Responsabilidad penal de los socios y accionistas en el delito de evasión fiscal
El pasado 5 de julio, en el Aula 387 de Posgrado, se llevó a cabo un nuevo encuentro del Ciclo de debates sobre el Régimen Penal Tributario. En esta oportunidad, titulado "Responsabilidad penal de los socios y accionistas en el delito de evasión fiscal".
La apertura estuvo a cargo de Horacio F. Cardozo (subdirector del Observatorio de Derecho Penal Tributario). En tanto, Federico Curi moderó el intercambio. Participaron en calidad de expositores/as: José María Sferco, María Jose Leiva y Diego García Rivas.
El evento fue auspiciado por la Maestría en Derecho Tributario y Financiero, el Departamento de Derecho Económico Empresarial, el Centro de Estudios de Derecho Financiero y Derecho Tributario y la Comisión de Graduados/as de la Carrera de Especialización en Derecho Tributario.
Federico Curi agradeció a los/as presentes e introdujo el tema de la jornada. Acto seguido, ofreció una breve presentación del primer expositor, Jose Maria Sferco, y del tema a tratar. “José va a realizar una revisión sistemática e interdisciplinaria de la autoría penal fiscal de las personas jurídicas”, señaló.
Posteriormente, Jose Maria Sferco puntualizó en lo sistemático e interdisciplinario, palabras claves de su exposición. “El derecho tributario es un gran inconveniente. (...) Si bien nos ayuda a pensar en sus incógnitas y nos renueva el interés”, expresó. Luego, habló sobre cómo analizar la materia, un sistema tripartito con principios en la Constitución nacional. “Buscan siempre la confrontación con lo penal para luego ‘amigarse’ y llegar a un acuerdo, para actuar en armonía sin que ninguna de las materias se frustre entre sí para dejarlas en pleno valor y efecto”, planteó. “No concibo a esta materia del Derecho Penal Tributario si no es en conjunción con la extra penalidad fiscal”, aclaró.
Respecto a la autoría, sostuvo que “somos muy propensos a analizar al Derecho Penal Tributario por fuera de la Constitución. Nunca la vemos de frente”. “No se puede avanzar si no nos paramos en el principio de legalidad/culpabilidad y que la actuación de una persona en libertad”, agregó. También opinó sobre la responsabilidad del derecho propio y el dominio del hecho. “Para mí no es cierto que la cuestión del dominio del hecho no esté en el ordenamiento jurídico. Está implícito en el principio de responsabilidad de la pena”.
Por otro lado, se dedicó a examinar la definición del delito especial propio. Dentro de esto, enfatizó sobre el sujeto y el hecho del delito. “Alude que no cualquier sujeto puede precisamente ser sujeto activo de un delito tributario, tiene que estar expresamente establecido por la ley”, comentó. Por su parte también le dedicó parte de su exposición al Derecho Penal Inflacionario. “Un Derecho Penal que no miramos, que es tan Penal como el otro”, remarcó. “La autoría de esta materia es plural, es una autoría multiplicada”, explicó. Para finalizar, su exposición volvió a hacer referencia a lo extrapenal para el análisis y ejecución de la materia.
A su turno, María Jose Leiva dedicó su exposición a los alcances del principio de confianza en los delitos tributarios. “Los tribunales no se toman la labor de analizar los elementos. Se basan plenamente en el dogma. La piedra basal es el principio de culpabilidad que tiene jerarquía constitucional con apoyo en tratados internacionales”, postuló. En la misma línea argumental, comenzó un breve análisis del Código Penal respecto a quienes son las personas que están sujetas a la ley. “Los delitos no pueden ser cometidos por cualquier tipo de sujetos, estos están dentro de los obligados”, afirmó. Señaló igualmente que para resolver los casos que competen a esta materia siempre se va a tener que recurrir a las normas extrapenales.
Por último, Diego Garcia Rivas profundizó sobre la jurisprudencia relevante en lo que respecta al socio o accionante en lo que respecta al principio de responsabilidad. Entre los casos dio ejemplos del avance del Derecho Penal Tributario y cómo lo hablado anteriormente comienza a verse en la acción penal. Por último, desarrolló el principio de legalidad en estos casos y la importancia de la búsqueda del dolo en el Derecho Penal.
La exposición concluyó con una ronda de preguntas y respuestas del panel.