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Año XIX - Edición 334 19 de marzo de 2020

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Mujeres con arresto domiciliario

  • Notas

El Proyecto UBANEX "Integración social más allá de los muros de la prisión" llevó adelante el encuentro "Mujeres con arresto domiciliario" el 6 de diciembre en el Aula 1 de Extensión Universitaria. En este marco, se realizó un relevamiento de los resultados del proyecto, dirigido por Gabriel I. Anitua y Sebastián Tedeschi junto con organizaciones sociales.

Participaron del mismo Cecilia Incardona (profesora e integrante de la Doctrina Penal Feminista), Marta Monclús Masó (doctora en Derecho y especialista en prisiones), Cecilia González (abogada especialista en DDHH de las mujeres), Sebastián Tedeschi (especialista en vivienda y DESC), Gabriel I. Anitua (profesor de Criminología) y Verónica Manquel (socióloga especialista en género y prisiones).

En primer lugar, Cecilia Incardona manifestó que “siempre se festeja la posibilidad de que alguien piense en mostrarnos realidades basadas en números para poder tomar decisiones”, y se refirió a la dificultad de lograr acuerdos entre las instituciones sobre medir el impacto de las decisiones que se toman todos los días y la construcción de datos.

“El primer impacto que me causó el informe es que cuando se toma la decisión de dictaminar si una persona puede acceder o no al arresto domiciliario hay una falta total de evaluación del contexto situacional a donde esa persona se va a alojar, en qué forma se va a desarrollar luego esa prisión domiciliaria”, desarrolló y agregó que “estas cuestiones no son atendidas en el proceso en el cual se toma la decisión. No existe. No hay ningún solo informe y si lo hay es porque ha habido algún desajuste”.

Seguidamente, Marta Monclús Masó remarcó: “Me parece muy importante poner luz y focalizar en estas mujeres con hijes que están privadas de la libertad en sus domicilios y abandonadas por parte del Estado”. Asimismo, expuso que la reforma de 2009 que amplió los supuestos para acceder al arresto domiciliario fue fundamental. “Permitió incorporar los estándares de derechos humanos, que después se aprobaron como las Reglas de Bangkok, dentro de la legislación interna. Fue fundamental, pero no fue suficiente porque la eficacia de esa normativa, que habilita el arresto domiciliario de hijas e hijos, tiene sus límites”, detalló y sostuvo que “es insuficiente porque la inmensa mayoría de las mujeres que terminan accediendo al arresto domiciliario pasan un tiempo de prisión de todos modos”.

Cecilia González, por su parte, indicó: “Cuando leí el informe de situación pensé en dos dimensiones que se podrían abordar. Una primera dimensión vinculada a la interpretación de los datos que se presentan sobre la falta de cobertura de derechos de las mujeres y los niños que están junto a ellas y la segunda dimensión es acerca de la violencia que sufren las mujeres que están en arresto domiciliario y por lo tanto conviviendo con el agresor en sus viviendas”.

Luego puntualizó que “estos estudios nos dicen que la organización del cuidado presenta desigualdades de género en cuanto a que son las mujeres las principales cuidadoras y desigualdades de clase en la medida en la que son los sectores populares los que tienen mayores dificultades para hacerse cargo del cuidado y para estar insertos en el mercado laboral”. En esta línea, reflexionó: “Tal como está pensado el arresto domiciliario es para que las mujeres salgan a cumplir su rol de género (...). Es el ejemplo paradigmático para demostrar que sin tribu y sin Estado no se puede cuidar y si se cuida es a costa de las mujeres”.

Sebastián Tedeschi señaló que “las penas privativas de la libertad no deben afectar los derechos sociales de las personas que están cumpliendo con esa pena” y se preguntó por qué la situación de estos derechos están peor si hay más conciencia en los operadores judiciales de que no se debe privar a las personas que están pasando en esa situación sus derechos sociales. A modo de respuesta, esgrimió que esto se debe a las deficiencias en el sistema de acceso a las prestaciones sociales. “El derecho a la vivienda es el menos institucionalizado. No hay registro de prioridades, cuando hay no funciona. No hay registro acerca de la problemática de vivienda, sino que los registros oficiales tienen que ver con campañas que promueve la propia industria de la construcción”, ejemplificó y concluyó: “Las mujeres que están cumpliendo arresto domiciliario padecen todas las deficiencias institucionales que tienen los mecanismos de prestaciones sociales”.

A continuación, Gabriel I. Anitua expuso que “el informe tiene la vocación de servir y no de ser servil al pensamiento jurídico instituido, de dejar tranquilos a los operadores jurídicos tanto judiciales, de defensa o Ejecutivo y Legislativo y mucho menos a los académicos”. En esta línea argumental, aseveró: “La vocación de servir es para servir en la satisfacción de derechos de aquellas personas que, a través de sus necesidades, nos muestran la contracara del derecho: el incumplimiento y la vulneración de los derechos”. Más adelante, resaltó que “este informe tiene toda la capacidad de poder transferir sus conocimientos y resultados para transformar realidades”.

Finalmente, Verónica Manquel destacó la importancia de que el informe se haya realizado en conjunto con organizaciones sociales: “Habla mucho del tema que estamos trabajando, que tiene que ver con el rol que tienen las organizaciones sociales en la temática del encierro ante la falta de políticas públicas no solo en el arresto domiciliario, sino en lo postpenitenciario y en la cárcel”. También subrayó que el informe es una forma de generar una articulación entre las organizaciones sociales, la academia y las instituciones.