imposibilidad de alterar o de desvirtuar en su significación económica el derecho de los particulares”. En este sentido, reconoció: “Tenemos una larga historia de derecho de la emergencia, pero siempre ha sido una emergencia en materia económica que afecta los derechos de propiedad. Hoy todos nuestros derechos están afectados”.

Por su parte, Jorge Berbere Delgado manifestó: “Estamos entrando en un nuevo mundo que debemos redefinir a partir de esta escalada de conflicto mundial donde un enemigo invisible nos está atacando”. Y sostuvo que “los cambios de las realidades nos hacen cambiar nuestros conceptos de cómo vivimos, cómo desciframos el  mundo e interpretamos el sistema”.
Asimismo, reflexionó que la situación mundial actual “puede configurarse en un llamado inesperado de atención para crear consensos en torno a políticas comunes para proteger la salud de la población y fomentar una vida mejor y diferente”.

Marcos Córdoba, a su turno, detalló: “Hacemos bien en preocuparnos pero debemos recordar que las cosas que nos unen son más grandes que aquellas que nos separan y en ello la esperanza, que está en la unión y en aportar a las necesidades del otro. La rama del derecho más propicia para ello es el derecho de familia porque es en las relaciones de familia donde nació la idea de la solidaridad jurídica”.

A continuación, Osvaldo Pitrau se refirió a la cuestión de los alimentos en el marco de la pandemia: “Aparecen dos problemas a tratar. En una primera instancia aparece una cuestión procesal y luego una cuestión sustancial”. A modo introductorio, sostuvo que “el contexto actual pone a la cuestión alimentaria en una situación muy crítica, aunque es crítica desde siempre porque es la deuda civil más incumplida de todas las que existen, de manera tal que la pandemia viene a agregar un poco más de leña al fuego”.

Posteriormente, Néstor E. Solari puso de manifiesto la importancia de reflexionar sobre el acceso a la Justicia, fundamentalmente por el principio constitucional de la tutela judicial efectiva: “Desde el 19 de marzo que rige el DNU se han pretendido judicializar muchas cuestiones del derecho de familia y nos encontramos con que en vigencia del DNU y, en particular, con la feria judicial extraordinaria, está en juego este principio porque si repasamos los distintos fallos y las soluciones nos encontramos con que el ciudadano tiene el obstáculo de pasar primero por un filtro a ver si se habilita la feria judicial o no”.

Por último, Luis Alejandro Ugarte se enfocó en el régimen de comunicación de padres separados con sus hijos sin perjuicio de que medien cuidados personales o compartidos. “El DNU 297 en el art. 6 inc. 5 exceptuó del aislamiento y de la prohibición de circular a las personas que deban asistir a niños, niñas y adolescentes. Por su parte, la resolución 132 del Ministerio de Desarrollo Social a instancias de Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia indicó que la situación de excepcionalidad ocasionaría un supuesto de cuidado personal unilateral”, especificó y añadió que “el 1 de abril el Ministerio de Salud destacó que era importante mantener la cercanía de los padres o referentes afectivos, evitar las separaciones y mantener el contacto regular”.

Compartir