Seminario Permanente sobre pequeñas y medianas empresas - Conferencia sobre la experiencia de la ley de sociedades simplificadas 1258-08 en Colombia
En el ámbito del Seminario Permanente sobre Pequeñas y Medianas Empresas, el 12 de agosto se llevó a cabo una conferencia sobre “El nuevo régimen de Sociedad por Acciones Simplificadas en Colombia” en el Salón Avellaneda del Instituto de Investigaciones “Ambrosio L Gioja” que estuvo a cargo de la Dra. Luz Dary Hernandez Guayambuco.
El acto contó con la representación del Director del Seminario Profesor Emérito Dr. Raúl Aníbal Etcheverry, su coordinadora, Profesora Regular Adjunta del Departamento de Derecho Económico y Empresarial, Liliana Araldi; y del público en general, entre los que se encontraban funcionarios del Poder Legislativo, del Poder Judicial, de la Inspección General de Justicia, profesores de la Casa, maestrandos de la Maestría en Derecho Comercial y de los Negocios Internacionales que dirige el profesor Etcheverry, alumnos de la carrera de abogacía, auxiliares docentes, y la participación del Profesor Consulto Dr. Guillermo Enrique Ragazzi.
El seminario funciona desde el año 2005 y está abierto a la participación de todos los sectores interesados e involucrados en el proceso de crecimiento y desarrollo de las micros, pequeños y medianos emprendimientos que tanto bien le hacen al país. La investigación que se lleva a cabo en el marco del Seminario tiene como objetivos generales profundizar las necesidades de las PyMEs. Esto implica alcanzar un conocimiento integral, que abarque desde la creación y administración hasta el perfeccionamiento constante de los procesos involucrados.
En esta ocasión la disertante se refirió a la sociedad por acciones simplificada de la ley 1258 de 2008 (S.A.S) en Colombia. Resumió, en primer término, los antecedentes legislativos que receptan la figura del empresario individual. Analizó las actuales normas sobre constitución telemáticas de las sociedades simplificadas, que pueden ser pluripersonales o unipersonales y constituirse tanto por instrumento público como privado. Destacó también la importancia de la flexibilización del nuevo régimen cuyas principales normas las eligen los socios dentro de un amplio campo de la autonomía de la voluntad. Estas sociedades son limitadas al patrimonio social y la responsabilidad de los socios no es alcanzada sino por la penetración de la personalidad, pero no en supuestos laborales o fiscales, en los cuales la limitación de la responsabilidad se mantiene. Asimismo, explicó las funciones de la Cámara de Comercio Colombiana, que es el organismo de registro y de asesoramiento permanente de estos emprendimientos. Se refirió también a la Superintendencia de Sociedades que ejerce, entre otras, funciones jurisdiccionales y cuyas decisiones son irrecurribles. Abordó la figura del arbitraje y del abuso del derecho resaltando la importancia de su tratamiento legal en la ley 1258. Reseñó las reformas estatutarias y los procesos simplificados de disolución y liquidación que instituye la nueva normativa.
Finalmente, presentó un cuadro comparativo de la constitución de Sociedades por acciones simplificadas en el año 2009, que ascienden al número de 10.251, en relación con la constitución de sociedades limitadas (9.297), sociedades anónimas (2.384), sociedades comanditarias (477), y otras (1.430). Terminada la charla se abrió el debate que contó con el enriquecedor aporte de todos los presentes.
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