Conclusiones de la Jornada Nacional Universitaria de Seguridad
En la edición anterior de Derecho al Día fue publicada una reseña de la Jornada Nacional Universitaria de Seguridad, realizada el pasado 19 de agosto en el marco del Proyecto Mariano Moreno para la reformulación de un nuevo Contrato Social. A continuación transcribimos las conclusiones elaboradas en el encuentro.
CONCLUSIONES
El Estado tiene el monopolio de la aplicación del Derecho Penal, el diseño de política criminal que haga debe ser “racional”, atento que el Derecho Penal ocupa, en el sistema jurídico general, un lugar secundario. Ese carácter le es dado porque sólo debe actuar cuando ya lo han hecho otros sistemas más eficaces para la resolución del conflicto. Es el continuador de instituciones públicas o privadas que deben actuar previamente, ya que la norma penal es débil para actuar por sí sola.
El aumento de las penas no influye en el delito. No hay relación entre pena y seguridad. No hay relación entre seguridad y derecho penal. El aumento de las penas aumenta la inseguridad de todos. En un sistema democrático el poder penal debe ser utilizado como última ratio.
En los últimos tiempos los discursos desarrollados se han orientado hacia una mayor punibilidad. Pese a la ineficacia del sistema penal para dar respuesta al conflicto social, venimos presenciando cambios constantes de la legislación que aparecen como respuesta a situaciones coyunturales. Tal profusión de leyes y su mayor dureza, en modo alguno ha sido un instrumento útil que permita superar el conflicto planteado en orden a la seguridad. Con los resultados obtenidos queda palmariamente probado que el incremento de penas no ha servido en modo alguno para disminuir el número de los delitos.
La efectividad en la aplicación de la ley penal puede condicionar más la posibilidad de una conducta criminal que una pena draconiana que no se va a aplicar. Además resulta peligroso porque, ante el fracaso de leyes que sin reflexión alguna se sancionan, se incrementa la disconformidad de la población con las instituciones, con el consiguiente deterioro del Estado Democrático, pues se lesiona el Estado de Derecho cuando sus instituciones aparecen como incapaces de solucionar en forma racional los problemas.
La Política Criminal debe tomarse como una política de estado. No pueden cambiarse las regulaciones ante hechos de trascendencia mediática, pues ello contribuye al sentimiento de inseguridad en la medida en que incentiva el reclamo de una respuesta que no lleva a solución alguna.
No existe una política criminal, sino respuestas esporádicas frente a determinados reclamos o frente a cómo se percibe el fenómeno criminal. Hay leyes que se han sancionado dentro del esquema de una política criminal de corte autoritario que contradicen otras regulaciones y la propia Constitución Nacional. Se debe por tanto optar por qué clase de política criminal nos daremos.
Antes de la reforma de las leyes se necesitan decisiones acerca de qué política criminal se va a diseñar y que objetivos se propone. No pueden hacerse determinadas reformas o “parches” a las leyes penales o procesales aisladas del conjunto del sistema, es decir, del proceso, de la ejecución de la pena y de la prevención. La política criminal debe ser integrada y coherente en todos los sectores del sistema penal.
Hay parámetros que condicionan al poder político al momento de generar una política criminal. Ellos son el conjunto de principios de fondo y procesales contenidos en la Constitución Nacional y que caracteriza un determinado modelo de Derecho Penal. Para diseñar una política criminal que se adapte a un Estado Democrático de Derecho, los principios ínsitos en éste y en la Constitución Nacional deben ser aplicados a todas las leyes que se diseñen en ese marco sean de prevención, penales, procesales o penitenciarias.
El modelo constitucional establece límites a la política criminal, de acuerdo a los principios de legalidad y certidumbre, es un ejercicio de la política criminal racional y limitado, basado en la dignidad humana y en el respeto de los derechos fundamentales. La política criminal no debe ser expansiva y debe dejar lugar para la aplicación de otro tipo de políticas. No puede ser algo aislado del resto de las políticas de Estado y tiene que tener como límite las garantías constitucionales para generar un derecho penal de ciudadanos. El tema de la “seguridad” y el fenómeno criminal deben ser objeto de enfoque a través de políticas de Estado permanentes, consensuadas y racionales.
Debe diseñarse una política criminal democrática, con objetivos de corto, mediano y largo plazo, manteniendo las políticas a través del tiempo. Los cambios que han sucedido ligados a los cambios de gobierno entre políticas de control del accionar policial y las llamadas políticas de “mano dura”, producen efectos al interno de las agencias del sistema penal, como también hacia la comunidad.
La formulación de normas penales es uno de los instrumentos de la política criminal, pero no es el único, junto a ello también están las reformas procesales, la organización de la justicia, su rapidez, su transparencia, la prevención, la reforma policial, el control de armas, el alumbrado, el control de las agencias de seguridad, otras medidas no penales y la articulación con otras políticas de estado.
El desarrollo de políticas sociales es una de las dimensiones a tener en cuenta al diseñar políticas de seguridad integrales. Lo que se requiere es una profunda articulación con otras políticas sociales a diferentes niveles de gobierno (nacional, provincial y municipal), con referencia a acciones que permitan intervenir de modo concreto sobre los modos de la convivencia y proporcionar recursos para el mejoramiento de la calidad del lazo social.
