Proyectos DeCyT 2018-2020

Código

DCT1830

Título

La Conformación Federal de Argentina y su incidencia en el proceso deintegración del Mercosur: Análisis descriptivo y formulaciones prescriptivas para el mejoramiento de una realidad compleja que pone en riesgo el goce de los derechos fundamentales de todos los habitantes de la Nación.

Director

Ricardo Sánchez

Correo electrónico del Director: ricardomariosanchez@hotmail.com

INTEGRANTES
Nombre y apellido
1 Miguel Zubizarreta
2 Maximiliano Segundo Acuña
3 Paloma Castro
4 Jonathan Nahuel Sendra
5 Matías Bochicchio
6 Denisse Cufre
7 Felipe Taborda
8 Rodrigo Carmona
9 Felicitas Llauró
10 Nicolás Klosowski
11 David Efrain Villarreal
12 Andrés María Zelasco

PALABRAS CLAVE

Federalismo
Integración
Derechos Humanos

RESUMEN

Existen pruebas de que los procesos de integración implican una fuerza centrípeta que acrecientan las atribuciones de los Poderes Centrales, en desmedro de los autonómicos y que a su vez, dentro de la distribución de competencias mismas del Gobierno Central, se produce un desplazamiento de la participación parlamentaria en favor de los órganos de los Poderes Ejecutivos. La experiencia de las primeras décadas de la Europa Comunitaria podría aportar datos concretos en ese sentido. También existe cierta predisposición a pensar que ello es inevitable y hasta recomendable en favor del impulso a la integración, desplazando la “molestia” de los debates parlamentarios e intervención de los poderes descentralizados. La cuestión que es que mientras en Argentina, el Poder Ejecutivo del Estado Nacional formaliza un esquema de integración en uso de sus competencias, la conformación institucional que adopta el Mercosur, implica una atribución de facultades que distorsiona la distribución competencial que las normas fundamentales otorgan a los órganos internos de nuestro Estado. Por ello, existen “perdedores” en el interior de nuestro Estado, que diferirán de la forma institucional que se adopte en el esquema de integración –y de su distribución competencial interna-, pero en general se pueden ratificar las dos direcciones expuestas: la centralización de las decisiones en el Poder Central en desmedro de las autonomías provinciales y, por otra parte, el aumento de atribuciones del Ejecutivo Nacional en desmedro del Legislativo Nacional y de las Provincias; ello con la lamentable violación de los derechos fundamentales de los habitantes de las Provincias. Es que si la participación de las Provincias en el sistema de decisiones que el Poder Ejecutivo Nacional adopta no es efectiva, claramente se pone en crisis el concepto de “República Federal” y también el de “democracia representativa”, miradas, al menos, desde sus ontologías.