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Año XIII - Edición 232 26 de junio de 2014

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I Jornada Intercátedras de Derecho Administrativo y Derecho Procesal
Medidas cautelares

  • Nota de Tapa

Las cátedras de los profesores Guido S. Tawil y Osvaldo A. Gozaíni organizaron el pasado 11 de junio estas jornadas intercátedras a los efectos de analizar y reflexionar sobre las medidas cautelares. La actividad contó con el auspicio de los departamentos de Derecho Procesal y Derecho Público II y la Asociación Argentina de Derecho Procesal Constitucional.

La presentación de la jornada estuvo a cargo de Osvaldo A. Gozaíni, quien destacó que cuando se programaron estas jornadas se tuvieron en cuenta las numerosas vinculaciones entre ambas disciplinas del Derecho, localizando en las medidas cautelares el punto central del debate. “Hoy suele hablarse de una tutela cautelar, dando a entender que existe cierta autonomía respecto de las medidas cautelares, ordenando posibilidades de actuación independiente ya sea en forma preventiva, anticipatoria, conservatoria del objeto de la prueba, y quizás también como decisiones que persiguen solucionar, desde lo cautelar, sin necesidad de esperar o tramitar un proceso principal al que se adscribe”, dijo. Esto ha modificado el emplazamiento tradicional de lo puramente precautorio, por lo que en abril de este año se desarrolló junto con profesores de la Universidad Nacional Autónoma de México una jornada sobre medidas cautelares especiales. Terminada aquella jornada, se advirtió que habían quedado sin considerar las actuaciones que se suscitan ante la Administración, por lo que se acordó con Guido Tawil realizar esta primera jornada entre las cátedras, a fin de que se desarrollen temas como la suspensión del acto administrativo en sede administrativa y judicial o las medidas cautelares dispuestas por la administración, hasta finalizar con las que fueron presentadas como medidas cautelares especiales, donde intervienen órganos externos al Estado. “Culminaremos esta jornada con la situación actual en materia de medidas cautelares contra el Estado tras la ley 26.854”, informó. Para concluir, consideró que “el Derecho de hoy no se aprende ni se estudia con visiones unilaterales, por lo que estas reuniones intercátedras dan un impulso nuevo a estas visiones que tienen que ser no solo transversales sino mirando hacia todos los frentes que puede darnos una institución”.

Seguidamente, Guido S. Tawil declaró que el tema de las medidas cautelares para los administrativistas es muy sensible. El orador recordó que aproximadamente en 1998 trabajó el tema de las medidas cautelares contra entes reguladores, pero respecto de aspectos que son comunes a todas las medidas cautelares contra el Estado. “En esa ocasión, señalaba que en el contexto actual del proceso administrativo, de aquel proceso judicial en que el Estado es parte, la medida cautelar ha sido tradicionalmente el verdadero proceso”, expresó. En este sentido, Tawil remarcó que la medida cautelar ha sido uno de los pocos remedios por la que aquél que tiene que cuestionar un acto administrativo obtiene la tutela judicial efectiva. “En los últimos años, esta limitada tutela judicial se ha visto aún más cercenada. En el ámbito del derecho administrativo, esta ley 26.854 de medidas cautelares contra el Estado ha generado sensibilidad y críticas variadas”, examinó. De esta manera, el orador afirmó que esta ley presenta aristas particulares, donde no se puede dejar de ver alguna intencionalidad política. En este marco, Tawil afirmó que esta ley hace distinciones en cuanto a la bilateralidad del proceso, los efectos de la suspensión y el requerimiento del pedido previo en sede administrativa. Esta distinción está basada esencialmente, no en la conducta que origina la medida cautelar, sino en cuáles son los grupos receptores. Sin embargo, esto no quiere decir que los grupos particularmente vulnerables o sus derechos no merezcan protección, pero la pregunta que se genera es si los otros derechos no merecen protección también. “La Constitución no distingue según quien es el receptor de la acción, sino que cuando hablamos de derechos da una protección general y sin estas distinciones”, aseguró Tawil.

Posteriormente se desarrolló la primera mesa redonda, durante la cual María Constanza Caeiro y Oscar Aguilar Valdéz expusieron sobre “Tutela preventiva” y “La suspensión del acto administrativo en sede administrativa y judicial”, respectivamente. La mesa fue coordinada por Gastón Oberda.

La segunda mesa redonda tuvo como disertantes a David A. Halperin, quien expuso sobre “Medidas cautelares dispuestas por la Administración”; y a Luis René Herrero, quien se refirió a “Medidas cautelares autosatisfactivas”. La coordinación estuvo a cargo de Matías E. Lizatovich.

En el marco de la tercera mesa redonda disertaron Graciela Mabel Oriz, “Medidas cautelares especiales”; y Fabián Canda, “La situación actual en materia de medidas cautelares contra el Estado [tras la ley 26.854]”, siendo los coordinadores Arturo Bianchi Clement y Natalia Mortier.

“El Derecho de hoy no se aprende ni se estudia con visiones unilaterales, por lo que estas reuniones intercátedras dan un impulso nuevo a estas visiones que tienen que ser no solo transversales sino mirando hacia todos los frentes que puede darnos una institución”, enfatizó Osvaldo A. Gozaíni.