Proyectos DeCyT 2020-2022
Código
DCT2031
Título
Del contrato social al contrato natural: La Naturaleza como sujeto de derechos. Impacto del cambio en el Derecho Administrativo.
Director
José Luis Said
Correo electrónico del Director: jsaid@derecho.uba.ar
INTEGRANTES | |
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N° | Nombre y apellido |
1 | Agustín Tarelli |
2 | Camila Bonino Nasi |
3 | Florencia Almada |
4 | Facundo Javier Castro |
5 | Juan Pablo Torterolo |
6 | Julieta Arosteguy |
7 | Mariana Belén Romano |
8 | María Macarena de Corneliis |
9 | Matias Brie |
10 | Nadia Pieczanski |
11 | Roberto Alexis Laniado |
PALABRAS CLAVE
Naturaleza
Personalidad jurídica
Contrato natural
RESUMEN
La grave situación de deterioro de las condiciones para la subsistencia de la especie humana tiene relación con el olvido de la Naturaleza en la teoría política del “contrato social”. Se propone revisar con qué categoría jurídica debe ser considerada la Naturaleza, convertirla en “sujeto de derecho”, para que sea partícipe de un nuevo contrato que establezca ciertas bases para el Constitucionalismo y el Derecho público (en particular el Derecho administrativo).
El proyecto examinará, centralmente:
(i) El par categorial sujeto/objeto en el Derecho. A ese fin se examinará la teoría de la “personalidad jurídica” desde su origen en Roma y su evolución doctrinaria. y en fuentes legislativas o jurisprudenciales ciertas bases para la re-construcción del sujeto.
(ii) La ubicación de la Naturaleza en las categorías jurídicas. Se indagará en la relación entre las personas y las cosas y la forma en que jurídicamente se logró la protección de determinados grupos de objetos y bienes.
(iii) Las posibilidades que brinda la teoría constitucional para integrar la protección de la Naturaleza y la preservación de la especie humana como “grundnorm”. Se pasará revista a las teorías del consenso para examinar si hay en ellas limitaciones que se trasladaron al constitucionalismo por las que la Naturaleza quedó desprotegida.
(iv) La posibilidad de reformular el pacto social para que, incorporando como contratante a la Naturaleza, pueda superarse el déficit ecológico de las instituciones que dan fundamento a nuestra democracia.
(v) La necesidad de reconfigurar las funciones y las técnicas del Derecho Administrativo para regular, limitar y controlar la generación de riesgos para la Naturaleza.