Proyectos DeCyT 2012-2014

Código

DCT1201

Título

Análisis comparativo de la Oil Polution Act de 1990 y su relevancia como modelo de ley interna en materia de responsabilidad ambiental.

Director

Eduardo Adragna

Correo electrónico del Director: eadragna@derecho.uba.ar

INTEGRANTES
Nombre y apellido
1 Viviana Boggiano
2 Gricel Soledad Chiaffino
3 Shriley Lozada

4

Francisco Tazelaar
5 María Eugenia Benitez
6 Leila Cohen Sabban
7 Gianna Fabani

PALABRAS CLAVE

Contaminación
Ambiental
Hidrocarburos

RESUMEN

Esta propuesta de investigación consiste en un análisis comparatista de las soluciones utilizadas en los convenios internacionales para prevenir y resarcir los daños provocados al ambiente por el vertido de hidrocarburos en ríos y mares y en particular en la Oil Polution Act de 1990, que constituye la legislación interna de Estados Unidos de Norteamérica sobre la materia. El objetivo es encontrar en esos sistemas legislativos (de alguno de los cuales Argentina forma parte) soluciones eficaces para cuestiones no resueltas a nivel interno.

El sistema de convenios internacionales vigentes, conocido como CLC69/FUND71 -según las modificaciones de los protocolos de Londres de 1.992-, del cual la República Argentina forma parte en virtud de la Ley 25.137, consiste en un régimen resarcitorio para los afectados que establece una responsabilidad objetiva canalizada en el propietario del buque tanque que produjo el daño y adicionalmente, en un fondo suplementario para reparar los daños en cuanto excedan de determinados límites. El ámbito de aplicación espacial de esa normativa se encuentra extendido a los daños producidos por buques tanque de navegación marítima que transporten hidrocarburos persistentes a granel, cuando se producen: i) en el territorio de un Estado parte, incluido su mar territorial, y ii) en la zona económica exclusiva de un Estado Contratante establecida de conformidad con el derecho internacional; y también las medidas preventivas, dondequiera que se tomen, para evitar o reducir al mínimo tales daños" (Art. 2° CLC92). Quedan incluidos los daños producidos por vertidos en aguas interiores (art. 2 Ley 23.968 y 8° de la CONVEMAR). Sin embargo, no resulta aplicable, por ejemplo, en casos donde intervienen buques de navegación fluvial, o buques tanque que no transporten hidrocarburos persistentes (naftas y otros) o no a granel, plataformas costa afuera, etc. Situaciones que podrían ser resueltas mediante la adhesión a otros convenios internacionales o mediante la proyección de leyes internas.

A diez años de la reforma del CLC69/Fund71, resulta de suma importancia encarar un el análisis crítico de la normativa adoptada, y ensayar respuestas adecuadas para los casos de polución de las aguas interiores y de los espacios sujetos a la jurisdicción y compromiso de preservación que el Estado Nacional ha asumido frente a la comunidad internacional.

BECARIO DE INICIO

Nombre y apellido: Francisco Guillermo Tazelaar

Título de la investigación de la beca: Análisis comparativo de la Oil Polution Act de 1.990 y su relevancia como modelo de ley interna en materia de responsabilidad ambiental.

Resumen:

Objetivos: Se prevé la participación del alumno en el apoyo a las actividades de investigación. En tal sentido la articulación con el equipo formado del proyecto consistirá en:

a) Colaborar en la búsqueda y selección del material propuesto nacional y extranjero (bibliografía e información complementaria de sobre vertido de hidrocarburos) para lo cual el candidato posee conocimiento de lenguas extranjeras.

b) Participar en las reuniones del grupo de trabajo para intercambiar la lectura de los textos indicados y proponer la síntesis de aquellos que se asignen.

c) Colaborar en la preparación de las presentaciones que requiere la organización de eventuales Jornadas DeCyT.
d) Compulsar las bases de jurisprudencia relevantes para obtener la doctrina judicial aplicable a efectos de completar la normativa que se analiza.

e) Colaborar críticamente en el armado de las conclusiones y del documento final del proyecto.

f) Finalmente elaborar un informe final, integrador y de síntesis de la experiencia desarrollada a lo largo del año que supone la presente beca.