La OTAN como organización internacional
Con la organización del Observatorio de Derecho Internacional Humanitario, la Maestría en Relaciones Internacionales, la Secretaría de Investigación y el Seminario Permanente de Investigación sobre Teoría del Derecho Internacional de la Antigüedad a la Actualidad (SEMPITHIDIA), el pasado 19 de mayo se llevó adelante, en el Salón Azul, la conferencia "La OTAN como organización internacional".
La misma estuvo a cargo de Andres B. Muñoz Mosquera. Cabe destacar que el orador invitado es uno de los tres asesores jurídicos principales de la OTAN. Licenciado por la Fletcher School of Law and Diplomacy (Tufts) y por la Escuela de Defensa de la OTAN (GFOAC). Es candidato al doctorado en la Universidad de Leiden. Autor de varias publicaciones relacionadas con el derecho internacional y las relaciones internacionales. Miembro de la Sociedad de Derecho Militar y Derecho de la Guerra, del Colegio de Abogados de Madrid y de la Asociación Española de Fundraising.
Emiliano J. Buis, profesor titular de Derecho Internacional Público de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires y Director Académico del Observatorio de Derecho Internacional Humanitario, ofició de moderador.
Tras una breve presentación del moderador, Andres B. Muñoz Mosquera introdujo: “En el período después de la Segunda Guerra Mundial se crean una serie de miedos que llevan a todos los teóricos del derecho internacional público, que se viene desarrollando dentro del concepto de administraciones internacionales en el siglo XIX, a empezar a poner en práctica lo que ellos consideraban la tela que había que tejer para poder traer paz y estabilidad”. En este sentido, explicó: “La paz y la estabilidad se considera que tiene que venir siempre desde la estabilidad económica y de comercio. A partir de ese momento, se empieza a pensar cómo esas organizaciones internacionales se tienen que crear para que haya una relación pacífica y donde haya una relación deudor y acreedor”.
En cuanto a la OTAN, comentó que tiene un gran tenor político: “No es una organización militar, es una organización política (...). No toma ningún tipo de decisión. Es más, no es una organización supranacional, es una organización clásica intergubernamental”.
Por otro lado, compartió: “Aproximadamente en el año 1948 hay un avance significante de lo que es la idea comunista desde el punto de vista soviético en Europa, pero en el año 1950 esto se materializa en la guerra de Corea; es el momento en el que los europeos que estaban muy temerosos de que ocurriera una cosa muy parecida a Corea pero en Europa, deciden que lo que habían firmado en el año 1948 del Tratado del Atlántico Norte se transforme en algo más y ese es el momento en el que crean instituciones”. Estas instituciones, detalló, son principalmente de carácter militar.
En este marco, desarrolló: “En ese momento se crea el Cuartel General Supremo de las Fuerzas Aliadas en Europa, pero mirando al Tratado del Atlántico Norte faltan todos los elementos institucionales. En el Tratado del Atlántico Norte no se habla de personalidad jurídica, no se habla de impuestos, no se habla de unidades jurisdiccionales, (...) no se habla de los procesos jurídicos de personas que tienen puestos con cargos en la organización y que necesitan estar protegidos de las palabras dichas”. Entonces, señaló que “la idea, desde el punto de vista jurídico, es desarrollar tres acuerdos de carácter multilateral que empiezan a cubrir todas esas necesidades institucionales que van a tener los distintos organismos que se creen”.
El primer organismo en crearse es el Cuartel General Supremo de las Fuerzas Aliadas en Europa (SHAEF, por sus siglas en inglés). “Lo curioso es que cuando se crea el SHAEF no hay un tratado que lo cubra porque se está negociando en ese momento. La sede es Francia y lo que hace es darle un estatuto de carácter unilateral para que tuviera todos los elementos básicos de una institución”, observó y agregó que “Francia hace una declaración en la que dice que se entiende que SHAEF es una organización internacional y, como tal, se le dan esos elementos institucionales”.
Sin embargo, resaltó: “Pero lo más curioso es que estamos hablando de la OTAN y la OTAN es una organización internacional y si una institución de OTAN, que es SHAEF, es también una organización internacional, ¿de qué estamos hablando?”.
Hacia el final, reflexionó: “A muchos internacionalistas se nos olvida que el derecho internacional público cuando habla de organizaciones internacionales tiene también un elemento que forma parte de ese propio derecho internacional público y es el derecho interno de las organizaciones internacionales”.
Para ilustrar el carácter dinámico de este ámbito compartió: “En el Consejo del Atlántico Norte, que es la plenaria de la OTAN donde se reúnen las naciones donde está el elemento intergubernamental más grande, la decisión se tomaba de carácter unánime y el resultado es siempre una resolución. Hoy si vas a la página web de la OTAN las decisiones son por consenso con procedimiento de silencio y el producto no son resoluciones, sino decisiones”.