Post-brexit: la crisis de la Unión Europea
El 18 de julio en el Salón Rojo, se realizó una mesa redonda titulada “Post-brexit: la crisis de la Unión Europea”. La actividad contó con la participación de Agustín Parise, Calogero Pizzolo, Isabel González Nieves y Enrique Del Percio. Organizaron en conjunto el Departamento de Ciencias Sociales, el Departamento de Derecho Público II, el Departamento de Posgrado, la Cátedra Jean Monet – UBA y Cátedra de Derecho de la Integración del Dr. Calógero Pizzolo.
Tras una introducción por parte del coordinador de la jornada, Ricardo Rabinovich-Berkman, Agustín Parise comenzó su ponencia desde una visión histórica. En este sentido, indicó que analizaría momentos en la historia de la Unión Europea (UE) para notar su evolución y contextualizar el brexit. En primer término, indicó que los referéndums no son una herramienta nueva, han estado presentes a lo largo de la vida de la Unión. Entre otros referéndums, resaltó el primero que fue significativo, realizado en 1972, cuando el pueblo francés sostuvo que la Unión Europea debía ampliarse. Asimismo, los británicos ya en 1975 realizaron un referéndum para decidir si permanecían o no en la UE. Luego, sostuvo que los referéndums cuando son facultativos, en ocasiones sirven como herramientas de negociación y en otras ocasiones ayudan a visualizar cambios en la expresión de un mismo pueblo. Por otra parte, se enfocó en el rol del Reino Unido en la creación de organismos para la integración: “No se desveló por la integración económica y política”, explicó y también hizo mención de los esfuerzos del Reino Unido por ingresar a la Unión, “los británicos no mostraron ningún orgullo o nacionalismo durante esa etapa. La intención de pertenecer opacó todos los demás sentimientos”, describió. Hacia el final, indicó que “la UE es una relación de idas y vueltas y que este brexit es un peldaño para la Unión”. Adicionó que el contexto histórico nos debe ayudar a dimensionar la situación.
Calogero Pizzolo, a su turno, presentó su visión jurídica. En primer lugar, expuso acerca de la participación del Reino Unido en la Constitución del sistema europeo de protección de los derechos humanos. “El Reino Unido fue motor de ese sistema”, señaló. Explicó, más tarde, que el principio que domina el sistema constitucional británico es el principio de la supremacía absoluta del Parlamento británico y que, por el contrario, “el derecho de la UE tiene una primacía muy distinta a la primacía del derecho internacional clásico que es una primacía acompañada de un efecto directo, con lo cual, esta primacía defendida por el Tribunal de Justicia de la UE (…) se ha convertido en uno de los principales obstáculos en la relación jurídica entre el Reino Unido y la UE”. Luego, se refirió al art. 50 del Tratado de la UE y a la no obligatoriedad del referéndum del pasado viernes 23 de junio en el derecho británico. “Jurídicamente está la opción del art. 50 (…), pareciera presentar una salida de manual, pero no es así. Me parece que no es tan fácil como se presenta. Una vez que se pide el retiro, automáticamente, entra a correr el reloj y a los dos años, haya o no haya acuerdo, quedás afuera y esto va a generar muchas complicaciones”, concluyó.
Posteriormente, Isabel González Nieves enmarcó su ponencia desde una visión económica. “La UE ha sido en realidad una unión de base económica. Podemos decir que pasó distintos estadios. La primera unión aduanera fue el Benelux, después tuvimos la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA) y así de a poco se fue constituyendo el mercado común europeo y luego la UE”, sostuvo y adicionó que “en esos estadios de unión aduanera, asociaciones de libre cambio, mercados comunes, se va cediendo soberanía, ya las decisiones no se toman en el país, se toman en instancias supranacionales y, a través del tiempo, se volvieron más obligatorias, lo que generó que se cumpliera una situación que fue muy difícil de mantener (…). El comercio va uniendo a los pueblos, hace próximo a quien no está cerca de nuestra realidad”. Describió, además, que la economía de la UE se basa en la economía del bienestar, en la justicia social y en la justicia distributiva. En relación con los modelos de bienestar en Europa, indicó que hay cuatro: nórdico, continental, anglosajón y mediterráneo.
Finalmente, expuso Enrique Del Percio desde un punto de vista sociológico. Identificó que “venimos pensando y teorizando mucho sobre los procesos de integración pero no tenemos teoría sobre procesos de desintegración (…). Más allá de los estudios jurídicos no hay estudios desde el punto de vista sociológico y sobre todo psicológico”. También, contó que posiblemente Londres sea la ciudad que más beneficios recibiría al separarse de Europa porque el mundo de las finanzas se vería beneficiado al no tener los controles del Banco Central europeo. Sin embargo, en Londres triunfa la permanencia en la UE. Por otra parte, manifestó que el estado europeo es una construcción, una proyección de cómo se piensa a sí mismo el sujeto europeo –el sujeto fuerte, el sujeto conquistador, el sujeto que se conquista a sí mismo, que conquista américa y al mundo material–, “ese sujeto que dice yo ocupo el lugar que ocupo en la sociedad por mi propia industria”, y entonces, para este sujeto, el relacionarse con otros implica ceder soberanía. Luego, se preguntó: “Qué pasa si nosotros, en cambio, pensamos un estado que es proyección de cómo el hombre latinoamericano y la mujer latinoamericana se entienden a sí mismos. Nosotros asumimos de entrada que somos porque somos en relación”.