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Año XIX - Edición 349 26 de noviembre de 2020

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Presentación de la edición especial del International Journal of Human Rights sobre derechos humanos y reformas económicas

  • Notas

El pasado 4 de noviembre se presentó la edición especial del International Journal of Human Rights sobre derechos humanos y reformas económicas.

La organización del encuentro estuvo en manos del Centro de Derechos Humanos, el Center for Economic and Social Rights, la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia y la Universidad de Nottingham.

La publicación, editada por Aoife Nolan y Juan Pablo Bohoslavsky, contiene reflexiones de expertas/os sobre el impacto de las reformas económicas en una amplia gama de derechos humanos, las implicancias de la pandemia y la recesión, y los Principios Rectores aprobados por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU en el año 2019.

En esta oportunidad, expusieron Aoife Nolan (Universidad de Nottingham), Juan P. Bohoslavsky (coord. posgrado COVID-19 y DDHH, UNRN), Sergio Chaparro (Center for Economic and Social Rights y coautor), Magdalena Sepúlveda Carmona (Iniciativa Global por los Derechos Económicos, Sociales y Culturales. GI-ESCR), Nicholas Lusiani (OXFAM y coautor) y Julieta Izcurdia (ACIJ). Moderó Martín Sigal (Centro de Derechos Humanos).

Para comenzar, Martín Sigal se refirió a la relevancia de la jornada en el contexto argentino. “El panel va a abordar la vinculación entre derechos humanos y reformas económicas, que es uno de los temas en donde se evidencia la incomunicación que hay entre diferentes comunidades epistémicas y comunidades de práctica”, indicó y sostuvo que “usualmente quienes están a cargo de llevar a cabo los diseños de los planes de política pública vinculados a reformas económicas vienen de un campo preponderantemente de la economía, donde están muy poco presentes a la hora de tomar decisiones los principios y los estándares de derechos humanos”. En este sentido, sumó que “quienes trabajamos en el mundo de los derechos humanos también tenemos poca conexión con el mundo de esos economistas que diseñan esos planes y hay un diálogo trunco ahí que termina generando políticas públicas en materia de reformas económicas que ignoran las necesidades y principios de derechos humanos”.

Por su parte, Aoife Nolan se enfocó en la relación controvertida entre los derechos humanos y la reforma de la política económica. “Las crisis financieras y económicas mundiales que comenzaron en 2007-2008 aceleraron la atención de los académicos, los responsables de la formulación de políticas y la promoción de los derechos humanos y las (des)conexiones de las políticas económicas. Y estas desconexiones entre los derechos humanos y la política económica han vuelto a ponerse de relieve a medida que se han vuelto cada vez más claras las consecuencias económicas de la pandemia de COVID-19 y sus posibles impactos en los derechos humanos”, comenzó diciendo. Sin embargo, sostuvo que “es importante reconocer tanto los éxitos como los desafíos encontrados hasta el momento en términos del trabajo centrado en el vínculo entre los derechos humanos y la reforma de la política económica”.

Luego expuso que “por un lado, ha habido un creciente despliegue de los derechos humanos como discurso y como marco conceptual para criticar los insumos, los productos y procesos de formulación de políticas económicas en términos de su impacto en la dignidad humana, la experiencia vivida y las oportunidades de vida”. Y, por otro lado, señaló que “ha habido un reconocimiento cada vez mayor de los serios desafíos existentes en relación con el aprovechamiento de los derechos humanos para participar de manera significativa en la formulación de políticas económicas”.

A continuación, Juan P. Bohoslavsky disertó en el marco del artículo que escribió para la edición presentada junto con Aoife Nolan, titulado Human Rights and Economic Policy Reforms. “Como contamos con Aoife en la introducción, entre 2015 y 2016 hice misiones de país primero a Grecia y después a la Unión Europea para informar sobre los efectos de las medidas de austeridad, sobre todo en Grecia, sobre los derechos humanos”, introdujo y desarrolló: “Durante las reuniones surgió de manera repetida la pregunta de si la Unión Europea y los países europeos estuvieran dispuestos a llevar adelante evaluaciones de impacto de derechos humanos, cuál sería el marco jurídico internacional que debería tomarse como referencia y francamente no había una respuesta clara en ese momento y así lo informé al Consejo de Derechos Humanos cuando presenté los informes”.

