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Año XVII - Edición 298 22 de marzo de 2018

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Los derechos de la persona en el nuevo Código Civil y Comercial. Aproximación a algunos aspectos novedosos

  • Reseñas Bibliográfica

El libro da cuenta del trabajo realizado por el equipo de docentes y estudiantes que integra la cátedra de Teoría General y Filosofía del Derecho a cargo del profesor Renato Rabbi-Baldi Cabanillas en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires en el proyecto de interés institucional titulado “La protección de la persona y sus derechos en la sistemática del nuevo Código Civil y Comercial: una aproximación a algunos aspectos novedosos”.

Según la presentación del autor: “La perspectiva de análisis de los trabajos no es meramente dogmática, ya que se propone detectar cuáles son las notas fundamentales de la concepción filosófica sobre la que se asienta el concepto de persona en el nuevo código unificado y de qué manera impacta en algunas de la innovaciones que éste introduce”.

El primer capítulo presenta un artículo de Maximiliano Consolo titulado “El uso del término “dignidad” en el debate parlamentario de la Cámara de Senadores para la reforma, actualización y unificación de los Código Civil y Comercial de la Nación. Tras una búsqueda del sustrato filosófico del artículo 51”.

A continuación, se encuentra “La capacidad en el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación: sustrato filosófico y compatibilidad con las normas internacionales sobre la materia” de Carolina Caliva y Melany Esses.

El profesor Renato Rabbi-Baldi aportó “La experimentación en seres humanos. Reflexiones a partir del nuevo Código Civil y Comercial de la Argentina”.

Seguidamente, se desarrolla “La dignidad de la persona y los derechos de incidencia colectiva como fundamento del derecho al acceso al agua potable en el Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación Argentina”, de Luciano Laise.

Hacia el final, encontramos el trabajo de Luciana Abreu, “La configuración de la propiedad comunitaria indígena en el Código Civil Comercial. Reflexiones desde la dimensión ambiental y desde los derechos bioculturales”.