Relaciones jurídicas conflictivas derivadas de la filiación
El 17 de abril en la Sala Vélez Sarsfield tuvo lugar la exposición de Hugues Fulchiron, rector honorario de la Universitè Jean Moulin Lyon 3, Francia. Tuvo un diálogo jurídico con los miembros permanentes del Seminario Permanente de Investigación de los Derechos de la Persona Humana, Familia y Sucesiones, perteneciente al Instituto "Ambrosio L. Gioja". Dicho Seminario se encuentra bajo la dirección de Marcos M. Córdoba y su Consejo Académico de Coordinación es dirigido por Noelia Ruiz.
Marcos M. Córdoba resaltó que la forma en que el gobierno francés encaró la reforma de la temática de familia sirvió como orientador para la doctrina argentina, “lo cual no quiere indicar que haya sido abastecedor de ideas para los legisladores argentinos”. Consideró que el legislador es un traductor de la evolución social, en la función de llevarla a la norma positiva y en nuestro país no ha ocurrido así siempre. “La función de la doctrina es alertar respecto del funcionamiento inadecuado de las normas del derecho positivo, para abastecer al legislador y esto sea llevado a aquello que es exigible, y lo único exigible en la estructura jurídica argentina es la ley”, explicó.
Por su parte, Hugues Fulchiron dijo que en Francia lo primero que se discute es saber qué es la filiación y cuáles son los fundamentos de la filiación. “Si la filiación es una especie de mix de diversas partes, como si fuera una poción que se hace de ingredientes de realidad biológica, realidad social y voluntad individual. Cada sistema dosifica esos elementos de diversa manera para componer su propio sistema filiatorio”, desarrolló. Hoy en día en Francia se encuentra la paradoja de que el elemento biológico toma una importancia esencial, al mismo tiempo que se advierte que la filiación va más allá del elemento biológico y que el proyecto parental es fundamental. Añadió, posteriormente, que hay una tensión entre los modos de establecer la filiación que tienen que ver con la biología y los que no tienen nada que ver con ella sino que se vinculan con el proyecto parental. Esto provoca una serie de cuestiones en el derecho francés, sobre todo saber qué es la maternidad y la paternidad. “Lo más sorprendente es sin lugar a dudas la maternidad, porque hasta ahora las cosas parecían claras, madre es la que pare, mientras que hoy día uno se pregunta si la madre es la que pare, la que ha llevado en el vientre al niño, la que aportado los gametos o la que tiene el proyecto parental. El mismo problema puede plantearse para la paternidad”, indicó. Parecería que ahí está el nudo de todas las cuestiones, que el derecho francés intenta resolver pero no logra hacerlo del todo.