Presentación del libro “Sociedades Comerciales. Ley 19.550 comentada” del Prof. Daniel Roque Vítolo
Con el objeto de presentar a la comunidad jurídica el libro “Sociedades Comerciales. Ley 19.550 comentada”, obra en cuatro tomos de autoría del Prof. Daniel Roque Vítolo, tuvo lugar una mesa redonda sobre “Las medidas cautelares en el Derecho Societario” en la cual actuaron como expositores el propio autor de la obra, y los Profesores Eduardo M. Favier Dubois (h) y Héctor Osvaldo Chomer, siendo el moderador el Prof. Miguel Á. Piedecasas. Por su parte, el Prof. Pablo Heredia, realizó un breve comentario de la obra presentada.
En primer lugar, el Prof. Daniel Roque Vítolo sostuvo que las medidas cautelares bajo el régimen de la ley 19.550 no pueden depender de la adjudicación de preconceptos para determinar si deben ser tomadas con un criterio amplio o uno restrictivo. Sobre la base del análisis de casos puntuales de jurisprudencia y de desarrollar la teoría de que las medidas cautelares societarias resultan medidas cautelares impropias -en el sentido de que si bien formalmente afectan a alguna de las partes en el litigio en lo sustancial ello no refleja la realidad de la disputa- consideró que los tribunales deben abordar las situaciones bajo el sistema “del caso” y aplicando “la regla de la razón”.
Por su parte, el Prof. Favier Dubois (h) indicó que, en los conflictos societarios, muchas de las medidas precautorias extremas que se dictan por parte de los jueces podrían ser evitadas a través de mecanismos regulatorios y dispositivos incluidos en el contrato social y el estatuto, por una parte, y por el dictado de ciertas medidas cautelares que puedan resultar de gran utilidad para el esclarecimiento de la disputa sin afectar el regular desenvolvimiento del ente. Mencionó a tal efecto las medidas de exhibición de libros y la designación de veedores societarios o interventores informantes.
En materia de intervención judicial de sociedades comerciales, el Prof. Héctor Osvaldo Chomer abordó la realidad existente en los precedentes actuales. De esta manera, estimó demostrado que, en la mayoría de los casos, el rechazo responde a defectos en la solicitud y a la falta de aprobación de elementos que permitan determinar la existencia de peligro grave en la demora, legitimación en el reclamante y verosimilitud de los hechos y del derecho invocados.
Finalmente, el Prof. Pablo Heredia calificó al libro presentado como “una obra de enorme envergadura y gran utilidad no sólo para los estudiosos del derecho sino también para los profesionales y los magistrados”. A continuación, resaltó la dificultad de encontrar en el mercado editorial una obra de tanta extensión, profundidad y organización en la cual se encarara el estudio exegético de una norma tan compleja como lo es la Ley de Sociedades Comerciales 19.550, emanada de la pluma de un solo autor. Del mismo modo, elogió la invalorable colaboración y contribución de Miguel Á. Piedecasas en la selección de la bibliografía y la jurisprudencia que acompaña la edición.