Reflexiones sobre el Caso Manuela
El pasado 6 de abril de 2021 tuvo lugar la actividad "Reflexiones sobre el Caso Manuela", organizada por el Centro de Derechos Humanos en conjunto con el Círculo de Estudios de Derecho Internacional de los Derechos Humanos (CEDIDH), el Centro de Derechos Reproductivos y la Colectiva Feminista para el Desarrollo Local.
En el evento se debatió en torno al caso "Manuela y otros vs. El Salvador" (Corte IDH) sobre criminalización del aborto en El Salvador. En este marco, expusieron Morena Herrera (Colectiva Feminista para el Desarrollo Local), Carmen Martínez (Centro de Derechos Reproductivos), Yanira Zúñiga (Universidad Austral de Chile) y María Piqué (UBA). Moderó Liliana Ronconi (CDH, UBA).
Para comenzar, Morena Herrera sostuvo que el caso Manuela tiene mucha relevancia para la región y para El Salvador. “Por un lado, es la primera vez que la Corte Interamericana de Derechos Humanos analiza un caso de complicación obstétrica criminalizada. Es decir, estamos hablando de un evento que tiene que ver con la salud de una mujer que es criminalizada y que ese proceso de criminalización ha implicado violaciones de derechos humanos a nivel individual, pero Manuela no es un caso aislado: es uno de los casos de por lo menos 180 mujeres en el caso de El Salvador que hemos encontrado nosotras que han transitado del hospital a la cárcel”, desarrolló y subrayó: “Es muy importante que el principal tribunal del sistema interamericano de derechos humanos analice esta historia de una mujer a la que se le violaron los derechos humanos y que en El Salvador no encontró camino para la justicia”. Además, agregó que “hasta hace poco tiempo se creía que El Salvador era uno de los pocos, o el único país, que criminalizaba las complicaciones obstétricas de las mujeres, pero en los últimos años nos hemos dado cuenta de que no es así. Lo que pasa es que son realidades y violaciones de derechos humanos de las mujeres que están ocultas, que no se miran. En el caso de Argentina, por ejemplo, hay varias mujeres condenadas a cadena perpetua por situaciones parecidas”.
Por su parte, Carmen Martínez señaló que uno de los temas más relevantes en este caso es la presencia de los estereotipos. “Especialmente el estereotipo que prima, no solamente en el caso de Manuela, sino frente al contexto de El Salvador que criminaliza normativamente el aborto o el servicio de aborto en todas sus formas, es justamente el de la instrumentalización del cuerpo de las mujeres como ente reproductor por excelencia”, indicó.
También recordó que “la Corte IDH ya ha reconocido que los estereotipos de género distorsionan las percepciones y dan lugar a decisiones basadas en creencias preconcebidas y mitos en lugar de hechos, lo cual, entre otras cosas, puede dar lugar a la denegación de justicia”. Y especificó: “En el presente caso, un hecho de gran relevancia es que Manuela quería hacer uso de su derecho a su salud en un momento de vulnerabilidad extrema que fue la emergencia obstétrica, derecho que fue impedido por la denuncia y activación del sistema penal por parte de los operadores de salud”. En esta línea, recordó que “la denuncia se basó, entre otras cuestiones, en estereotipos de género pues no cumplió con el estándar de mujer reproductiva y activadora del instinto maternal y se la señaló de mujer infiel que trata de ocultar el producto de una supuesta infidelidad. De manera que el caso de Manuela ilustra perfectamente la estigmatización de la vida sexual de la mujer, su capacidad reproductiva y sus consecuencias y esto no impacta de manera uniforme, ni siquiera semejante, a todas las personas, sino que es distinta frente a mujeres jóvenes, cabezas de familia y en situación de pobreza”.
Yanira Zúñiga expresó: “La cuestión fáctica que estuvo en juego en la criminalización de Manuela es una cuestión en la que indirectamente la Corte debiera pronunciarse –digo indirectamente porque no está para sustituirla desde el punto de vista del proceso criminal que se llevó a cabo en el foro interno, en este caso por tribunales de El Salvador– que es la pregunta de si aquello que ocurrió en términos fácticos era un aborto espontáneo, un parto extrahospitalario o, en cambio, una acción dolosa dirigida a cegar la vida de un recién nacido”.
En esta línea, agregó: “Yo esperaría un pronunciamiento respecto de esa frontera que justamente está en los entresijos de las otras discusiones que están como telón de fondo de esta controversia, como qué tanto la interpretación que hacen luego tanto operadores del sistema de salud, personal médico como ocurrió en este caso, y también operadores del sistema jurídico, tienden normalmente a confundir esas cuestiones, es decir, aquí hay una especie de engarzamiento de una lógica social del castigo”. Y aseveró: “La Corte podría pronunciarse en torno al estándar de regulación del aborto admisible por la Convención. Esperaría también de manera indirecta que la Corte se pronunciara sobre el impacto de las reglas de criminalización en las cuestiones de las garantías de los derechos de las personas, de las mujeres en particular, para el acceso a la salud reproductiva”.
A su turno, María Piqué planteó que “los estereotipos operan de forma estructural y general con esta prohibición absoluta del aborto y esta maternidad forzada a la que son sometidas las mujeres y en este caso también Manuela. La prohibición absoluta del aborto se construye sobre la base de un estereotipo prescriptivo y descriptivo que vincula siempre a la mujer con la maternidad y ahí operan en primer lugar los estereotipos de una forma general y estructural”. En este marco, explicó que “en el caso de Manuela, toda la investigación y el juzgamiento estuvieron atravesados por nociones estereotipadas, tanto la recolección de la prueba como la valoración de la prueba”.
Asimismo, expuso: “Entre todas las garantías convencionales que se violaron por supuesto está la de la igualdad en tanto Manuela tuvo que pelear contra esos estereotipos no pudo acceder a la justicia de una manera igualitaria. Tuvo este obstáculo adicional por el hecho de ser mujer y esto también ha afectado la posibilidad de ser juzgada por un tribunal imparcial”. Y añadió: “También me parece que podría ser un buen caso para que la corte desande un camino que estuvo teniendo en casos como Karen Atala, Duque y Norín Catrimán, donde si bien dijo 'acá hubo juzgamiento sobre la base de estereotipos' y esto afectó el principio de igualdad y no discriminación, no dio el paso adicional de decir que esto además violó también la garantía de imparcialidad”.