Un nuevo desafío: la reestructuración de deuda ante la Comunidad Internacional
El pasado 26 de febrero se llevó adelante la actividad “Un nuevo desafío: la reestructuración de deuda ante la Comunidad Internacional” en el Salón Azul. Organizaron en conjunto el Proyecto DCT1608. “Un nuevo desafío: la reestructuración de deuda ante la Comunidad Internacional” (director: Germán Campi) y la Cátedra del Dr. Juan Antonio Travieso.
En este marco, brindaron su aporte Guido Demarco (abogado por la Universidad Torcuato Di Tella y docente de Derecho Internacional Económico en la Escuela Superior de Economía y Administración de Empresas), Fernando Sotelo (profesor adjunto (I) de Derechos Humanos y Garantías de la Facultad de Derecho (UBA) y juez de la Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal, Departamento Judicial Dolores, Provincia de Buenos Aires), Miguel Ángel Espeche Gil (titular de la Cátedra Libre de Deuda Externa en la UBA y exembajador argentino) y Juan Antonio Travieso (profesor titular de Derecho Internacional Público y de Derechos Humanos y Garantías de la Facultad y director del Suplemento de Derecho Internacional Público de El Dial.com). Las ponencias las moderó Germán Campi (profesor adjunto (I) de Derecho Internacional Público y de Derechos Humanos y Garantías de la Facultad).
En primer lugar, Guido Demarco comenzó explicando que “el tema del concepto pari passu surge con la República del Perú y los bonos Brady. Estos eran bonos que lanzó el secretario del Tesoro de Estados Unidos para refinanciar la deuda de bancos extranjeros que concebían en sus libros deudas de Estados soberanos que estaban en default y eso perjudicaba a los libros de los bancos comerciales”. Agregó que: “La Corte de Bélgica, en ese entonces, entendió que pari passu significaba un pago a prorrata de la deuda”. En esta línea, recordó que en Argentina sucedió una situación similar a la de Perú. “El problema de esta cláusula es que es simplemente una promesa y dentro del contrato del bono el mismo no explicaba cómo se iba a solucionar eso en caso de que la Argentina incumpliera esa promesa de pago”, indicó. Por otra parte, recordó que en el 2001 había 152 series de bonos y ocho leyes aplicables distintas. “Nosotros creemos que tenemos que estar atentos a la hora de redactar los términos del contrato del bono”, enfatizó y añadió que “hoy en día se están empezando a emitir bonos con ley argentina y esto es importante porque los abogados argentinos podemos prever cómo actuar con las leyes argentinas”.
A continuación, Fernando Sotelo desarrolló que en el siglo XVI, Jean Bodin acuñó la idea de lo que es la soberanía como la capacidad del Estado de gobernarse y el poder excluyente que tiene quien gobierna un territorio. Más tarde, señaló que en el siglo XVII recién los Estados se reconocen mutuamente como aquellos que tienen el poder excluyente sobre determinada población. Luego indicó que Thomas Hobbes es el ideólogo de la soberanía como una necesidad política. “Cuando hablamos de deuda soberana tenemos que pensar la soberanía en los términos actuales”, puntualizó y detalló: “En el mundo que vivimos hoy todos los Estados funcionan dentro de lo que es la economía capitalista y el sistema capitalista se funda en muchas cosas pero hay dos que para mí son esenciales: el crédito y el seguro. Sin seguro y sin crédito no es posible una empresa capitalista”. Seguidamente, reconoció: “Endeudarnos, sin medir las consecuencias de lo que eso va a significar para el hoy, para el mañana y las relaciones futuras, es parte del mayor o el menor grado de democracia que un gobierno pueda tener”.
Miguel Ángel Espeche Gil, por su parte, manifestó que la deuda externa es un fenómeno multifacético que abarca la cuestión ética y la cuestión política, los distintos aspectos de lo económico, lo histórico y también lo interdisciplinario porque también se estudia desde el derecho internacional público, el civil, el comercial y el penal. Asimismo, describió: “Hubo dos fenómenos, que son hechos históricos comprobados, que son la génesis moderna de nuestra deuda externa: uno es un factor externo y el otro interno”. Con relación al interno, se refirió al Golpe Militar de 1976, época en la que había una deuda insignificante. El hecho externo sucedió a fines de la década de 1970 y, según el autor, marca un antes y un después. “La Reserva Federal de los Estados Unidos, que actúa como un banco central pero en realidad es un consorcio de bancos privados que emiten dinero, decidió aumentar la tasa de interés del dinero en los Estados Unidos”, aseveró y recordó que “los que habían concertado créditos se encontraron con que de golpe tenían que empezar a pagar una extraordinaria tasa de interés”. Para finalizar, brindó unas palabras de cierre Juan Antonio Travieso.
“Endeudarnos, sin medir las consecuencias de lo que eso va a significar para el hoy, para el mañana y las relaciones futuras, es parte del mayor o el menor grado de democracia que un gobierno pueda tener”, reconoció Fernando Sotelo.