¡Seguinos!

Año XVIII - Edición 322 20 de junio de 2019

Buscar

Ciclo de almuerzos académicos para profesores de la Facultad

Derechos humanos y género

  • Nota de Tapa

En la Sala de Profesores, el pasado 4 de junio se llevó adelante un nuevo encuentro del ciclo de almuerzos académicos para profesores de la Facultad. 

En esta oportunidad, la disertación estuvo en manos de la profesora emérita Mónica Pinto y versó sobre los derechos humanos y el género.

Tras una breve introducción por parte del decano Alberto J. Bueres, la oradora comenzó recordando que “Carlos Nino decía que los derechos humanos son el mejor invento del siglo XX. Ese invento supuso un cambio cualitativo en las normas jurídicas sobre el trato a las personas”. Además recordó que “hasta ese momento, los Estados no tenían ninguna obligación de rendir cuentas sobre ese trato a nadie. Esa norma cae cuando surgen los derechos humanos”. Sin embargo, lo que había empezado en un ámbito muy exclusivo del Estado, queda superado por una noción nueva que se coloca en un ámbito internacional: los derechos humanos son, por definición, internacionales. “La nota novedosa de esta noción es la igualdad. Ninguna noción antes de esta había colocado a todas las personas físicas en el mismo vector a los fines de ser titulares de derechos. Y esto es lo más encantador de la noción de derechos humanos, que justamente en el respeto de la diferencia podamos consagrar nuestra igualdad”, puntualizó y detalló que “esta igualdad, al comienzo del mundo de los derechos humanos, se pretende con alcances universales. No parece para los primeros que se largan a trabajar en este tema hubiera barreras y hasta el lenguaje es universalista, las normas son envolventes de todo aquello que sea un ser humano”. No obstante, reconoció: “A poco de andar, parece claro que la noción de persona, el todos y el nadie no necesariamente cubrirían lo que uno había pensado al principio que es todas las personas con todas las identidades de género, en todos los estadios de las vida (niños, adolescentes, adultos y personas más mayores)”.

Luego explicó que “los feminismos, que son una serie de teorías críticas que tienden a estudiar por qué la posición de la mujer en la sociedad no es igual a la del hombre y promueven esa emancipación, surgen exactamente cuando surgen los derechos humanos y surgen en el período del Iluminismo porque algunos y algunas constatan que las normas que se estaban dando no incluyen a las mujeres, sino que más bien las excluían”. En este sentido, describió que “la noción del género se aleja de las cuestiones biológicas de los cromosomas para plantearse la consideración de las mujeres a partir de lecturas sociales y de roles desempeñados a partir de roles asignados”. Por esto, señaló, las feministas han sido muy críticas respecto de las normas de derechos humanos porque consideraban que tenían un lenguaje neutral que no contemplaban la experiencia de las mujeres. “Esta marginación que el feminismo encuentra en las normas de derechos humanos, le permite al movimiento de mujeres considerar que se lograron muchos derechos en los últimos tiempos pero no se ha logrado estar en situación de igualdad con los hombres en la sociedad. Entonces, parecería que no solo hay que cambiar las leyes, sino que también hay que incidir de alguna manera en los ámbitos normativos no legislados”, especificó. En este contexto, se produce el gran tratado de derechos humanos de las mujeres: Convención sobre la Eliminación de toda forma de Discriminación contra la Mujer (CEDAW). “Este documento lo que hace es repetir los derechos pero en cabeza de la mujer y parte de una realidad absolutamente contundente: la posición de la mujer en el mundo no es igual a la del hombre y la igualdad en el caso de la mujer está severamente dañada”, desarrolló.

Hacia el final, se refirió a cómo trabaja el género para poder hacer más efectivos los derechos de las mujeres: “Trata de emplazar el análisis de los derechos y las posibilidades de ejercicio efectivo en un ámbito en el cual se tomen en cuenta los datos de contexto y, entonces, cuando hablamos de derechos de las mujeres, solemos decir que estamos en un ámbito de desigualdad estructural que no es la mera desigualdad del iluminismo clásico”.