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Año XIX - Edición 340 09 de julio de 2020

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Pandemia y derecho. ¿Y ahora qué? La visión jurídico contable

  • Notas

El pasado 25 de junio se llevó a cabo la charla “Pandemia y derecho. ¿Y ahora qué? La visión jurídico contable” a través de la plataforma Zoom.

Participaron en calidad de expositores/as: Héctor Osvaldo Chómer (presentación e introducción), Alicia Ferrer (“Uruguay frente al Covid 19. La pequeñez geográfica y demográfica como ventaja relativa frente a la crisis”), Javier Lorente (“Tramitación de procesos concursales durante la emergencia. ¿Soluciones coyunturales o definitivas?”), Martín Stolkiner (“Verificación digital de créditos. Algunas cuestiones controvertidas”), Juan M. Villoldo (“Diligencias e informes de los síndicos durante el ASPO”) y Juan Anich (“Insolpandemia. Tiempos, costos e incertidumbre”). El Departamento de Derecho Económico y Empresarial organizó la actividad.

Tras la presentación del profesor Héctor Osvaldo Chómer, tomó la palabra Alicia Ferrer. La expositora comentó brevemente sobre la situación sanitaria de Uruguay y explicó las medidas adoptadas por el gobierno para enfrentar la pandemia. “La mayor cantidad de medidas surgieron del Banco Central de Uruguay a través de estímulo al crédito, disminuyendo los encajes, extendiendo y flexibilizando el crédito, los vencimientos de los plazos del crédito por hasta doce meses, tanto de pago de capital como de intereses. Se autorizó no modificar la clasificación contable ni la clasificación de riesgo de los deudores”, indicó.

A continuación, aclaró que no hubo ninguna reforma legislativa a pesar de que se impulsaron iniciativas desde el Instituto de Derecho Comercial y el Colegio de Abogados. “La idea era que la economía no iba a sufrir la catástrofe de la magnitud de las previsiones que teníamos los juristas, de que iba a haber avalancha de procesos concursales y de proceso de ejecución no se iba a dar. Afortunadamente tuvieron razón”, concluyó.

A su turno, Javier Lorente presentó un análisis comparativo sobre el funcionamiento de la justicia en materia concursal durante la pandemia en diferentes países del mundo. “Uno imagina que la mayoría de los países sofisticados, la mayoría de los países del primer mundo, todos tenían plataformas digitales de funcionamiento de justicia y de celebración de audiencia. Pero no es así. Canadá no celebraba audiencias digitales ni telefónicas ni por videoconferencias”, ejemplificó. Luego mencionó algunos casos que requirieron modificaciones en las legislaciones para poder digitalizar presentaciones y comunicaciones. “Perú dictó un procedimiento acelerado de reestructuración concursal que también prevé soluciones sobre plataformas digitales y comunicaciones digitales”, aclaró.

Seguidamente, repasó los procesos concursales que se iniciaron y comenzaron durante la emergencia sanitaria en nuestro país. “En la mayoría de los concursos preventivos se explicó por la concursada la dificultad de componer los requisitos del artículo 11 producto del aislamientos social, preventivo y obligatorio. Al menos en dos hay constancia de que el juzgado amplió el período que prevé nuestra ley -un plazo virtualmente automático de 10 días hábiles judiciales- tanto en el caso Trident como en el caso Ingeniería Gastronómica”. Y se preguntó si no están dadas las condiciones para pensar una apertura automática de los procesos concursales.

Por su parte, Martín Stolkiner reconoció que “hace tiempo que somos varios los profesionales, magistrados, funcionarios de la justicia que estamos trabajando en la implementación de las tecnologías de la información en el proceso concursal y eso no es solamente por la economicidad y la eficiencia del proceso sino porque es la única forma hoy de alcanzar uno de los objetivos de la concursalidad: la concurrencia de los acreedores”. No obstante, remarcó que “en estos últimos días hubo muchos proyectos que incluso hablaban de mediación y proyectos con participación de los acreedores en los salvatajes de las empresas, a los cuales si no le damos las herramientas tecnológicas para acercarse al proceso concursal difícilmente alcancen ese objetivo”.

En esta misma línea argumental, señaló que “solamente la comodidad de lo que conocemos y la resistencia al cambio puede explicar que el procedimiento judicial, en general, y particularmente, los concursos preventivos, no se hayan abierto a este proceso y a este cambio tecnológico manteniendo formas rituales que hoy no tienen justificación ni explicación alguna”.

Juan M. Villoldo reflexionó sobre la tarea del síndico y planteó que “hace varios años desde la Dirección General de Tecnologías del Consejo de la Magistratura queremos incorporar al Sistema Único de Administración de Martilleros y Peritos a los síndicos en la acordada 2 del 2014, en la que estamos todos los profesionales excluyendo los abogados porque tienen una inscripción en papel en el Colegio de Abogados”.

Por otro lado, sostuvo que “hay un reglamento de la justicia comercial que debería ser reformado que establece una verificación física presencial en el domicilio del síndico. De la misma manera ese reglamento, modificado en agosto del año pasado, lo que hizo fue establecer una modalidad de inscripción virtual de los síndicos a través de la web”. Y sumó que se podría solucionar con la incorporación en el sistema para la próxima inscripción. En tanto, comentó que se presentó un pedido de veeduría virtual ante la Cámara Comercial que está pendiente de resolución.

Para finalizar, Juan Anich explicó el término 'insolpandemia':“Es una insolvencia generada por efectos de una pandemia pero que indudablemente nos obliga a repensar una serie de aspectos que tiene que ver con la problemática de la insolvencia y especialmente con el régimen de tratamiento de ella en nuestro país”. Destacó tres factores asociados este fenómeno: el tiempo, los costos que involucran y el contexto de alta incertidumbre.

La situación de emergencia sanitaria ha afectado el flujo de fondos de ciertas actividades como el turismo. “Ha llevado a que las empresas vayan consumiendo su capital de trabajo, lo hayan ido aplicando a ciertas urgencias, requerimientos que hacían a su estructura de costos habitual y todo esto ha ido resquebrajando al sistema”, enfatizó y analizó “hoy nos encontramos con un problema: las compañías están en un estado cercano a la insolvencia cuando no están en la insolvencia”. Luego se interrogó sobre cómo se recompone este flujo de fondos y el capital de trabajo con cierta celeridad para que no se convierta en una situación que dure in aeternum y compartió su preocupación no solo por la posibilidad de quiebra de las empresas sino también por la pérdida de puestos de trabajo.

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