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Año XXII - Edición 401 21 de diciembre de 2023

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La protección jurisdiccional del derecho constitucional al medio ambiente en España

  • Notas

El pasado 14 de diciembre el Centro de Derecho Ambiental y el Seminario de Derecho Ambiental del Instituto Gioja invitaron a Gerardo Ruiz-Rico Ruiz, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Jaén, quien disertó en el marco de la jornada “La protección jurisdiccional del derecho constitucional al medio ambiente en España”. Moderó el encuentro el profesor Marcelo López Alfonsín.

Para dar inicio a su exposición, Gerardo Ruiz-Rico Ruiz indicó que el derecho constitucional “cataloga derechos”. En ese sentido, dijo que “están los que se consideran esenciales y no esenciales”. En cuanto al derecho al medio ambiente “se produce una complejidad porque el constituyente no lo considera un derecho de rango constitucional. (...) No es uno de esos derechos privilegiados por la mayor capacidad institucional. (...) Se lo separa de los Derechos civiles y políticos”.

Otros de los temas que abordó fue la identidad ambiental europea. “Entiendo que existe porque es el resultado de una trayectoria y una evolución que viene del constitucionalismo social”, advirtió, y añadió que “este provino de la derrota de los alemanes y la culminación de la Segunda Guerra Mundial”.

Continúo dando ejemplos de casos que la Unión Europea tuvo que tratar. Estos casos tanto del medio ambiente, causados por la naturaleza como por el humano. “Hay dos medidas que se suelen ver en el accionar: la de regulación y desregulación de los aparatos de gobierno”, planteó. En el caso español, explicó: “Tenemos un artículo que le da al Estado la competencia de promulgar legislación básica para la protección del medio ambiente. Es solo labor de los gobiernos locales, implementar las medidas sociales”.

Para finalizar, se refirió a los intentos de la legislación por avanzar en las medidas de prevención o cautelares contra el daño ambiental. “Me parece que es importante que estemos atentos a la justicia climática, donde tenemos que ver las sentencias judiciales donde se le obliga a los gobiernos a la implementación de leyes que defiendan el derecho ambiental”, indicó. Con esto, además, hizo referencia a las generaciones futuras “que son ya parte del derecho ambiental, y sus voces merecen ser escuchadas”. Para finalizar, concluyó su ponencia destacando que la protección del medio ambiente “no solo debe verse como una obligación hacia lo presente sino para el futuro”.