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Año X - Edición 186 17 de noviembre de 2011

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XXV Jornadas Argentinas y III Jornadas Argentino-Brasileñas de Filosofía Jurídica y Social

  • Notas

La filosofía del derecho ha sido usualmente un espacio ceñido a las naturales controversias ideológicas que afloran al momento de interrogarse acerca de lo que es el derecho, sus verdaderas implicancias, su origen real. Algunos conceptualizarán ontológicamente al derecho como un mero martillo opresor o acaso como un fuerte disciplinador social, mientras que otros tantos probablemente sostendrán que el derecho a lo largo de los siglos no siempre se ha ajustado a un mismo patrón, sus vestiduras han cambiado como tal vez también lo hayan hecho los propósitos en él depositados.

Del 27 al 29 de octubre esta Facultad de Derecho ha podido acoger en su Salón Azul y en las aulas de posgrado a quienes participaron de las jornadas de filosofía jurídica y social desarrolladas en estas fechas. El evento fue organizado tanto por la Asociación Argentina de Filosofía del Derecho (AAFD) y la Associação Brasileira de Filosofía do Direito (ABRAFI). Desde sus albores a principios de la década del ’80, la Asociación Argentina de Filosofía del Derecho se ha constituido con el excelso propósito de articular espacios aptos para facilitar e incrementar la comunicación entre estudiosos de la filosofía del derecho y disciplinas afines. Tal como lo indica su estatuto constitutivo estamos frente a una asociación civil de carácter científico independiente de toda escuela, doctrina o ideología política, social, filosófica o religiosa. En estos encuentros académicos como el que hoy relatamos la AAFD se propone convocar a todos los cultores de la filosofía del derecho y de las disciplinas afines facilitando el diálogo en la diversidad, la convivencia en el desacuerdo y la construcción intersubjetiva del pensamiento mediante el aporte de cada uno, propuesto en libertad y confianza. En esta oportunidad, accesoriamente se ha ofrecido el Premio al Joven Investigador, que es discernido por un jurado de primer nivel en el que se hallan representadas las diferentes orientaciones de la filosofía del derecho.

Entre los profesores invitados a la actividad se encontraban Rolando Tamayo Salmorán (México), João Mauricio Adeodato (Brasil), Carlos Cárcova, Pablo Navarro, Luis Fernando Barzotto (Brasil), Jorge Rodríguez, Paula Viturro, Julio Raffo, Marcelo Campos Galuppo (Brasil), Lenio Luiz Streck (Brasil), Horacio Corti, Pedro Serna (España), Raffaele De Giorgi (Italia), Carlos I. Massini Correas y Daniel Herrera, entre otros.

En la mañana del 28 de octubre dentro del Foro Especial de Debate de Jóvenes Investigadores se llevó a cabo una conferencia a cargo de Roberto Gargarella, sumándole a ello un debate con Elian Pregno, Lucas Arrimada y Mauro Benente.

Pero, previo a la instancia de debate, Roberto Gargarella ofreció una conferencia a la que decidió titular “Coerción y desigualdades sociales, el desafío del derecho”. Se preguntó en voz alta el lugar que le cabe al discurso violento cuando integramos una sociedad que pareciera marchar rumbo a una democracia que dice buscar ser dialoguista y consensual. En la democracia deliberativa se idealiza un espacio pacifico de intercambio de argumentos en donde prevalecerá sólo el mejor fundamentado. Reflexionó sobre las consecuencias derivadas del hecho de que muchas de las teorías hoy imperantes no le reservan un espacio a la irrupción de determinados elementos que terminan alterando la esfera ideal confeccionada en el ámbito teórico. Es decir, la elaboración teórica de una democracia consensual no siempre contempla la posibilidad de que se produzca una demostración popular no pacífica. Estas expresiones que pueden llegar a ser violentas merecen ser, según Gargarella, tomadas en real consideración por el derecho y, muy espacialmente, por el derecho constitucional. “Hay un riesgo de que el derecho sea escrito, aplicado e interpretado en un modo sesgado”, alertó.

El surgimiento de la protesta social, cuyo estallido se sucede en ocasiones por medio del uso de metodologías violentas, debe ser comprendido en un contexto caracterizado por una lacerante desigualdad que se reproduce diariamente en nuestra sociedad contemporánea. Frente a tal escenario, resulta ser un imperativo para todo estudioso del derecho cavilar sobre el modo en que la coerción estatal debe ser ejecutada en casos como el antes descrito. “Hay un enorme campo abierto todavía, que tiene poca reflexión, y en los cuales hay muchos que decir, particularmente en sociedades como la nuestra”, expresó Gargarella.

Se conjuga en casos de esta naturaleza la necesaria aplicación de lo que se estudia tanto en la teoría de la pena, en la filosofía política y en el derecho constitucional. Según el expositor, es preciso salir en búsqueda de aquella justificación que bien podría resultar una unidad legitimante del accionar coercitivo practicado en un marco de extrema desigualdad y por los órganos del Estado. Sin embargo, admitió que oportunamente algunos doctrinarios ya han anticipado que no es siempre posible dar con una debida justificación.

“En la filosofía política contemporánea la pregunta sobre el uso justificado de la coerción es una central siempre” y agregó que “la pregunta es mucho más difícil de responder, se trata de la coerción penal en situaciones de extrema desigualdad”.
Semejante pregunta exige cuidados espaciales, recordando además que la punición debe ser concebida como ultima ratio.
Por otro lado, al efectuar una delimitación de la fuerza coercitiva del estado inevitablemente estamos también trazando la arquitectura democrática de nuestra sociedad.

“Hay un riesgo de que el derecho sea escrito, aplicado e interpretado en un modo sesgado”, alertó Roberto Gargarella.