La Constitución Europea
Juan V. Sola inauguró el acto aludiendo al atractivo de su temática, mencionando que: "Una Constitución de toda Europa importa una fascinación tal, que nos parece aún una cuestión reservada a la fantasía". Expresó sucintamente el rol protagónico del Tribunal de Luxemburgo al momento de delinear el actual proyecto y luego, otorgó la palabra a Alberto D'alavia a fin de que realice la presentación del disertante. Éste comenzó por relatar las circunstancias que lo llevaron a conocer, en Italia, a Luca Mezzetti, quien actualmente es Profesor Ordinario de Derecho Constitucional Comparado de la Universidad de Udine y de la de Bologna, es miembro honorario de la asociación Argentina de de Derecho Constitucional e integra numerosas instituciones dedicadas a la investigación.
El Profesor Mezzet, iniciando su exposición detalló las implicancias y antecedentes del proyecto de Constitución Europea. Puntualizó que la Convención Constituyente finalizó el anteproyecto en julio de 2003, el cual fue evaluado positivamente como una buena base de partida para el proceso constituyente. Sin embargo, la en Conferencia Intergubernamental realizada en Roma en diciembre de año pasado, no se alcanzó la unanimidad requerida para su aprobación. Ello se debió principalmente la disconformidad de España y Polonia en cuanto a el nuevo régimen decisional que él estipula, y a la falta de disposición de los Estados mayores a realizar concesiones respecto de los pequeños. Sin perjuicio de ello, anticipó que existen grandes expectativas de que sea aprobado dentro del presente año debido al cambio de gobierno producido en España luego de los recientes acontecimientos allí suscitados.
Asimismo recordó que desde el 1 de mayo de 2004 la Unión Europea se ampliará de 15 a 25 miembros.
Posteriormente se explayó sobre las características del proyecto constitucional y su estructura. Explicó que simultáneamente constituye un tratado en cuanto prevalecen los aspectos intergubernamentales e internacionales y una constitución en tanto importa un instrumento comunitario que intenta fundar una nueva entidad estatal, otorgando personalidad jurídica y entidad estatal a la Unión Europea. Agregó que es un instrumento jurídico único y unitario, ya que deroga los tratados que actualmente sirven de fundamento a la Unión, y unitario.
En cuanto al contenido del proyecto, desarrolló las cuatro partes en que se articula. La primera se encarga de la constitución de los órganos y funciones de la Unión, la segunda constituye una carta de derechos fundamentales, la tercera establece políticas y acciones comunitarias y la cuarta recepta las disposiciones transitorias.
Por último, recordó su gran importancia desde el punto de vista histórico, ya que no solo importa la creación de una nueva entidad estatal europea, sino que importa la unión de la parte occidental y la oriental del continente, y la consecuente conjunción de dos sistemas políticos totalmente diferentes, concluyendo que el contenido de la Constitución Europea deriva en el definitivo regreso Europa oriental a la familia liberal y en el pasaje de una Europa de los mercados a una de los derechos.