Terrorismo y piratería en el mar: dilemas en la aplicación de la CONVEMAR y el Convenio para la represión de actos ilícitos contra la seguridad de la navegación marítima (SUA)
El 28 de abril se organizó en el Salón Verde de la Facultad de Derecho una conferencia cuyo objeto fue el análisis de la problemática del terrorismo y la piratería en el mar, especialmente los dilemas surgidos a partir de la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR) y el convenio para la represión de actos ilícitos contra la seguridad de la navegación marítima, SUA (por sus siglas en inglés, Suppression of Unlawful Acts). La organización del evento estuvo a cargo de la Cátedra de Derecho de la Navegación del Dr. Diego Esteban Chami.
El ex director de la Oficina Legal de la Organización Marítima Internacional, Dr. Agustín Blanco-Bazán fue el expositor de esta actividad e inició su disertación refiriéndose a la posible aplicación de la legislación internacional vigente en la actual crisis desatada en las aguas jurisdiccionales de Somalia, el Golfo de Adén -entre Yemen y Somalia- y el Océano Índico. Además, recordó que en el presente Somalia está atravesando una etapa de profunda inestabilidad política que lo lleva a carecer prácticamente por completo de instituciones estatales. Esto sumado a la deplorable situación sanitaria y alimenticia de sus habitantes ha obligado en este último tiempo a intensificar la asistencia humanitaria por parte de los distintos organismos internacionales. Es por ello que diariamente buques cargados de viáticos navegan rumbo a las costas somalíes y son estos mismos buques los que suelen ser objeto de asaltos y secuestros varios por parte de los llamados “piratas”.
El debilitado e incipiente gobierno provisional somalí ha intentado aunque no siempre exitosamente intensificar los controles preventivos. A esto se le suma, la asistencia por parte de la Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN), quienes están encargados de la custodia de los buques sanitarios. Sin embargo, la asistencia proveniente de este organismo militar se ha vuelto aún más compleja en su aplicación, producto de su reciente intervención militar en Libia, algo que le insume mayores recursos técnicos y financieros. De hecho, hoy hay alrededor de 34 buques que se encargan de la custodia de aquellas naves sanitarias y que se componen de embarcaciones europeas, de Estado Unidos, China, India y Rusia. Por otro lado, según Blanco-Bazán, las actividades ilícitas cometidas en las aguas lindantes a Somalia parecen no desistir y aún peor se cree que las mismas aumentan diariamente. Este fenómeno se ve alentado por el hecho de que aquellos responsables por la comisión de tales actos suelen encontrar reparo en las aguas de Yemen, una república que en marcado contraste con su vecino, Arabia Saudita, está pobremente desarrollada en términos económicos y sociales.
Frente a este contexto de contrastes y desigualdades, Blanco-Bazán afirma que la piratería no es un problema militar y es por ello que no debe ser solucionado más que por un poder de policía, no creyendo de gran utilidad la constante intervención de flotas europeas que puedan continuar ahondando las animosidades políticas suscitadas en la región.
Asimismo, reflexionó sobre la creciente demanda de los diferentes países desarrollados que intervienen en la cuestión por iniciar un proceso de privatización en la vigilancia de la zona. Es decir que proponen que en aquellos buques armados empiece a haber tripulación de personal de seguridad privada, que puedan portar armas de guerra y que también participen al igual que lo hacen las demás fuerzas militares en las actividades preventivas de custodia y vigilancia llevadas a cabo en la región. Ante una posible decisión de semejantes características que aliente la militarización de la zona a manos de empresas privadas, el Dr. Agustín Blanco-Bazán subrayó que “los encendidos llamados al despliegue de fuerza y de mano dura aparecen como una retórica torpe para ocultar la falta de voluntad política para poner en práctica el derecho de los tratados vigentes”.
En cuanto a lo relativo al respeto por los derechos humanos, Blanco-Bazán afirmó que se producen sistemáticas violaciones, especialmente en el trato con los presuntos autores de las actividades delictivas antes mencionadas. De este modo, precisó que suelen ser las unidades militares de los países no occidentales quienes se apresuran a condenar a presuntos responsables sin antes someterlos a juicio, en donde se respeten los principios emanados del debido proceso. Sin embargo, aclaró que estos elementos que inevitablemente provocan una escalada de violencia, no sólo están presentes en las fuerzas militares intervinientes, sino que también en los grupos armados autores de las actividades ilícitas. En el caso de estos, destacó que en este último tiempo se han vuelto más frecuentes los asesinatos de rehenes que esperan por su liberación luego del pago de cuantiosas sumas de dinero. Es allí cuando surge un dilema por parte de las naciones desarrolladas, ya que creen que el pago de los rescates alienta un mayor número de secuestros, sabiendo que el dinero entregado a los grupos militares podría terminar financiando el narcotráfico o el terrorismo. Todas estas cuestiones son la causa por la cual se termina encareciendo el flujo de recursos vitales para aquellas zonas devastadas, ya que el transporte se vuelve más oneroso y las primas de los seguros que incluyen el riesgo de guerra trepan a números exorbitantes. Se le suma a esto el hecho de que frente a riesgos de esta envergadura los distintos sindicatos que protegen a los trabajadores marítimos entendiblemente presionan por un mejoramiento en las condiciones laborales de sus representados.
Ahora en términos normativos, Blanco-Bazán describió la situación como falta de suficientes normas jurídicas y con la necesidad de poner en marcha nuevas instituciones jurídicas. Sin embargo, no dejó de admitir el inestimable aporte de tratados internacionales de la talla del CONVEMAR y del SUA. Definió a ambos como instrumentos de aceptación universal y “con un robusto cuerpo de disposiciones sobre la aplicación de jurisdicción penal”, aunque recordó que no siempre existe una correcta y efectiva aplicación de sus cláusulas.
En cuanto a la CONVEMAR, conocida vulgarmente como la Constitución del Mar, explicó que la misma fue adoptada como un tratado de derecho público en el año 1982 y que posee status y jurisdicción sobre diferentes zonas marítimas, regulando toda actividad acontecida en el mar, incluyendo la navegación comercial, la explotación de recursos naturales, entre otros. Además, opinó que en este instrumento internacional no son muchos los delitos marítimos en él contemplados, debido a que entre otras razones es sumamente complejo lograr establecer una fuerte legislación internacional sin atentar contra la legislación local y por ello contra la soberanía de cada nación. De hecho, la CONVEMAR regula un sólo delito en el mar y este es la llamada “piratería”, definida esta como aquel acto de violencia producido en alta mar por un buque sobre otro con fines de lucro personal. A raíz de dicho instrumento se le permite a cualquier buque militar, sin importar su nacionalidad, a abordar, confiscar y hasta sentenciar a aquellas embarcaciones “piratas”. Esto último, responde según la doctrina internacional al principio de jurisdicción universal debido a que tal acto de piratería estaría violando la libertad de navegación, asimilable de algún modo u otro con la libertad de locomoción.
“Los encendidos llamados al despliegue de fuerza y de mano dura aparecen como una retórica torpe para ocultar la falta de voluntad política para poner en práctica el derecho de los tratados vigentes”, manifestó el Dr. Agustín Blanco-Bazán