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Año III - Edición 57 21 de octubre de 2004

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XVIII Jornadas Argentinas y Primeras Jornadas Argentino-Chilenas de Filosofía Jurídica y Social

  • Notas

Desde el 30 de septiembre hasta el 2 de octubre, se celebraron en nuestra Facultad  las XVIII Jornadas Argentinas y Primeras Jornadas Argentino-Chilenas de Filosofía Jurídica y Social. Participaron los profesores Raúl Madrid (Universidad Católica de Chile), María I. Dabove (Universidad de Rosario), Claudio Martyniuk (Universidad de Buenos Aires), Rodrigo Correa (Universidad Adolfo Ibáñez, Chile), José Antonio Seoane (Universidad de La Coruña), Martín D. Farrell (Universidad de Buenos Aires), Jorge Luis Rodríguez (Universidad Nacional de Mar del Plata), Armando Segundo Andruet (Universidad Católica de Córdoba) y Carlos Peña González (Universidad Diego Portales, Chile). En el primer panel expusieron los profesores, Raúl Madrid, María Davobe, y Claudio Martyniuk.

El tema sobre el cual trabajó Raúl Madrid fue Derechos e intereses sobre la (no) necesidad de los derechos colectivos. Su exposición se basó en la siguiente premisa: la existencia de un derecho colectivo implica necesariamente la existencia de sujetos colectivos. Ante esta presunción, aparecieron las preguntas iniciales: ¿Puede una actividad colectiva constituir un ente separado de las personas que la componen? Como antecedente real de estas consideraciones se citó como ejemplo el Pacto de Derechos Civiles y Políticos de 1966 que establece un reconocimiento a las colectividades minoritarias como titulares de ciertos derechos. Cierta mirada aguda advierte que no se trata de simples fenómenos de la experimentación social sino que son verdaderos sujetos morales que pueden hasta ser jurídicamente reprochables. Sin embargo, hay parte de la doctrina que no comparte la mirada sociológica, sino que sólo reconoce como sujetos colectivos a aquellos que han sido reconocidos por la ley. Así, hay autores que sostienen que no puede un sujeto ser colectivo sin antes tener personalidad jurídica reconocida. Para ellos los sujetos colectivos sociológicos o espontáneos deben reconvertirse o a una persona jurídica o a la autonomía individual particularizada. La pregunta ahora es: ¿cómo se pasa de sujeto individual a colectivo? La teoría de la ficción explica muy bien esto en tanto se trataría de una construcción libre de las personas, susceptible de modificación jurídica. Ahora, la suposición de una persona con voluntad libre inicial, no contemplaría ni a menores ni a dementes. Frente a la teoría de la ficción que no otorga ninguna realidad material al sujeto colectivo, se instalan quienes sostienen que sí existe una personalidad con substancia. Esta postura se explica postulando que no es asemejable el ser humano a la persona, ya  que la persona significa sujeto de derecho, no ser humano. Para el disertante, esto es difícil de sostener porque podría resultar peligroso al momento en que una persona jurídica podría entonces suprimir los derechos humanos individuales. Finalmente, Madrid se preguntó por la finalidad del sujeto colectivo, a lo cual propuso que en realidad la persona colectiva no debe servir para dar existencia a la individualidad, sino para garantizar la operatividad de algunos de sus derechos. En una crítica al iusnaturalismo, Raúl Madrid sostuvo que hay que superar la idea de un sujeto aislado poseedor de derechos inherentes como único centro de imputación posible, y vislumbrar las posibilidades que hoy ante la globalización pueden otorgar nuevas instituciones más efectivas. “Si no se logra un reconocimiento y una definición del sujeto colectivo, será imposible ejercer cualquier derecho difuso”.

