Pena estatal y justicia restaurativa. Diálogo académico entre Edgardo Donna y Raúl Calvo Soler
El pasado 6 de julio se llevó adelante la jornada titulada “Pena estatal y justicia restaurativa. Diálogo académico entre Edgardo Donna y Raúl Calvo Soler”. Organizó el Proyecto UBACyT “Sobre las formas alternativas de solución de los conflictos penales. A propósito de la nueva redacción del artículo 59 del Código Penal”, a cargo de Ángela Ester Ledesma quien, a su vez, coordinó el encuentro.
Para comenzar, Edgardo Donna (profesor consulto de Derecho Penal y Procesal Penal y director de la Maestría en Derecho Penal de la Facultad de Derecho) señaló: “Propuse el título de ‘pena estatal’ porque no hay otra pena que no sea la del Estado y no hay otra pena que no sea la del Estado porque si uno lee los clásicos el Estado está para evitar la guerra civil. Esto está muy claro en Hobbes y después lo llevan adelante Hegel y Kant. Hegel dice que donde no hay pena estatal hay venganza y la venganza es eterna, más allá de la limitación de las personas”.
Además, indicó: “La finitud de los seres humanos hace que no conozcamos todo. Hay un tema que Hegel plantea (...) que es el derecho a conocer. El derecho a conocer está basado en un punto esencial: ‘yo debo conocer qué se me imputa’. Pero el profesor Maier en un trabajo dice que esta pregunta de Hegel va más allá del derecho a conocer lo que se me imputa, es el derecho a conocer. Y he pensado esto con respecto a los menores entre 12 y 16 años. ¿Qué debe conocer el menor? ¿Y qué pasa con aquellos menores que no conocen?”. En este sentido, subrayó que “el delito no es un conflicto entre partes, sino que es un problema del Estado de derecho y la reacción tiene que ser del Estado”. Y sostuvo que “el menor tiene que saber que ha violentado el orden jurídico como tal y, además, ha lesionado el reconocimiento del otro”.
Asimismo, comentó: “Imagínense una sociedad sin estado, sin pena. Dice Hobbes que antes del contrato social no hay nada bueno ni nada malo porque no hay un juez que lo diga. Pero me parece que estas discusiones deben partir de una base que es esta: ¿cómo hacemos con esta gente no socializada?”. Y planteó: “No digo que no sepa que ha cometido un hecho delictivo, pero en un código penal argentino se equipara a un homicidio individual agravado con Videla, tiene la misma pena: perpetua. El Tribunal Constitucional alemán ha dicho que el art. 80 nuestro no se aplica sino en casos de excepción y tiene que pasar todo por el art. 79 nuestro porque la pena se aplica por la culpabilidad y el injusto y luego no puede haber penas fijas. Estoy esperando que un tribunal diga esto. Ya lo ha dicho el juez Palermo en Mendoza: no se puede aplicar la perpetua con pena fija y más ahora que se reformó el art. 13”.
Por su parte, Calvo Soler (profesor de la Universidad de San Andrés y de la Maestría de la Magistratura de la UBA. Director del Programa de justicia juvenil restaurativa de San Isidro y del Programa de Prevención General de la delincuencia juvenil del Departamento Judicial de Pergamino) manifestó: “Creo que Hobbes nos ha hecho mucho daño. Primero no tengo claro que Hobbes en el Leviatán estuviese haciendo una descripción científica de lo que es el hombre sin el estado. Creo que él hacía una metáfora del contrato social. El contrato social no existe descriptivamente hablando, es una manera de justificar una situación dada y él decía que fuera del leviatán nos destruiríamos unos a otros en el estado de naturaleza”. Y subrayó que “los restaurativistas creemos en el ser humano y partimos de un optimismo antropológico. Creemos que el hombre puede enfrentar, mejorar y aprender desde el conocimiento”.
En cuanto a enfrentar el delito con una respuesta que no sea la del Estado, expresó que concuerda con el profesor Donna y expuso: “Creo que el Estado tiene un papel que jugar, pero no podemos pensar en un Estado que al menos responde fundamentalmente a dos lógicas: una lógica que comienza y termina con la sanción y con la pena y una lógica que discute desde el punto de vista del ‘si no saben, castigamos’. Creo que justo ese es el punto porque la pregunta está muy bien planteada. ¿Qué hacemos si no saben? Educar”.
Más adelante, desarrolló: “Creo en un derecho que trabaja en conceptos como reconocimiento, responsabilización, restauración –que no es lo mismo que reparar–. Es decir, creo en un derecho penal que transforma desde el punto de vista de crear espacios donde cuando la pregunta es qué hacemos con el que no sabe, la respuesta no es castigar como un fin en sí mismo”.
Con relación a la pregunta sobre qué hacemos cuando la persona no entiende, aseveró: “No castigar porque si no entiende nada, el castigo no tiene nada de aprendizaje para que lo pueda entender. Sí, formar. Esto quiere decir: ayudarlo a reconocer lo que pasó”. Y agregó: “Un joven que vive, nace y se construye desde la violencia es un joven que no distingue la violencia de la ausencia de violencia porque es una pauta de conocimiento. Entonces, sí reconocer lo que pasó y sí responsabilizarse. No hay proceso responsabilizador basado en una pena. No hay nada de responsabilidad en el hecho de castigar”.
También puso de manifiesto la importancia de restaurar el vínculo entre el victimario, la víctima y la comunidad: “Son tres vínculos que el derecho no puede permitirse el lujo de responder con una pena y no recomponer esos vínculos que el delito ha roto”, afirmó y destacó: “No sostengo que la pena no tenga sentido. Lo que sostengo es que si la única respuesta de todo el sistema comienza y termina en el castigo no hay transformación posible y no se genera la oportunidad de un cambio desde el punto de vista de la conducta de los individuos”.