Proyectos DeCyT 2024-2026
Código
DCT2434
Título
La publicidad en los juicios de lesa humanidad: aportes contra los negacionismos.
Directora
Thus, Valeria
Codirector
González Stier, Daniel
Correo electrónico de contacto: valethus@hotmail.com / dgonzalezstier@derecho.uba.ar
INTEGRANTES | ||
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N° | Nombre y apellido | |
1 |
Santiago Emmanuel Zurzolo Suarez |
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2 |
José María Laso |
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3 |
María Fernanda Terzibachian |
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4 |
Emiliano Espejo |
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5 |
Juan Cruz Goñi |
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6 |
Nayla Santisteban |
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7 |
Jose Francisco Peralta |
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8 |
Agostina da Rocha |
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9 |
Emiliano Lodigiani |
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10 |
Mariana Rocio Andrade |
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11 |
Mariana Vanesa Aragno |
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12 |
Maria José Freire |
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13 |
Claudia Ines Carolina Gonzalez Stier |
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14 |
Camilo Sueiro |
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15 |
Damaris Abigail Gauna |
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16 |
Jose Francisco Peralta |
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17 |
Jerónimo Saralegui |
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18 |
Luca Calocero Arcella |
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19 |
Bruno Guido Santini |
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20 |
Florencia Andrea Romano |
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21 |
María Florencia Eisenacht |
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22 |
Sergio Emiliano del Rosso |
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23 |
Camila Villavicencio |
PALABRAS CLAVE
• Crímenes internacionales
• Juicios
• Publicidad
RESUMEN
En este proyecto analizaremos la evolución de la publicidad de los juicios en los que se juzgan el genocidio y los crímenes de lesa humanidad cometidos en la República Argentina durante la dictadura que gobernó el Estado entre 1976 y 1983.
Ello a fin de estudiar si la publicidad de los juicios opera sobre tres aspectos fundamentales en el afianzamiento de la democracia y en la promoción y la protección de los derechos humanos: El conocimiento de la verdad y la construcción de memoria, la prevención de los negacionistas y, con ello, la prevención para evitar la repetición de esos hechos.
El principio de publicidad de los juicios tiene raigambre constitucional / convencional por distintos motivos: Primero, resulta esencial para garantizar la transparencia, como elemento esencial del sistema republicano de gobierno (CN art. 1), además, opera como garantía del ejercicio del derecho de defensa y del debido proceso (CN art. 18 y 75.22) que exigen el derecho de toda persona acusada de un delito a ser oída públicamente (PIDCP, art. 14.1) y que “El proceso penal debe ser público, salvo en lo que sea necesario para preservar los intereses de la justicia” (CADH art. 8.5).
Por otro lado, la publicidad de los juicios, especialmente en casos de lesa humanidad y genocidio, es fundamental para garantizar la transparencia y el escrutinio público de los procesos judiciales ya que permite que la sociedad supervise las actuaciones judiciales, asegurando así que los juicios sean justos y que los crímenes no queden impunes.
Entonces la visibilidad de estos procesos contribuye al ejercicio efectivo del derecho de defensa de los acusados pero también a la construcción de la memoria colectiva, a la prevención de la negación de los crímenes y a fortalecer la democracia al exponer públicamente las violaciones a los derechos humanos.