María Dabove propuso al auditorio jugar al juego de los espejos. En este trabajo lúdico introdujo tres protagonistas que ayudarían a visualizar una postura jurídica trialista: El Quijote cervantino, la Teoría General del Derecho, y un caso judicial paradigmático que toca el derecho de la ancianidad. Según la disertante, el hecho de que el Quijote debió obtener la autorización del rey para su publicación, demuestra el profundo anacronismo de la filosofía española de esa época que mantenía grandes represiones a la expresión, mientras que algunos años antes en Francia se había reconocido la libertad de prensa. El Quijote constituye entonces la metáfora tragicómica de una filosofía española que se contradice permanentemente entre lo moderno y lo medieval. Por un lado, el idealismo de Don Quijote; por el otro, el realismo de Sancho. “El Hidalgo es alguien que quiere ser algo que no es y nunca puede ser”. Entre varios temas jurídicos que toca la famosa obra, propone conceptos binarios como cordura-locura, el retrato de la ancianidad, y la construcción de la identidad a partir de la libertad de expresión -y de género-. Pasando de la literatura a la teoría, en el Quijote se evidencia que el derecho es una construcción humana que por un lado es consciente pero por el otro inconsciente. Bajando a lo real-actual, aparece el caso “Correa Alcaraz” que trata sobre una acción de amparo en la que se pide la internación psiquiátrica de los padres de una niña por senilidad. Tratando de relacionar estos aspectos, Dabove sostuvo que en la filosofía caballeresca adoptada por el Quijote hay una primera tríada de miedo-violencia-agresividad que aparece en el Derecho a la hora de reprimir la inercia del vacío normativo o de la locura, equiparada ésta con la vejez. Por el lado contrario, está la tríada del diálogo-confianza-cooperación que sólo prospera en el Derecho a partir del deseo de igualdad o justicia. En cuanto a los límites espacio-temporales, están aquellos necesarios vinculados con lo real concreto, y aquellos voluntarios e imaginarios vinculados con lo real deseado. Así, se ve en el Quijote un profundo desprecio ante las reglas impuestas por la necesidad real y una adoración por las reglas imaginarias o mágicas. En el caso “Correa Alcaraz”, pareciera suceder algo parecido, donde los operadores jurídicos imaginan que una sentencia va a solucionar mágicamente un conflicto de fuerte gravedad inicial real. Esta herramienta limitada se transforma en una medida impotente que intenta controlar aquello que se transforma inconcebible como la locura, vinculada aquí con la vejez. La disertante propuso finalmente buscar herramientas que conviertan al Derecho en una finalidad funcional. Para eso debemos incorporar todos los saberes existentes en la realidad a fin de ajustar a la realidad-frontera, los diversos deseos existentes. Esto sólo puede darse a través de un diálogo fructífero que no convierta al Derecho en una parcialidad mágica, anacrónica y desespaciada. Rememoró entonces una frase del Quijote que de alguna manera ilustra estas intenciones: “Morir cuerdo y vivir loco”.

Claudio Martinyuk trató el tema Normatividades, humanismo, ingeniería genética, biopoder. Imágenes, técnicas, hermenéuticas. Comenzó citando a Sloterdijk quien afirmó que los libros son voluminosas cartas para los amigos. Esta cultura epistolar de 2500 años de antigüedad sostiene el núcleo del humanismo que ha visto su esplendor entre 1789 y 1945. Allí aparecen las naciones, como un público de lectores que se reúnen y se congenian en asociaciones de lectores que leen las mismas lecturas. Este amansamiento y apaciguamiento literario del humanismo, logrado por la lectura, se halla para Martyniuk en el umbral de ser sustituido por la manipulación de riesgos biológicos. Siguiendo con el autor, expresó como posibilidad que tal vez ya sea una simplificación oponer ciencia a humanidades como si fueran dos culturas desconectadas. También parecería ser un error pensar que una persona dejaría de reconocerse como autor de su biografía, si su perfil genético fuera elegido por terceros, ya que no puede derivarse de la dotación genética un destino existencial. Además, el acto de intervenir en la construcción genética o en las operaciones mentales de una persona, no deja de estar entrelazado con el llamado humanismo literario que ha incidido en toda la normatividad medicalizada de la psiquiatría y del psicoanálisis como continuador de la confesión cristiana. Todo esto pareciera que es obvio en cuanto ha logrado gobernar nuestra mentalidad moderna, pero con la salvedad permanente de aún saber qué las ideas y opiniones se encuentran basadas en la razón. Por otra parte, el disertante sostuvo que la idea de que la nueva tecnología permita llegar a una igualdad social que equipare las necesidades económicas y sociales de los individuos con la eliminación de las diferencias de fuerza natural, no hace más que seguir con el programa de la modernidad. “Para Sloterdijk dejar que el azar genético decida por nosotros es dejar triunfar al partido católico”. También este autor apela a las ingenierías como una tercera cultura entre las ciencias y la literatura para intervenir en la remoción de anacronismos. La ingeniería participa a la vez en las ventas del mercado del arte, y con su saber científico puede revolucionar las ideas. Entre otros temas, Martyniuk se refirió a la Filosofía, que en realidad podría ser más ciencia que imaginación, e incluso puede dar mayores fundamentos a la técnica. Citó también a autores como Jünger, para quien el humanismo no puede prescindir ni de los ataques con gas ni de la guillotina, como la Iglesia no pudo prescindir de la espada del brazo secular. Finalmente, mostró algunas teorías actuales que proponen que en lugar de romper con los artefactos tecnológicos, rompamos con las imposiciones jurídicas que son tanto o más opresoras. Para estos autores, deberíamos despegarnos de la normalidad impuesta y permitirnos crear nuestra propia voluntad, nuestro cuerpo, nuestra muerte y nuestro rasgo físico.