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Año VIII - Edición 144 18 de junio de 2009

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V Congreso Internacional “Derecho y Sociedad” - A 75 años de la creación de la Asociación de Abogados de Buenos Aires (AABA)

  • Nota de Tapa

Con motivo de la celebración del 75º aniversario de la Asociación de Abogados de Buenos Aires (AABA), tuvo lugar el V Congreso Internacional “Derecho y Sociedad”.

El evento, desarrollado entre los días 10, 11 y 12 de junio, abarcó el X Congreso internacional de Derecho de Daños, el V Congreso Internacional de Derechos y Garantías y el I Congreso de Derecho de la Seguridad Social.

Durante el acto de apertura, realizado en el Salón de Actos el 10 de junio, se leyó una salutación enviada por el ex Presidente de la Federación Argentina de Abogados, Dr. Enrique Basla, con motivo del 75º aniversario de la AABA, y una carta de adhesión del Ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Dr. Carlos Fayt.

Estuvieron en el estrado el Decano de la Facultad, Profesor Emérito Dr. Atilio A. Alterini; el Presidente de la AABA, Dr. Beinusz Szmukler; los Coordinadores de los Congresos, Dres. Carlos Ghersi, Ana Britos, Martín Gutiérrez y María del Carmen Besteiro; la Defensora General de la Nación, Dra. Stella Maris Martínez y el Presidente Electo de la AABA, Dr. Eduardo Tavani.

Luego de dar la bienvenida a los asistentes y felicitar a la AABA por su 75º aniversario, el Dr. Atilio A. Alterini expresó su satisfacción por la elección de nuestra Casa para realizar el evento. Por otra parte, subrayó las preocupaciones compartidas entre la Universidad y la Asociación de Abogados, tales como atender a los problemas de la sociedad, procurar solucionarlos sin dogmatismos y extender las actividades a toda la comunidad. Finalmente, declaró inaugurada la actividad convocante.

A su turno, la Dra. Stella Maris Martínez recordó que desde la reforma constitucional de 1994, los magistrados que componen el Ministerio Público de la Defensa cumplen una función esencialmente de abogados litigantes. “Desde esa visión de colegas nos es particularmente grato ver un Congreso como este de Derecho y Sociedad”. Asimismo, resaltó la coincidencia de los objetivos perseguidos por el evento y por la institución a la cual la expositora representa.

A continuación, el Dr. Beinusz Szmukler evocó la creación de la AABA y la intención de los fundadores de defender el Estado de Derecho, la democracia y las libertades públicas, así como también “propender al progreso de la legislación en general, a fin de que responda a las necesidades del país”. Asimismo, señaló que la entidad continúa defendiendo los mismos intereses.

Recordó que la época de la fundación coincidió con la del fraude patriótico, la sumisión y la entrega al imperio inglés, y el surgimiento del nazismo y el fascismo en Europa. “Una de las primeras declaraciones de la recién nacida AABA fue en repudio de una decisión lamentable del Consejo de esta misma Facultad”, afirmó; y explicó que, consustanciado con la clase dominante del momento, exoneró al Dr. José Peco por haber asumido la defensa de militantes comunistas procesados por su ideología.

Agregó que de allí en adelante se podrán encontrar diferencias de posiciones en la AABA, aunque existió una línea inclaudicable de defensa de los principios fundantes.

De esta manera, estimó que la asociación puede exhibir con orgullo su historia, concebida como una construcción colectiva; y, en este sentido, reseñó algunos de los hitos que recorrieron la entidad.

Hacia el final de su exposición, ratificó el programa de continuidad histórica de la AABA y se comprometió, en nombre de la entidad, a profundizar la defensa de los derechos humanos, del Estado de Derecho democrático y social, de la soberanía y el patrimonio nacional y de las conquistas del Derecho Internacional; “enfrentando a la corrupción y la impunidad”. A tal respecto, entendió incluida la necesidad de debatir una reforma política que no se detenga en la ley electoral, una reforma tributaria que ponga los servicios públicos al alcance de todos y reivindicar un Poder Judicial integrado por magistrados honestos e independientes del poder político, económico o confesional. También abogó por la inconstitucionalidad de la reforma al Consejo de la Magistratura y la promoción de una nueva normativa ajustada al equilibrio ordenado por el artículo 114 de la Constitución Nacional.
Finalmente, adhirió a las palabras de apertura del Decano y convocó a los presentes a abocarse a las tareas del Congreso.

Seguidamente, el Dr. Carlos Ghersi presentó la conferencia inaugural que estuvo a cargo del Dr. Atilio A. Alterini.

Durante su exposición, el Dr. Atilio A. Alterini hizo hincapié en algunos de los perfiles hacia los cuales se orienta el nuevo Derecho de la responsabilidad civil. En primer lugar, se refirió al principio de prevención, al que caracterizó por su profundo sentido humanista y su eficiencia desde el punto de vista económico. Acto seguido, indicó la aparición del principio de precaución, “que tuvo como objetivo situar al medio ambiente en el centro de las políticas públicas (...) y en 1992 fue el principio decimoquinto de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo”. Para explicar el precepto, declaró que, en la duda, se deberá actuar para evitar la posibilidad del daño.

Por otra parte, reseñó la aparición del daño punitivo, institución de origen anglonorteamericana. En este sentido, aseveró que su función es penar a una persona por su conducta ofensiva y disuadir a ella y a otras, de obrar de modo similar en el futuro. “Esto permite evitar los actos groseramente desaprensivos”, sintetizó, para luego formular algunas observaciones respecto al modo de adopción del instituto en la reciente reforma de la Ley de Defensa del Consumidor.

En lo atinente a la causalidad probabilística, una de cuyas manifestaciones es la responsabilidad por participación en el mercado, comentó las soluciones alternativas existentes, así como también un resonante caso resuelto finalmente por la Corte Suprema de California, Estados Unidos. No obstante ello, desmintió el origen angloamericano del instituto, recordando un caso similar fallado por la Corte de Apelaciones de París en 1979.

Posteriormente, analizó el denominado proceso colectivo de daños, aplicable a los accidentes masivos en los que un hecho único afecta a varias personas. También a los daños masivos, caracterizados por múltiples manifestaciones dañosas relacionadas que se presentan a través del tiempo, con cierta dispersión geográfica entre los reclamantes. En este sentido, examinó la auspiciosa sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, dictada durante el pasado mes de febrero en la causa “Halabi”, a la cual calificó como “una norma instalada en un área anómica”. Más tarde describió brevemente la regulación nacional concerniente a los daños al consumidor, así como también algunas decisiones jurisprudenciales relevantes.

Hacia el final de su ponencia, realizó algunas reflexiones acerca de la protección de los animales y argumentó que si bien ella es procedente, no corresponde reconocerle derechos subjetivos en tanto no constituyen sujetos de derecho. En cuanto a la posibilidad de reconocer derechos humanos, a la dignidad y a la vida a androides y robots, se preguntó si, en tal caso, “este Congreso no sería un encuentro de ingenieros y de físicos y no de juristas”.