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Año XIII - Edición 241 20 de noviembre de 2014

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Congreso de Derechos Humanos para estudiantes y graduados

  • Nota de Tapa

La Facultad de Derecho organizó durante los días 6 y 7 de noviembre un nuevo congreso para estudiantes y graduados donde se analizaron diversos aspectos de los derechos humanos.

Previo a la realización del primer panel, la Decana Mónica Pinto afirmó que estas actividades tienen la finalidad de acercar a los estudiantes a la vida universitaria académica de un modo distinto. “La idea es tenerlos más cerca y proponerles cosas que les resulten atractivas. Incitarlos a que descubran temas en el área del Derecho que les puedan servir para la práctica profesional futura”, agregó.

Posteriormente, el primer panel, coordinado y presentado por Adelina Loianno, versó sobre “Derechos económicos, sociales y culturales”. En este marco, Laura Pautassi se refirió a los indicadores de progreso en materia de derechos económicos, sociales y culturales. De esta manera, Pautassi manifestó en que en el campo de los indicadores socioeconómicos es más fácil medir avances y retrocesos. “En el campo de los derechos humanos, es más complejo precisamente por la interdependencia e indivisibilidad”, consideró. En este sentido, entendió que un Estado que pueda avanzar mucho en garantías en materia de derechos civiles y políticos, pero que no ha garantizado derechos económicos, sociales y culturales, no está garantizando la totalidad de los derechos humanos. Consecuentemente, Pautassi sostuvo que se requería de un desarrollo conceptual y normativo particular donde se tomasen herramientas cuantitativas y estadísticas, pero puestas en contexto con relación a la necesidad de tomar el conjunto de los derechos humanos.

Seguidamente, Julieta Rossi examinó las intervenciones judiciales en materia de derechos económicos, sociales y culturales en el contexto de América Latina y con referencias a Argentina. Así, hizo referencia a dos discusiones: una vinculada a las intervenciones judiciales en casos estructurales y la discusión actual en materia de impacto de las intervenciones judiciales y el tema específico de la implementación de las decisiones judiciales. “La justiciabilidad de los derechos económicos, sociales y culturales ha sido un tema de reflexión académica, de activismo desde las organizaciones y un tema tratado por el propio Poder Judicial”, subrayó. En este sentido, puntualizó que el tema de la no justiciabilidad de los derechos sociales ha sido uno de los mitos que hubo que objetar. “La no justiciabilidad y la no exigibilidad de los derechos sociales es un mito, y está anclado en cuestiones que son falaces y argumentos que no se corresponden con la realidad”, remarcó.

Por su parte, Martín Sigal señaló que es un mito la idea de que el presupuesto es un problema de la Legislatura y del Poder Ejecutivo y que los jueces deben abstenerse de intervenir en ese asunto. “Los jueces contenciosos administrativos se meten todos los días con el presupuesto dado que, cuando analizan la recesión de un contrato de obra público o cuando realizan un reajuste jubilatorio, cada una de estas decisiones tiene un impacto directo e innegable sobre los presupuestos”, explicó. Así, en base a estas decisiones, el Estado va a tener que erogar recursos o los va a ahorrar.

El segundo panel trató el tema “Justicia transicional” y fue coordinado por Silvina Zimerman. En primer término, Ricardo Gil Lavedra explicó que el término justicia transicional o justicia retroactiva es una denominación relativamente nueva, porque no existía hace 30 años. “Comienza a utilizarse ese término a raíz de la experiencia argentina de la transición a la democracia”, aseveró. En la misma línea argumental, examinó que la posibilidad de enjuiciar hechos de esta naturaleza también es relativamente novedosa. “No había precedentes, hasta hace pocas décadas, de la posibilidad de llevar a juicio los crímenes cometidos por dictaduras salientes, y sobre todo, de hacerlo a través de la aplicación del derecho penal común”, resaltó. Indicó, de esta manera, que muchas de las cuestiones que se han ido incorporando al lenguaje de la justicia transicional provienen de la experiencia argentina.

A su turno, Carolina Varsky hizo referencia, entre otras cuestiones, a la ley remitida al Congreso en 2003 por la cual se declara la nulidad de las leyes de punto final y obediencia debida. “Se genera la reapertura de muchas de las causas que habían quedado truncas en los ‘80”, agregó. Luego, recordó que en 2005 la Corte Suprema, en el fallo “Simón”, declaró la inconstitucionalidad de estas leyes, en un fallo extenso y con votos de nuevos integrantes del tribunal. “En 2006 se hacen los primeros juicios. La reapertura del proceso permite llegar al debate oral y público”, evocó. En cuanto a la desaparición de Jorge Julio López, indicó que generó una situación de mucha angustia porque se creyó que volvían los fantasmas de la dictadura. “Sin embargo, la reacción, sobre todo del movimiento de derechos humanos, fue la de seguir avanzando”, entendió. Recordó, asimismo, que en el 2007 nació lo que es hoy la Procuraduría de crímenes contra la humanidad.

Leonardo Filippini entendió que el tronco de nuestra reconstrucción de la democracia, a partir de un proceso de justicia desde 1983 hasta el presente, está fuertemente signado por los juicios penales. Entretanto, Filippini definió al “crimen de lesa humanidad” como un acto concreto que vulnera derechos fundamentales y que forma parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil. “Cuando una conducta tiene esos caracteres y se logra probar en juicio que esto es así, tenemos en claro que es un comportamiento que no se puede indultar y que el paso del tiempo no nos puede llevar a olvidarlo”, destacó. No obstante, el orador dijo que la pregunta se vuelve más compleja en relación con otra clase de participaciones que este tipo de enfoques deja afuera o no. “La gran discusión es cuánto pueden abarcar los juicios penales y qué hacemos con aquellos que un juicio penal no va a abarcar”, declaró.