Luego contó que “en el año 2017 el Consejo de Derechos Humanos requiere al mandato de deuda elaborar principios rectores en materia de reformas económicas y derechos humanos que finalmente se votaron en marzo del año pasado”. Y explicó: “Los principios fueron votados por el G77 más China con algunas excepciones, como por ejemplo Argentina que se abstuvo, pero curiosamente por esto del desacople de política interna y exterior, quisiera mencionar que es precisamente la federación europea de Instituciones Nacionales de Derechos Humanos la que está ahora motorizando la implementación de los principios rectores para evaluar políticas económicas en la región en el contexto de pandemia”.

Sergio Chaparro presentó tres ideas sobre la discusión de derechos humanos y reformas económicas y el trabajo del Center for Economic and Social Rights (CESR) en el marco de esta discusión. “El trabajo de derechos humanos en relación con estos temas está, a nuestro juicio, entrando en una nueva etapa. Estamos pasando de establecer los vínculos conceptuales entre los derechos humanos y la política económica a articular una visión positiva sobre cómo los derechos humanos pueden reformar la política económica y replantear la economía”, introdujo y agregó que “los principios rectores, las contribuciones al número especial que hoy estamos discutiendo y el trabajo de organizaciones como CESR y otras, reflejan precisamente un paso adelante en esta discusión”.

Asimismo, sostuvo que “las contribuciones del volumen representan un salto cualitativo en la discusión hacia una visión proactiva”. En este sentido, puso de manifiesto “la necesidad de que la visión proactiva comience a ser reconocida por otros actores en el campo de los derechos humanos”. Y reconoció que “es un proceso que llevará tiempo, pero que viene aconteciendo. Un ejemplo de ello es el discurso del secretario general de la ONU sobre enfrentar la pandemia de la desigualdad, donde propone un nuevo contrato social para una nueva era”.

En este marco, señaló que “la pandemia nos está enfrentando una disputa sobre la narrativa de qué tipo de visión de marco conceptual debe guiar los debates claves sobre desigualdad y política económica en la pospandemia para que los actores del movimiento de derechos humanos debemos estar preparados”. Y planteó: “Necesitamos autocrítica dentro del movimiento, así como trabajar en colaboración con los actores del campo de justicia ambiental y económica y otros aliados claves para estar preparados para esta disputa que se viene”.

Magdalena Sepúlveda Carmona expresó que “hay avances sobre lo que significa tener una economía basada en derechos humanos, pero el enfoque aún no es la regla general y sigue siendo una aplicación excepcional; la economía sigue regida por otros ámbitos”.

Seguidamente, se preguntó por qué plantear que la economía tiene que regirse por un enfoque de derechos humanos. “Si pensamos en las normas de derechos humanos, entendemos que tienen un carácter vinculante; son los estados los que voluntariamente asumen estas obligaciones. Sin embargo, si hablamos de principios rectores relativos a las evaluaciones de los efectos de las reformas económicas o los principios respecto a los derechos humanos en la tributación, ¿por qué un estado debería sentirse obligado por ese tipo de normas?”, planteó.

En este marco, explicó que los principios y directrices para clarificar el contenido y alcance de las normas de derechos humanos se han dado desde finales de los ochenta. “Estos principios en inglés se llaman soft law. Sin embargo, este nombre es bastante confuso porque a pesar de que no son obligatorios o jurídicamente vinculantes en sí tienen un fuerte peso normativo que se basa, no en los principios en sí, sino más bien en las fuentes del derecho internacional que estos principios buscan desarrollar o interpretar”, detalló y amplió: “Por lo tanto, son los tratados derechos humanos o las normas de derechos humanos contenidas en los tratados o en las costumbres internacionales lo que les da el peso jurídico vinculante. La autoridad legal proviene de que no están creando un derecho nuevo, sino que más bien están dando una explicación a una norma existente y, en ese sentido, esto es muy importante”.

