Primer encuentro del taller: “El enfoque de género en la Enseñanza del Derecho. Aproximaciones desde el Derecho del Trabajo”
El pasado 16 de abril tuvo lugar el primer encuentro del taller de formación "El enfoque de género en la Enseñanza del Derecho. Aproximaciones desde el Derecho del Trabajo", que organizan en conjunto el Departamento de Derecho del Trabajo y de la Seguridad, el Programa Género y Derecho y el Centro de Derechos Humanos.
En esta oportunidad, expusieron Laura Pautassi y Lorena Balardini. Se abordó el concepto de género como categoría analítica, el ámbito público y ámbito privado, la identidad y diversidad sexual y la incorporación del enfoque de género en la enseñanza y en el derecho. Presentó Juan Pablo Mugnolo (subdirector del Departamento de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social).
En primer término, Laura Pautassi comenzó diciendo que “el binarismo histórico varón-mujer solamente está identificado a cierta biología pero el concepto de género avanza sobre esa diferencia biológica e histórica para establecer e identificar una asimetría de poder en esas relaciones”. En este marco, explicó que “el concepto de género, que es una construcción de feminismo contemporáneo del siglo XX (1960 en adelante como categoría teórico-analítica), avanza precisamente en esta dirección de establecer que a esas diferencias sexuales, a ese binarismo, se les otorgó una estructura de poder asimétrica que estableció distintos valores, comportamientos, identidades y símbolos de lo que es la mujer y el varón”. Brindó como ejemplo de esta temática que “cuando nace un bebé o una bebé uno va a comprar un regalo, que generalmente es ropa, y lo que van a preguntar es si es nena o varón. Si es nena, automáticamente va a ir todo rosa. Y es muy difícil salir de ese color. Esto tiene que ver con los símbolos”.
Además, consideró: “Hay un punto que siempre se trabajó que tiene que ver con la idea del instinto maternal. Tenemos bibliotecas enteras que demuestran que no existe el instinto maternal, sino que es una construcción social”.
Más adelante, puntualizó que “lo que fue determinante en esta cuestión asimétrica fue precisamente la capacidad reproductora de las mujeres. Al ser durante muchos siglos las únicas encargadas de reproducir la especie, ese atributo asociado a nuestra biología fue lo que construyó también la pertenencia y la presencia de las mujeres dentro del mundo privado”.
Lorena Balardini, por su parte, se refirió a las categorías transgénero, cisgénero y personas no binarias. En este sentido, planteó que se da “una nueva forma de empezar a pensar el feminismo y el enfoque de género. Hay muchas disputas y debates respecto del lugar de las identidades diversas dentro del feminismo”. Sostuvo, entonces: “Queríamos dejar estas cuestiones claras porque si hablamos del derecho al trabajo y a la seguridad social, dado que si la mujer enfrenta constantemente discriminación y cualquier tipo de estereotipo que perjudican su inserción en el mundo del trabajo, es imperativo pensar lo que pasa con las identidades diversas cuando todavía es mucho más complejo poder regular la contratación o incluso la trayectoria laboral de estas personas”. Asimismo, puso de manifiesto la necesidad de entender quiénes son estas personas y que también están económicamente activas y disponibles para formar parte de la fuerza de trabajo y del mercado del trabajo y los distintos problemas que puedan llegar a tener. “La salida más habitual ha sido la del cupo en algunos municipios pero todavía está en pleno debate”, detalló.
Luego especificó que “cuando se habla del colectivo de lesbianas, gays, bisexuales, travestis, transexuales, transgénero e intersex (LGBTTI+) de lo que se está hablando es de tres categorías básicas. Las primeras tres letras tienen que ver básicamente con la orientación sexual y no necesariamente con una cuestión de identidad o expresión de género que sí corresponde a las ‘T’. La diferencia con intersex es que hay una elección identidad de género y eso está atado a que presentan características sexuales diferentes a las características binarias”. Mencionó también la importancia de la descripción de la identidad de género en una ley vanguardia como lo es la ley 26.743, en donde se toma la idea de género autopercibido y de vivencia interna del género para poder expresar la identidad de género.
Seguidamente, reflexionó en torno a las dificultades en la clasificación que surgen cuando empezamos a pensar en géneros fluidos y empezamos a tener en cuenta identidades de género pero también formas sexuales no identificadas. En este sentido, sostuvo que Argentina logra –a través de la judicialización– algunas innovaciones que otros países de la región miran como casos de litigios estratégicos.