Semana de consumidores y usuarios: avances y desafíos
El pasado 18 de marzo el Centro de Graduadas y Graduados llevó adelante la jornada "Semana de consumidores y usuarios: avances y desafíos", que contó con las disertaciones de Sebastián Barocelli, Elisa Romano, Esteban Geracitano y Fernando Blanco Muiño y la coordinación Ivana Centanaro.
A su turno, Sebastián Barocelli realizó un análisis retrospectivo del desarrollo del derecho del consumidor y sus desafíos actuales. “Ha corrido mucha agua debajo del puente, sobre todo en nuestro país que tiene grandes hitos fundacionales del derecho del consumidor”, introdujo y mencionó algunos de estos hitos: la sanción en el año 1993 de la ley 24.240, la incorporación en 1994 de los derechos de los consumidores a la Constitución y la sanción del Código Civil y Comercial de la Nación en 2014 que incorporó los derechos de los consumidores a su articulado.
Asimismo, señaló que en el último tiempo se profundizó en el reconocimiento y el fortalecimiento del derecho de los consumidores. En este marco, destacó la incorporación al ordenamiento jurídico argentino la categoría de consumidores hipervulnerables. “Se hizo primeramente a partir de la resolución 139/2020 de la Secretaría de Comercio Interior y que luego llegó al rango supralegal al dictarse la resolución 11/2021 del Mercosur, que fue también internalizada por nuestro derecho y permite establecer una tutela diferenciada y preferente para los colectivos históricamente desfavorecidos en su condición de consumidores y establecer un acompañamiento específico en los ámbitos estatales para la resolución de sus conflictos”, desarrolló y también destacó la incorporación de la perspectiva de género en la agenda del derecho del consumidor. En este sentido, se refirió a la guía de buenas prácticas en las relaciones de consumo con perspectiva de género, plasmada en la resolución 140/2021.
En cuanto al trato digno en las relaciones de consumo, comentó que el 6 de abril entraría en vigencia la resolución 1033/2021 que “establece parámetros mínimos de atención al cliente en la atención telefónica y a distancia”.
Hacia el final, se enfocó en el sobreendeudamiento de los consumidores como uno de los desafíos: “Cada vez más, consumidores encuentran muchas dificultades para enfrentar las deudas que han contraído, muchas veces a partir de prácticas y cláusulas abusivas, situación que la pandemia ha especialmente acentuado. Creo que el Congreso de la Nación está en mora para implementar medidas que pongan el acento tanto en la prevención como en el saneamiento de los consumidores sobreendeudados”.
Por su parte, Elisa Romano reflexionó: “Hoy se reclama a través de una demanda y obtenemos resultados. Evidentemente, como sociedad hemos evolucionado un montón”. Además, sostuvo que “es necesario y fundamental la aprobación de un código del consumidor a fin de agilizar los reclamos que van a proceder más allá de que en la Ciudad ya hay un código de procedimiento”.
A las novedades legislativas que expuso Barocelli, sumó que en 2021 la Secretaría de Comercio Interior emitió una resolución vinculada a los menores de edad de 13 a 17 años. Los faculta para que puedan hacer reclamos por los daños que se les causan porque también son consumidores y usuarios.
Por otro lado, comentó que en el proyecto de código del consumidor se habla de dolo. “Es el menosprecio a los intereses ajenos, es la indiferencia”, explicó. Luego recordó las funciones de la responsabilidad civil: la preventiva, la reparadora y la punitiva en este sentido del consumidor. “Cuando les hablo de daño ya estamos en una distancia segunda, que es la instancia de la función reparadora, porque el daño ya está causado”, detalló.
A continuación, Esteban Geracitano expuso: “Es tal la situación del avance que hasta antes del 2013 no existía legislación que hablara de una justicia específica en materia de relaciones de consumo. Sancionada la ley 26.993, ya sabemos que se habla de una justicia de relaciones de consumo (...). Cuando se hace un convenio interjurisdiccional, se decide transferir esa justicia asumida por los jueces contenciosos administrativos tributarios y de las relaciones del consumo”. En esta línea, analizó: “Entonces, tal es el avance que hoy en día tenemos una competencia que asumen determinados jueces y está la cuestión de la justicia propia con el nombre relaciones de consumo”.
A todos estos avances agregó que a través de la ley 6407 se creó el código de procedimiento de la justicia en relaciones de consumo y puso de manifiesto la importancia de tener en cuenta que “cuando se habla del art. 5 de la ley 6407, que enumera cuándo hay competencia en la justicia en las relaciones de consumo, hay que entender esta competencia en virtud de esta justicia”. Y aseveró: “No puedo perder de vista el art. 42, párr. 3 de la Constitución Nacional, la ley que establece procedimientos eficaces para los consumidores. Entonces, en definitiva, cuando quiero resolver también la cuestión de la competencia, tengo que mirar lo que sucede teniendo cuenta esta consideración”.
Dentro del ámbito de los desafíos, disertó sobre el instituto del daño directo y el instituto del daño punitivo.
Finalmente, Fernando Blanco Muiño manifestó que “el derecho de consumo es un derecho en desarrollo, no es un derecho que está terminado ni cerrado, por el contrario” y resaltó que crece sistemáticamente. En materia de avances, mencionó la incorporación de la tecnología en la gestión de reclamos con un alcance federal. “Ha sido duro en su momento ponerlo en marcha, pero creo que también ha sido una herramienta muy útil en estos años de pandemia para que los consumidores de todo el país puedan, desde su casa, reclamar el incumplimiento de los proveedores”, profundizó. En este marco, expresó: “Junto con la Escuela Argentina de Educación en Consumo, me parece que son las dos políticas públicas que en los últimos años se han convertido en políticas de Estado. Esto es que han tenido continuidad en distintas gestiones y que marcan dos temas de nuestra materia que han venido para quedarse”.
En la misma línea de avances, expresó: “Me parece que ha sido sumamente importante darle marco legal al concepto de hipervulnerabilidad a través de la resolución 139, como bien se citó. También ha sido un paso importante que ese concepto lo haya internalizado el Mercosur. El rol de la Argentina en el bloque es importante en materia de protección al consumidor”.
También se refirió a la creación del fuero en las relaciones de consumo. “Momentáneamente, la competencia la tienen los juzgados contencioso-administrativo tributario, pero en la medida en la que se vayan generando las condiciones, la Ciudad de Buenos Aires va a tener jueces en nuestra materia con competencia exclusiva”, comentó.
Luego sostuvo: “Un gran desafío es federalizar el COPREC como instancia receptora de reclamos. Esto significa darle una presencia nacional, así está establecido en la ley con la posibilidad de invitar a las provincias”.