Nicholas Lusiani disertó sobre la política fiscal internacional, cómo se relaciona con los derechos humanos y cómo el derecho internacional de los derechos humanos, en particular los principios rectores, pueden ayudar a mejorar las reglas internacionales sobre los temas de fiscalidad y la tributación de sociedades multinacionales. “En el mundo entero cada año se pierden alrededor de seiscientos mil millones de dólares por evasión fiscal por parte de sociedades multinacionales y es una gran parte de muchos presupuestos nacionales público y es un obstáculo, entre otros, para realizar los derechos humanos porque los recursos se pierden cada año, porque ese tipo de pérdida de recursos también tiene efecto en desigualdad entre las personas en la sociedad, desarrolló y agregó que “cuando hay grandes empresas multinacionales que no están pagando lo justo en términos de impuestos, se crea una cierta desconfianza entre los ciudadanos residentes del país y sus autoridades públicas. Y no tiene que ver tanto con los recursos, sino con la falta de justicia. Nosotros pagamos y esos pocos ahí arriba no pagan”.

Luego propuso qué puede hacer el derecho internacional de los derechos humanos y los principios rectores. “Hasta el momento muchas de las políticas fiscales y tributarias que tienen que ver con empresas multinacionales se hacen más o menos por un acto de fe, no están evaluadas y no hay ningún tipo de monitoreo sobre el impacto en economías. Entonces, esa idea de que hay una obligación de cada gobierno de simplemente evaluar qué impacto tienen sus políticas fiscales y tributarias en el exterior”. Y especificó: “La razón de ser de la tributación no es eficiencia, ni bajar costos para que las empresas puedan seguir haciendo ganancias, sino que tiene que ver con la equidad y la igualdad dentro de los países. Esto es sumamente importante cuando se tiene que evaluar por qué se grava a las empresas y a las empresas globales”. 

Julieta Izcurdia brindó un análisis de la política fiscal en Argentina a la luz de los principios y de lo que sucede en el contexto de la pandemia. “Si bien no hay información precisa acerca de la acumulación de la riqueza en nuestro país, la desigualdad estructural se manifiesta claramente en la distribución de los ingresos. El 20% más rico de nuestro país acumula la mitad del ingreso total del país y más del 40% vive en la pobreza, el 8% en la indigencia, contando con apenas el 14% del ingreso total”, puntualizó y detalló: “La desigualdad estructural se mantiene por sistemas fiscales e impositivos que recaudan más en términos proporcionales de los sectores que menos tienen en lugar de hacerlo sobre los de mayores ingresos y riquezas y esa desigualdad se agrava en el caso de las mujeres que en nuestro país representan el 70% del decil más bajo de ingresos, mientras que en el decil más alto hay una sobrerrepresentación de varones y las mujeres representan menos del 40%”.

En esta línea, manifestó: “Pensando un poco en el impacto de esta crisis en la desigualdad que ya caracterizaba a nuestro país hace muchos años, vemos una gran disminución de los ingresos de la mitad de la población que en Argentina trabajan en la informalidad, un gran aumento de la tasa de desocupación y, obviamente, un impacto diferencial en términos de género al momento de desplazarse las tareas de cuidado al interior del hogar”. Y subrayó: “Creemos que es muy importante contar con las herramientas que nos ofrecen los derechos humanos para exigir y demandar políticas fiscales que permitan a los grupos más afectados por esta crisis, y que ya venían siendo estructuralmente discriminados, acceder a un piso mínimo de protección social, no como una respuesta de emergencia que se limite únicamente a la crisis, sino como un conjunto de derechos permanente que garantice una vida digna para las poblaciones”.

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