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Año XV - Edición 276 03 de noviembre de 2016

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El derecho aplicable a las inversiones extranjeras en América Latina

  • Nota de Tapa

En el Salón Rojo el pasado 20 de octubre se llevó adelante la conferencia “El derecho aplicable a las inversiones extranjeras en América Latina”, en el marco de la cual se presentó el libro Derecho Internacional de las Inversiones Extranjeras en América Latina: Problemas y Perspectivas, editado por Attila Tanzi, Alessandra Asteliti, Rodrigo Polanco y Paolo Turrini. El encuentro fue organizado por la Maestría en Relaciones Internacionales.

Para comenzar, Raúl E. Vinuesa (director de la Maestría en Relaciones Internacionales) expresó que “la presentación del libro la pensamos hacer a través de las exposiciones de investigadores y docentes que tienen experiencia en el tema” y agregó que “lo más interesante que rescato de esta obra es que pone en un punto crítico una vasta experiencia latinoamericana en el ámbito de las inversiones extranjeras y por sobre todas las cosas, lo que más valor tiene en la obra, es que cada trabajo tiene una dirección conceptual no necesariamente en los mismos temas que trata otro trabajo. Creo que esto es una gran virtud, le da la posibilidad al lector de tener dos visiones distintas sobre un mismo tema”, desarrolló. Por otra parte, indicó que los estados latinoamericanos en la década del 90han participado de una serie de actividades a través de la celebración de acuerdos de inversión y luego quedaron atrapados por conflictos con inversores en una serie de situaciones que difícilmente los negociadores hubieran podido prever al momento de negociar y firmar estos acuerdos.

Asimismo, resaltó la importancia del derecho aplicable. Por otra parte, Rodrigo Polanco (investigador y docente en el World Trade Institute de la Universidad de Berna) expuso que “por distintas razones, hoy en día el arbitraje de inversiones ya no es solo un tema que se critica en los países que han sufrido el arbitraje de inversiones o que han vivido el arbitraje de inversiones, sino que hoy en día los países que promovieron el sistema durante décadas, Estados Unidos y los países europeos, están descubriendo un sistema que ahora les parece un poco injusto y no tan preciso”. En la misma línea, manifestó que si se analiza lo que está sucediendo en Latinoamérica, se encuentran dos grandes posturas: “Una postura que es la salida del sistema y otra postura, que es la más compartida, que es el dar cuenta de los problemas del sistema pero quedarse”. Hacia el final, subrayó que “hace falta una visión externa desde Latinoamérica con la experiencia histórica que hemos tenido, no solo ahora sino desde el inicio de la doctrina de protección al extranjero (…). Sería muy importante que Latinoamérica refleje su experiencia hacia el resto del mundo”. Seguidamente, Francisco Leturia (profesor de la Universidad Católica de Chile) comenzó diciendo que “el mundo de hoy es muy distinto al mundo de cuando comenzaron los sistemas de protección de inversiones (…). Hay bastante consenso universal de que la inversión extranjera puede producir buenos resultados y que la inversión en general hay que protegerla”. Luego, hizo mención del primer tratado bilateral de protección de inversiones. Alemania-Pakistán, “el primero, hoy en día existen más de 3000 tratados bilaterales”, señaló. Por otra lado, sostuvo que “el principal problema estructural que ha generado el cuestionamiento y la deslegitimación de muchos de los sistemas arbitrales que existen para la protección de las inversiones es una mezcla conceptual (…) y es básicamente una confusión entre el derecho privado y el derecho público”.Más adelante, Facundo Pérez Aznar (profesor de la Maestría de Relaciones Internacionales) para abordar el tema de su presentación el orador recurrió a dos proyectos de investigación sobre los cuales “estamos trabajando en el Instituto de Altos Estudios Internacionales de Ginebra. Uno de estos proyectos se ocupa de analizar los efectos de los tratados bilaterales de inversiones (TBI) sobre la buena gobernanza de los estados.

Toma cuatro estados como objeto de estudio: Argentina, México, República Checa e India y analiza a través de entrevistas con funcionarios, negociadores, jueces y abogados que están involucrados”, explicó y añadió que “el segundo proyecto se refiere a la creación de un órgano permanente de solución de controversias de inversiones, un tribunal internacional o la creación de un órgano de apelaciones pero de carácter permanente y universal”. En el marco de estos proyectos, indicó que Argentina y México tienen la particularidad de que de alguna manera reflejan dos visiones distintas del arbitraje de inversiones en América Latina. Finalmente, Silvina González Napolitano (profesora titular de Derecho Internacional Público) se refirió a la evolución de los TBI. “Si uno mira cuáles son los antecedentes de los tratados, son los viejos tratados de amistad, paz, comercio y navegación”, describió y agregó que la variante que hay es en la parte de solución de controversias. El primer estado latinoamericano que empieza a celebrar TBI fue Ecuador con Alemania en 1965 y le sigue Costa Rica con Suiza en el mismo año. Luego, explicó, a su parecer, que los tratados de primera generación son los que se celebraron a partir del primer tratado entre Pakistán y Alemania que contenían estándares muy genéricos. Los de segunda generación son tratados de primera generación pero con unos “pequeños retoques cosméticos”, en líneas estructurales no se diferencian mucho de los primeros. “Los tratados de tercera generación son los que se empiezan a celebrar a partir del año 2000 y, tomando la experiencia que habían tenido los estados en estos arbitrajes de inversión, ya les van haciendo cambios más sustanciales”, especificó.

“Hace falta una visión externa desde Latinoamérica con la experiencia histórica que hemos tenido, no solo ahora sino desde el inicio de la doctrina de protección al extranjero (…). Sería muy importante que Latinoamérica refleje su experiencia hacia el resto del mundo”, subrayó Rodrigo Polanco.