Proyectos DeCyT 2020-2022
Código
DCT2034
Título
El error en las sentencias penales: un estudio teórico y empírico.
Director
Eugenio Sarrabayrouse
Codirectora
Marcela De Langhe
Correo electrónico del Director: sarrabay@hotmail.com
INTEGRANTES | |
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N° | Nombre y apellido |
1 | Julio Rebequi |
2 | Pablo Larsen |
3 | Pablo Rovatti |
4 | Malena Pastor Zamboni |
5 | Agustin Varela |
6 | Alan Limardo |
7 | Ernesto Diaz |
8 | Julia Cerdeiro |
9 | Laura Deanesi |
10 | Ornella Mara Cottone |
11 | Agustin Nicolás Pantano |
12 | Santiago Massara |
13 | Ela Alazraqui |
14 | Pilar Fernandez |
15 | Gonzalo Jerez |
16 | Ana Clara Rivero |
17 | Julia Baliña |
18 | Florencia Natalia Leguiza |
19 | Julieta Nieva |
20 | Desiré Sara Salomón |
21 | Camila Petrone |
22 | Ezequiel Hernan Dopazo |
23 | Matias Javier Tullio |
24 | Sofía Barros Méndez |
25 | Ezequiel Zavaley |
26 | Javier José Schnidrig |
27 | Jimena Trinidad Etchichury |
28 | Julieta Oszlak |
29 | Daniel Schurjin Almenar |
30 | Martina Cortese |
31 | Manuel Gallo |
32 | Clara Celeste Alarcón |
33 | Lara Fernanda Benitez |
34 | A. Tomás Dakkache |
35 | Lucrecia Giana |
36 | Juan Ignacio Garro |
37 | María José Rezzonico |
PALABRAS CLAVE
Sentencias erróneas
Fuentes del error judicial
Recursos
RESUMEN
Las sentencias, como resultado de una actividad humana, están expuestas al error, fundamentalmente por los límites de nuestro conocimiento, en particular el judicial. En el ámbito penal, los errores asumen una especial gravedad, porque pueden implicar tanto la condena de una persona inocente cuanto la absolución de una culpable. Los ordenamientos procesales prevén, de modo casi universal, un recurso (el de revisión) para enmendar esos errores cuando la sentencia equivocada pasó en autoridad de cosa juzgada. Por lo menos, hasta hace poco tiempo, este tipo de recurso solo fue concebido en favor de la persona condenada, aunque ciertas decisiones judiciales, proyectos de ley y algunos autores, lo admiten también para dejar sin efecto una absolución. Sin embargo, el ámbito de aplicación de ese recurso es limitado, pues como se dijo, solo abarca las sentencias alcanzadas por la cosa juzgada.
Por otro lado, y de manera general, puede afirmarse que todo recurso tiene como objetivo corregir la sentencia errónea, la mayoría de ellos antes de que la decisión quede definitivamente firme, es decir, que evitan que la decisión equivocada adquiera firmeza. Por esta razón, es posible fijar como objeto de investigación distintas sentencias que a su vez resuelven la existencia o inexistencia de un error.
El proyecto de investigación partirá de la hipótesis de que son pocos los recursos de revisión que han tenido éxito en el ámbito de la justicia federal, nacional y local de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA); por eso, no se limitará el objeto de investigación a ese recurso sino que lo ampliará al de casación (según la denominación todavía vigente del CPPN, ley 23.984), el de apelación en la CABA, los propios de la competencia del Tribunal Superior de Justicia de esa ciudad, y el recurso extraordinario federal en materia penal y procesal penal. La finalidad es establecer qué tipo de error es más frecuente según esas sentencias revisoras y vincularlo con los mecanismos para evitarlos. De este modo, el proyecto desarrollará una parte teórica y otra, eminentemente empírica.