Presentación del Código Civil de la República Argentina coordinado por el Dr. Sandro Schipani
A más de 140 años de la sanción del Código Civil, el 31 de mayo pasado se presentó por primera vez con el lanzamiento de una edición que contiene la traducción de todas las fuentes romanas citadas por Vélez Sársfield en sus notas. La obra, editada por Rubinzal-Culzoni y coordinada por el profesor italiano Dr. Sandro Schipani (Doctor Honoris Causa de la UBA y Director del Centro Interdisciplinario de Estudios Latinoamericanos de la II Universidad de Roma Tor Vergata), fue presentada en el Salón Rojo de nuestra Facultad de Derecho.
Hicieron comentarios de los Dres. Norberto Rinaldi, Atilio Alterini y el propio Sandro Schipani, y se hizo la entrega de diplomas a los egresados del Programa de Actualización en Derecho Romano que dicta nuestro Departamento de Posgrado.
El Dr. Norberto Rinaldi, vio en esta nueva edición traducida la esperanza de volver a pensar en que esta Facultad se dedique a educar juristas y no sólo jueces o abogados. En ese sentido, opinó que “las universidades latinoamericanas han ido abandonando una tarea fundamental en la enseñanza jurídica, que tiene que ver con la creación de los artífices del derecho”. Para Rinaldi, esta falta de espíritu jurídico creativo hace que emerja la violencia social como único medio para resolver los conflictos. Por eso agradeció al Dr. Schipani por haber regalado a nuestro país esta enjundiosa obra y auguró que la ella pueda generar nuevamente en los alumnos argentinos la pasión por la actividad legislativa.
En segundo lugar, el Decano Dr. Atilio Alterini recibió al Dr. Sandro Schipani como a un “gran amigo de Argentina y de América Latina”. No sólo como un amigo cultural, sino ante todo como un amigo activista, por su larga lucha para declamar la injusticia de la deuda externa que tanto ha aquejado a esta región. “Hoy es un lujo para esta Facultad contar con la presentación de este libro”, expresó el Decano, a la vez que agradeció especialmente a la editorial Rubinzal-Culzoni por estrechar lazos con esta Casa de estudios.
“¿Por qué nuestro Código tiene notas?”, se preguntó a continuación Alterini. En respuesta, explicó que, en los tiempos en que se redactó, el país se encontraba en las vísperas de su formación y “no había tratados de derecho civil a mano de la gente”. Por eso, a través de las notas, el codificador intentó ser didáctico y explicar el sentido de sus normas.
Al igual que Rinaldi, Alterini indicó que la Facultad debe volver a poner el foco en la formación de juristas. “Debemos formar cabezas pensantes, que tengan claros los valores y los principios” -concluyó diciendo.
A su tiempo, el Dr. Sandro Schipani comentó que pensó esta obra como un homenaje a la República Argentina, al autor del Código y a todos los juristas argentinos, a quienes admira profundamente. Con ese espíritu, explicó que el derecho latinoamericano ha ocupado gran parte de sus estudios como académico y que en el camino ha tenido la suerte de conocer gente muy enriquecedora de este continente.
Al momento de hablar de esta edición traducida, Schipani señaló que el objetivo básico de esta empresa fue “que cada jurista pueda volver a las fuentes”, y que éstas dejen de estar monopolizadas por los romanistas. “Hoy es necesario releer otra vez el corpus juris”, sostuvo además el profesor italiano, para quien “todas las generaciones necesitan hacer su propia lectura del derecho romano”.
De esta manera, Schipani reconoció que el estado actual de globalización, propone grandes desafíos al jurista, quien debe, de alguna manera, “encontrar el ius gentium” de la época; el derecho común a todos los habitantes del mundo.
Por otra parte, el profesor romanista también contó algunos detalles que lo ayudaron en la confección del libro. De esta manera, compartió ciertos obstáculos que debieron superar, como las múltiples referencias cruzadas, citas indirectas y otras vicisitudes propias de la elaboración del codificador. Fueron de gran utilidad para la traducción las obras de Agustín Díaz Bialet [NdR: v.g. El Derecho Romano en la obra de Vélez Sársfield (1949), o La recepción del Derecho Romano en la Argentina (1951)] y de Ildefonso García del Corral [NdR: v.g. Cuerpo del derecho civil romano (1889)].
Schipani comentó que sólo el código argentino tiene notas. Y para él, “las notas son la punta de un iceberg”, porque de alguna manera esconden toda la estructura conceptual y de fondo sobre la cual se asienta el sistema normativo. “Ojalá que este trabajo pueda ser útil en la tarea de la unificación normativa”, culminó diciendo nuestro invitado, quien agradeció nuevamente a todos los juristas argentinos por lo que le han enseñado a lo largo de su vida.
Una vez concluida la presentación, se hizo entrega de los diplomas a los egresados del Programa de Actualización en Derecho Romano.