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Año III - Edición 45 08 de abril de 2004

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Presentación del Libro Teoría Constitucional del Delito

  • Nota de Tapa

El pasado martes 23 de marzo tuvo lugar en el Salón Rojo de la Facultad de Derecho la presentación del libro “Teoría Constitucional del Delito”, de Mariano H. Silvestroni. El acto de presentación estuvo a cargo de los Drs. Edmundo H. Hendler y Silvio E. S. Virgolini.

El Dr. Hendler manifestó primeramente que el libro aporta algo nuevo en una antigua temática, retomando una tarea olvidada: vincular a la teoría penal con la teoría constitucional. Esto es, reconstruir los conceptos jurídico penales desde su naturaleza constitucional, creando un andamiaje por el cual cada uno de los conceptos propios de la dogmática penal se vean reforzados mediante la búsqueda de un sustento constitucional que los torne inexpugnables.

A raíz de ello ponderó la importancia que tiene el trabajo de Silvestroni, quien  liga los principios constitucionales con la dogmática penal.

Por otra parte, se refirió a la teoría victimojustificante desarrollada como una teoría diferente de la justificación de la pena a partir de la víctima, y subrayó lo novedoso que resulta el enrolamiento del autor en las teorías contractualistas. Culminó su disertación describiendo varios de los presupuestos constitucionales tratados en el libro, como ser: principio de acción, legalidad, lesividad, culpabilidad, reducción racional y realizó algunas consideraciones sobre esos puntos.

A su turno, el Dr. Virgolini manifestó que su comentario, por cierto crítico, no iba a tener un orden ya que nunca acostumbra a pensar previamente los comentarios en las presentaciones, sino que se centra en la incidencia y singularidad de la obra. Como consecuencia  de ello elogió el libro y lo caracterizó como soberbio por lo novedoso de su temática que desgrana la aceptación y legitimación del poder punitivo del Estado encarando el tema de manera original, sin copiar y sin seguir las sendas habituales. A este respecto subrayó lo inédito de la temática y el particular asombro que le produjo la forma en que Silvestroni encara su desarrollo. Obra que llama a la reflexión y que sin dudas generará fuertes polémicas por su originalidad. Entre los puntos a destacar, mencionó que le resultó interesante la idea que realza  la tesis  contractualista que la ubica como el fundamento conceptual cuyo fin es la protección de los derechos del individuo.

Por otra parte, expuso los discursos dominantes que explican las razones de las prácticas realizadas por el Estado para impartir castigos, cuestiones tratadas desde la criminología como desde la  dogmática penal, partiendo ambas de la existencia misma del Estado que pretende el monopolio de la fuerza. En ambos casos, los discursos deben admitir el condicionamiento que impone sus propias reflexiones de justificación de la pena. Es así como Silvestroni sugiere que podemos adentrarnos evitando esos condicionamientos y partir de la nada, suponiendo ello buscar el fundamento de esas prácticas a partir de principios de valor axiológico que sostienen como valor la libertad y la autonomía personal.

Al término de su comentario, destacó que el libro de Silvestroni se desarrolla a partir de una representación por lo general desatendida, que es el fundamento o los orígenes del derecho que tiene el Estado para imponer penas, enrolándose sobre este punto en las ideas que pregonan los sostenedores de un Estado ultramínimo, cuyo poder punitivo emana de la necesidad de impedir o intimidar las venganzas privadas, mencionando sobre este punto alguno de los problemas que tal enrolamiento podría acarrear en el futuro. A este respecto se debe diferenciar para que sirve la pena, que finalidad cumple o que objetivo se puede asignarle, de la  justificación ético política a dominar o reducir la violencia o la venganza privada con el empleo de la violencia estatal.

Para culminar, los presentadores le solicitaron a Silvestroni que aclare alguno de los puntos de su obra, quién suncitamente describió alguno de los aspectos centrales sobre la cual se asienta.