Existe una demanda de protección relacionada con el aumento de la inseguridad de la población. El aumento real o ficticio de la criminalidad o el simple aumento de las noticias acerca de la misma ha generado una demanda de seguridad que puede dar lugar a la adopción de medidas erróneas y aisladas de política criminal y orientarse a buscar soluciones autoritarias que generan un estado de policía y socavan el estado de derecho.
Conforma también la seguridad el hecho de que los ciudadanos puedan tener la tranquilidad de no ser detenidos arbitrariamente, de no recibir imputaciones infundadas, de no ser privados de la libertad sin fundamento y de que, en caso de serlo la justicia rápidamente responda a cualquier atropello, defendiendo las garantías que posibilitan vivir en un Estado de Derecho.
En el sentimiento de seguridad o de inseguridad también influye la conducta de quienes conforman todo el sistema penal. Y su solución no pasa por el mero aumento de las penas o las restricciones a la libertad durante el proceso, sino que se edifica a través de la seriedad de las investigaciones, principalmente aquellas referentes a hechos de gravedad, que permitan dar satisfacción a las víctimas a través de tratar de descubrir a los responsables, así como a través del respeto de los derechos individuales básicos. Es preciso diseñar reformas que hagan a una mayor efectividad del funcionamiento de la justicia.
Una reforma debe establecer un poder de investigación con capacidad real para investigar los delitos, que utilice los instrumentos del estado de derecho, por ende que sea respetuoso de los principios constitucionales, de la dignidad de la persona y sometido a controles. Debe reformularse la organización del ministerio público, reformarse el sistema de investigaciones y la estructura del proceso, desburocratizándolo y buscando mecanismos para limitar su duración. Una reforma integral debe apuntar, sobre todo, a abandonar las lógicas de trabajo tradicionales eminentemente burocráticas y las estructuras fijas y corporativas.
La articulación permanente entre los órganos encargados de la justicia penal es una tarea compleja. Debe desarrollarse una orientación compartida entre todos los actores comprometidos asumiendo todos su responsabilidad, de lo contrario asistimos a contradicciones e ineficiencia. La acción del estado requiere la convergencia de todos los actores de la red penal en estrategias de política criminal consensuadamente compartidas y democráticamente definidas y fiscalizadas.
Es necesaria una reestructuración de los servicios penitenciarios, de los patronatos de liberados y de los organismos de control de las garantías de las personas privadas de libertad.
El sentimiento de inseguridad se puede incrementar independientemente del aumento de la criminalidad, pues está también relacionado con la desconfianza hacia la policía debida a los casos de corrupción policial o a la intervención de policías en hechos delictivos, lo que no se soluciona con el endurecimiento de las leyes o con el otorgamiento de mayores poderes a la policía, sino con el funcionamiento de la agencia policial dentro de los parámetros del estado de derecho, de la legalidad y resguardando los límites de la acción policial en relación con los derechos fundamentales de los ciudadanos, así como combatiendo la impunidad frente a hechos delictivos o de corrupción policial, de modo que la gente confíe en la agencia policial.
A la agencia policial es necesario dotarla de una serie de herramientas que le permita resolver los conflictos mas allá de los instrumentos específicamente penales y supone el diseño de programas de formación y capacitación adecuados que puedan guiar al funcionario a tomar decisiones, pero siempre con adhesión a la protección de los derechos fundamentales y, además, una serie de controles que garanticen a la población que la labor policial no generará conflictos con sus derechos individuales. Asimismo es necesaria una división interna marcada entre las funciones preventivas y las de investigación, siendo convenientes cuerpos especializados para la función de persecución penal y para la policía de seguridad, con capacitación específica.
El control efectivo de las instituciones de seguridad requiere del funcionamiento de diferentes controles cruzados: el judicial, el administrativo, el político y el social. Resulta imprescindible rediseñar las áreas de control interno de las instituciones de seguridad, de modo tal de garantizar su efectividad y transparencia y su efectiva articulación con los mecanismos de control externo. Tan importante como sancionar a los funcionarios que infringen la ley es modificar las rutinas que dan origen a estas ilegalidades y la cultura institucional que las promueven y fortalecen, tales como las detenciones arbitrarias, el armado de pruebas y el uso abusivo de la fuerza.
En cuanto a los controles externos, el clásico control en el contexto de los estados democráticos de derecho es el de los jueces, realizado al conocer en causas en que estén involucrados policías y básicamente por medio del control de la producción de pruebas, excluyendo aquellas obtenidas con infracción a garantías constitucionales, lo cual también cumple una función docente para la legalidad de las evidencias.
La seguridad pública es un problema político, existe una deficiencia estatal en la elaboración de los conflictos. No hay una estrategia de seguridad, para la cual se necesita: un cuadro situacional apropiado; un diagnóstico institucional; una reforma institucional y una estrategia seria de resolución de los conflictos. Falta un programa que pueda definir cuestiones y objetivos.
El problema de la seguridad no tiene solución en el corto plazo. El mecanismo de solución no puede restringirse a la lucha contra el delito. Es necesaria la reconstrucción de los lazos de ciudadanía y establecer otros mecanismos de resolución de los conflictos.