El 7 de noviembre el panel “Género y enseñanza del derecho” comenzó con la exposición de Diana Maffia, quienmanifestó que un primer desafío en la enseñanza del Derecho es tener la constatación de que el Derecho no tiene una universalidad abstracta. Asimismo, comentó que este año se está dictando un Programa de Actualización en Género y Derecho, que revisa ciertos temas del Derecho desde una perspectiva feminista. “Revisar el Derecho desde una perspectiva de género creo que es un desafío para quienes cursan el posgrado, porque se debe revisar todo el Derecho que se aprendió con esta perspectiva acerca de quién redacta las normas y para el beneficio de quién se redactan”, opinó.

Acto seguido, Gustavo Maurino razonó que no es posible enseñar Derecho con perspectiva de género en la Argentina, a menos que cambie radicalmente el Derecho. “Las esperanzas que podamos enseñar con perspectiva de género todo el Derecho dependen de algo extremo: que cambie todo el Derecho”, advirtió. Remarcó que la palabra “género” no aparece en el contenido del plan de estudios de la UBA y así evidenció que el feminismo y la perspectiva de género se enseñan habitualmente en los departamentos de filosofía o de materias con denso contenido filosófico, donde el Derecho está separado de la filosofía. “Las perspectivas críticas están en esas materias, no están en el cuerpo sustancial de enseñanza jurídica que la Facultad se compromete a brindarnos”, evocó.

Posteriormente, Martin Böhmer observó que para introducir el género en la enseñanza del Derecho, en general, se discuten dos estrategias: la del curso y la de la perspectiva transversal. “Los derechos humanos son una perspectiva del Derecho, así como también el género, por lo que debe haber derechos humanos, género, igualdad, entre otros, en todas las materias de Derecho”, examinó. Así, aseveró que la Facultad se creó para enseñar otro Derecho, es decir, el Derecho de los códigos, por ende, lo que se enseña como Derecho son cuatro códigos divididos en unas quince materias.

Por último, Julieta Di Corleto indicó que no alcanza con mirar solo el plan de estudios de la carrera, sino que también hay que observar cada uno de los programas de estudio de los docentes de modo de ver en qué medida se incluye o no bibliografía que aborde la temática con una perspectiva de género y no de una manera neutral. “Desde el año 2006 hasta ahora ha cambiado muchísimo la producción académica, ya que hay muchísimas más personas que se interesan en el tema”, recalcó. Asimismo, destacó el cambio en la jurisprudencia, ya que gran parte del material de estudio que circula en la Universidad de Buenos Aires se basa en la producción de los tribunales, los fallos y en cómo los jueces resuelven los conflictos.

El cuarto panel abordó el “Sistema Interamericano de Protección de Derechos Humanos (SIDH)” y fue coordinado por Javier Salgado. En primer lugar, Susana Albanese expresó que no hay una posición fija, clara y manifiesta de parte de la Corte Suprema con respecto al valor de las recomendaciones de la Comisión Interamericana. “Entendemos que es importante para el justiciable cierta coherencia jurisprudencial”, aseguró. En este sentido, las expectativas o las posibilidades de obtener justicia, de acuerdo a la circunstancia del caso concreto, se dan de acuerdo a la posición de doctrina judicial que es clara para todos.

A continuación, Andrés Gil Domínguez se refirió a la reforma constitucional de 1994, la cual tuvo como núcleo ideológico el artículo 75 inciso 22. “Este artículo tuvo como un primer disparador otorgarles a once instrumentos internacionales sobre derechos humanos jerarquía constitucional”, analizó. En otro término, el propio poder constituyente reformador invitó a una fuente externa a compartir el ámbito de supremacía constitucional y a generar relaciones permanentes de diálogo y de fortalecimiento del sistema de derechos. Asimismo, habilitó un mecanismo para que el Congreso pudiera dotar a otros instrumentos internacionales sobre derechos humanos de jerarquía constitucional, de forma tal que nuestro concepto de supremacía constitucional y convencional se vuelve semiflexible, a pesar de que nuestra Constitución sigue siendo rígida.

Por último, Alfredo Vítolo recordó que la reforma del ’94 incorpora tratados con jerarquía constitucional pero sin tener muy en claro lo que significa jerarquía constitucional. “No estoy de acuerdo en que la Corte argentina haya aceptado el valor de la jurisprudencia interamericana”, opinó. De esta manera, examinó que el efecto de plantear un rol de la Corte Interamericana con rol de intérprete final de la Convención, puede ser un querer ser, pero nunca un deber ser. “Los estados no han aceptado formalmente la competencia de la Corte para interpretar fuera del marco del caso concreto con valor efectivo”, recordó.

El cierre del congreso estuvo a cargo de la Decana Mónica Pinto, quien en primer término afirmó: “Yo creo que los derechos humanos son más que una rama del Derecho”, consideró. Así, reconoció que en algunos ámbitos los derechos humanos son un patrimonio normativo común. “Tenemos una declaración americana, tenemos declaración universal de derechos humanos, órganos comunes y criterios políticos comunes”, remarcó. Asimismo, aseveró que los derechos humanos han contribuido decisivamente a la construcción de una hermenéutica constitucional integradora.

Hacia el final, manifestó que la gran contribución de los derechos humanos es haberse transformado en un criterio de interpretación del Derecho y, especialmente, de las relaciones entre las personas y el poder público.