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Año VI - Edición 114 18 de octubre de 2007

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Tendencias y desafíos para la protección de derechos humanos de niños, niñas y adolescentes en Argentina

  • Nota de Tapa

Del 25 al 27 de septiembre tuvo lugar en nuestra Facultad la Jornada “Tendencias y desafíos para la protección de derechos humanos de niños, niñas y adolescentes en Argentina”, que tomó la forma de pre-congreso del III Congreso Mundial sobre Derechos de la Niñez y la Adolescencia a realizarse en Barcelona del 14 al 19 de noviembre del corriente año. El evento fue co-organizado por la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, UNICEF y nuestra Facultad.

Durante el primer día de sesiones, se efectuó el acto de apertura que contó con la presencia del Decano Dr. Atilio A. Alterini, el Secretario de Ciencia y Técnica de la UBA, Dr. Hugo Sirkin; la Directora de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, Mónica Fernández; el Presidente del Comité Organizador del Congreso Mundial que se llevará a cabo en Barcelona, Dr. Carlos Villagrasa Alcaide; y la Dra. Gladys Acosta Vargas, en representación de UNICEF Argentina.

El Dr. Hugo Sirkin indicó que los problemas de la niñez y la adolescencia se han instalado en la actualidad como temas prioritarios en las agendas públicas y académicas y, por lo tanto, políticas. En ese sentido, señaló la importancia del papel ocupado por las distintas unidades académicas, en particular de la Universidad de Buenos Aires, por organizaciones sociales y políticas que han contribuido con múltiples actividades para ubicar a la niñez y la adolescencia como sujetos de derecho y también a instalar el tema en la agenda cotidiana de discusión.

Además, Sirkin manifestó que en la UBA no se pudo llevar a la práctica un conjunto de proyectos elaborados que contaban con el respaldo de UNICEF. “Tenemos 1.500 proyectos de investigación científica y tecnológico que abarcan temas de salud, educación, condiciones de vida, trabajo infantil, administración de justicia, vida familiar, políticas públicas y que engloban alrededor de 6.000 investigadores y becarios” -agregó.

Por otro lado, Mónica Fernández expresó que nos encontramos en un proceso de transformación donde predomina la ausencia de propuestas para la creación de un nuevo sistema de protección. En ese sentido, Fernández subrayó que debe efectuarse un gran esfuerzo y trabajo en las políticas de Estado.

Finalmente, explicó que los sistemas de protección de derechos son el conjunto de políticas, procedimientos e instituciones que, de forma complementaria se relacionan para contribuir a proteger los derechos de los cuales los niños son titulares.

Desde UNICEF Argentina, la Dra. Gladys Acosta Vargas afirmó que el desafío del siglo XX fue consolidar un sistema normativo internacional de protección de los derechos humanos que incluye a los niños, niñas y adolescentes, a las personas que aun no han alcanzado la mayoría de edad y no tienen el pleno ejercicio de sus derechos, sobre todo los civiles y políticos. “Estamos muy contentos de colaborar en el desarrollo de la agenda, en la protección de los seres que se consideraban minusválidos” –terminó diciendo.

Posteriormente, tomó la palabra el Dr. Carlos Villagrasa Alcaide, quien se refirió a las reivindicaciones que han sido realizadas directamente por los representantes de los niños, niñas y adolescentes en los dos congresos mundiales sobre derechos de la niñez y la adolescencia que se celebraron hasta la fecha.

Recordó que el primer congreso -que tuvo como sede la Isla Margarita (Venezuela) en 2003- concluyó con el documento de la declaración de Porlamar que significó el compromiso con los principios de la doctrina de la protección integral en la aplicación de la convención a la vez que llamaba la atención a los Estados y a los ciudadanos en distintos aspectos. “Desde la visión de los derechos humanos, la Convención de los Derechos del Niño debe tener un lugar preeminente. Debe contribuirse al ejercicio de los derechos y deberes de las responsabilidades de los niños, niñas y adolescentes a fin de crear las condiciones necesarias para su desarrollo integral” -sostuvo. Para la elaboración del segundo documento se basaron en la Convención Internacional de los Derechos del Niño como marco jurídico referencial para el reconocimiento de su ciudadanía activa. Los objetivos fueron principalmente dos: defender y promover los derechos humanos sin discriminación de ninguna índole y, segundo, resaltar la participación activa de los niños como un derecho fundamental. El segundo congreso fue en el año 2005 en Lima (Perú) y llevó como título “La ciudadanía desde la niñez y la adolescencia”. Específicamente se hizo énfasis en el eje de los derechos civiles, políticos, económicos y culturales.

Luego de la apertura, se iniciaron los paneles. Derecho al Día tuvo la oportunidad de asistir en el segundo día de sesiones a la conferencia dictada por la Dra. Mónica Pinto (Presidenta de Editorial EUDEBA) sobre “La protección a los derechos de niños, niñas y adolescentes en el Sistema Interamericano”. Nuestra profesora comenzó señalando que aunque el Sistema Interamericano de Derechos Humanos es el que más práctica tiene en materia de protección de derechos del niño, esto no es una muestra válida del universo de violaciones de los derechos humanos del niño. Se trata, solamente, de la disponibilidad de un sistema de protección que se hizo espacio política y jurídicamente a través de las adversidades del continente. Uno de sus méritos es el de haber integrado el sistema universal y el sistema regional a través de una decisión inteligente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

La Convención Americana sobre Derechos Humanos sólo enuncia una norma relacionada con los derechos del niño, la que expresa que “todo niño tiene derecho a las medidas de protección que su condición de menor requieren por parte de su familia, de la sociedad y del Estado”. En ocasión de pronunciarse sobre los alcances de esa protección, en el caso Villagrán Morales y otros c. Guatemala, la Corte Interamericana de Derechos Humanos trajo a la Convención sobre los Derechos del Niño al sistema regional como pauta hermenéutica para determinar tal protección. Sostuvo así que “tanto la Convención Americana como la Convención sobre los Derechos del Niño forman parte de un muy comprensivo corpus juris internacional de protección de los niños que debe servir a esta Corte para fijar el contenido y los alcances de la disposición general definida en el artículo 19 de la Convención Americana”. De esta forma, la Corte utiliza una norma de amplia aceptación mundial como criterio de interpretación de la norma interamericana, maximizando los logros de ambos sistemas a favor del niño.

La Dra. Pinto se ocupó de considerar la jurisprudencia de la Corte y la práctica de la Comisión Interamericanas sobre el tema. Una de las cuestiones más interesantes de las que planteó es la relacionada con la decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la OC-17/02 conforme la cual las medidas especiales de protección del niño no constituyen una violación del principio de igualdad. A modo de conclusión, la Dra. Mónica Pinto propone que la interpretación sea a la inversa, esto es, que no puede haber respeto del principio de igualdad si no se consagran medidas especiales de protección a favor del niño.