Mediación y COVID-19: nuevos desafíos y avances en España y Argentina
El pasado lunes 11 de mayo el Centro de Graduados organizó, a través de su cuenta oficial de Instagram, el taller titulado “Mediación y COVID-19: nuevos desafíos y avances en España y Argentina”. El mismo estuvo a cargo de Hilda Eleonora Vallet, docente e investigadora de la Facultad, y Lorenzo Bujosa Vadell, quien se desempeña como catedrático en la Facultad de Derecho de la Universidad de Salamanca, España.
De modo introductorio y en relación con el aislamiento preventivo por el coronavirus en Argentina, Hilda E. Vallet afirmó: “En el Departamento de Práctica Profesional en el Centro de Mediación ya tenemos un antecedente muy fuerte de una comediación con la provincia de Salta a casi 1800 kilómetros en el año 2011. El caso lo presentó una señora llamada Mariela que tenía una nena de 3 años pidiendo activar un asunto de alimentos. Tomaron contacto, hicieron una videoconferencia, llegaron a un acuerdo y después se reunieron para firmar en Salta”.
Respecto a la Ley argentina de Mediación, aseveró: “Los principios de la mediación a distancia son iguales a los de la mediación en persona. Debe existir imparcialidad, libertad y voluntariedad de permanecer en dicho proceso. Hay que prestar especial atención a los intereses de los menores, de las personas con discapacidad y de los adultos mayores que tengan algún tipo de dependencia”.
Por su parte, Lorenzo B. Vadell explicó: “La Comitiva de la Unión Europea, a través de distintos tipos de normas, trató de armonizar y regular las soluciones alternativas a litigios en el ámbito del derecho privado. Se plantearon algunas normas programáticas sobre cuestiones transfronterizas y una de ellas es la mediación en materia civil y mercantil”.
Sobre el desarrollo de la justicia en España y Europa durante la cuarentena por el COVID-19, opinó: “Tenemos un reglamento que regula la mediación electrónica a través de una plataforma de litigios en línea pero que es poco conocida. Sin embargo, con esto del coronavirus, yo creo que se ha bloqueado demasiado a la justicia. Por el confinamiento quedó paralizada excepto para las cuestiones urgentes y ahora estamos empezando a tener muchos problemas”. Luego expresó: “Aquí la voluntariedad en materia civil y mercantil es más importante que en Argentina porque es el primer principio que establece la Ley de Mediación. Por otro lado, el tema de la confidencialidad es muy importante porque en el caso de que luego haya un proceso no se debería poder utilizar la información que se conoció en el ámbito confidencial porque puede traer problemas”.
Llegando al final, analizó: “La identificación de las partes es un gran problema cuando se produce una mediación a través de videoconferencias, pero sobre todo cuando se realiza a través de otros medios como el correo electrónico. En esos contextos, la firma electrónica cobra una importancia mayor y el mediador, además de estar registrado, debe contar con una capacitación especial para complementar su conocimiento”.