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Año IV - Edición 81 22 de diciembre de 2005

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De cursos y de formaciones docentes – Historia de la carrera docente de la Facultad de Derecho de la UBA

  • Reseñas Bibliográfica

Por Mónica Pinto*

La enseñanza del derecho es bastante más que un problema pedagógico, eventualmente más que un problema de derecho. Definir la enseñanza del derecho en un ámbito, un país, una institución es construir una visión política, social, una visión del poder. Es armar uno de los pilares de una sociedad. La creación, la aplicación, la interpretación del derecho son procesos cuyos resultados no son unívocos. De allí que la enseñanza del derecho comprometa a la sociedad.

Este libro es un intento bien logrado de examinar el contexto de la formación docente en la Facultad de Derecho de la UBA, su desarrollo, sus rumbos, su perfil.

Para ello, sus autores –egresados, docentes, investigadores de la casa- dotan al tema de un marco teórico importante y lo emplazan en la universidad en general, en la UBA, en especial, y en la Facultad de Derecho, en particular. En ese hacer, destacan logros y señalan ausencias.

Andrea Molinari abre la convocatoria y, desde un marco teórico, plantea sin ambages que la formación docente debe pensarse desde la pertinencia, esto es que debe atender a la especificidad del contexto social y político y a la cultura. En suma, refiere a una pedagogía del derecho desde las características de la sociedad que rige. Esto, naturalmente, apela a una formación continua.

Sobre la plataforma anterior, Nancy Cardinaux y Laura Clérico se plantean la relación entre la formación de los docentes universitarios en derecho y los modelos de formación de abogados. Un prolijo análisis las conduce a sostener que no hay un modelo de abogado predominante en la mira de los docentes de la facultad, tampoco un modelo preeminente en la formación de docentes. Apuntan adecuadamente que la docencia a tiempo parcial y esa multiplicidad de enfoques que resulta ser su consecuencia expresan un pluralismo sano en una institución pública como la Facultad de Derecho de la UBA. Señalan también que existe un debate pendiente sobre estos modelos, debate que no tiene en mira unificarlos sino dotarlos de mejor fundamento a la luz de una reflexión sobre el modelo de abogado de la sociedad argentina.
Un panorama de las políticas de formación docente en la Argentina permite a Guillermo Ruiz señalar que ninguna de ellas afectó la formación de docentes universitarios, quienes siempre fueron formados de manera endogámica y asistemática en cada institución universitaria.

La evolución de la carrera docente en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de La Plata (UNLP) es el tema elegido por Carola Bianco y Nancy Cardinaux. El mismo es utilizado también como parámetro de comparación con la carrera de la Facultad de Derecho de la UBA. Este hacer permite que transiten la evolución de ambas casa de estudio desde el restablecimiento democrático del 10 de diciembre de 1983. La UNLP lleva a su favor un criterio de interdisciplina que crea ámbitos compartidos para la formación docente. La UBA no los tiene. Empero, luego de un éxito corto, la facultad platense resigna su competencia en la formación de docentes a favor de la universidad, cosa que en la UBA no sucede. El dictamen es claro: si la carrera docente de la UNLP fue efímera es porque ella fue un plausible esfuerzo de gestión, en tanto que la UBA forma parte de un proyecto institucional.
Luego, Guillermo Ruiz y Gonzalo Álvarez nos ilustran sobre el ingreso y ascenso a la carrera docente en las distintas unidades académicas de la UBA. La cátedra y el departamento, las categorías docentes, el mecanismo de acceso abierto de la universidad pública argentina son algunas de las cuestiones reseñadas. Ambos ponen de manifiesto la diversidad de regímenes de acceso a la carrera docente en las distintas facultades y las cuestiones no reguladas en los reglamentos de concurso de profesores comunes para todas las disciplinas y carreras.

Andrea Molinari y Guillermo Ruiz reseñan normas, criterios y modos de organización de la formación de los docentes en las facultades de la UBA. En este hacer surge inequívoca la gran disimilitud entre todas las unidades académicas que tienen carrera docente. Las conclusiones refuerzan el planteo inicial de la necesidad de una pedagogía del derecho que no esté divorciada de la sociedad y de un derecho que sea dado cmo pauta de convivencia.

Cierra el estudio de Nancy Cardinaux, Laura Clérico, Andrea Molinari, Guillermo Ruiz y Verónica Starowlansky con un análisis sobre rupturas y continuidades en la historia de la carrera docente de la Facultad de Derecho de la UBA. Se trata de un enjundioso esfuerzo de reconstrucción a partir del estudio de las reglamentaciones sucesivas, lo que permite a los autores transitar por los diversos regímenes de la carrera docente a lo largo de los tiempos así como por sus características, ingreso y formación. Una observación respecto de la departamentalización de la facultad y de la vigencia supérstite del régimen de cátedra a los efectos de la carrera docente dice de la cotidianeidad de los autores con la casa de estudios. Los distintos formatos de la formación docente son ilustrativos de las distintas etapas políticas nacionales y universitarias. Si el reconocimiento de continuidades en la carrera docente de la Facultad es meritorio, no lo es menos el advertir que la pedagogía y el derecho exigen un encuentro en la Facultad, una reunión fructífera en la que cada uno se enriquezca con y a partir del otro. En ese momento, una pedagogía jurídica comenzará su ruta y, eventualmente, logrará construir un camino sobre la forma en que se enseña derecho en la UBA.

Un anexo documental elaborado por Violeta Canggianelli y Juan Salas brinda la evolución reciente del organigrama de la carrera docente en la Facultad y enuncia las autoridades encargadas de esa gestión.

En suma, el trabajo aporta a la construcción del acervo de la Facultad de Derecho de la UBA, primero para conocer su historia, luego para advertir su rumbo, finalmente para esclarecer sobre lo que no se ha hecho. En algún momento, esta asignatura pendiente deberá ser concretada.


*Vicedecana de la Facultad de Derecho y Profesora Titular de Derecho Internacional Público y de Derechos Humanos y Garantías