La protección jurídica de las mujeres adultas mayores. Algunas consideraciones sobre su efectividad
El pasado 30 de marzo, se celebró el encuentro "La protección jurídica de las mujeres adultas mayores. Algunas consideraciones sobre su efectividad", organizado en conjunto por el Proyecto de Investigación UBACYT "Adultos mayores en situación de violencia: acceso a la justicia en defensa de sus derechos. Nuevos interrogantes: Primera y Segunda brecha digital. Adultos mayores LGTB" y el Observatorio sobre Derecho de la Vejez y Adultos Mayores de la Facultad de Derecho (UBA). Brindaron su aporte: Dra. María Inmaculada Sánchez Barrios, directora de la Unidad de Igualdad de la Universidad de Salamanca y la Dra. Hilda Eleonora Vallet, directora del Proyecto de Investigación UBACYT "Adultos mayores en situación de violencia: acceso a la justicia en defensa de sus derechos. Nuevos interrogantes: Primera y Segunda brecha digital. Adultos mayores LGTB", y del Observatorio sobre Derecho de la Vejez y Adultos Mayores (Facultad de derecho, UBA).
Para dar comienzo, Hilda Eleonora Vallet pronunció: “El tema que hoy nos convoca es el problema de las adultas mayores, y en especial, su protección jurídica. Para nuestro trabajo de investigación del proyecto UBACYT, tomamos como ejes principales la Convención Interamericana para los Derechos de las Personas Mayores, la cual en el año 2022 adquirió el rango de jerarquía constitucional conforme al artículo 75 inciso 22 de nuestra constitución, la Ley de Violencia contra la Mujer y, localmente, en CABA tenemos la ley 5.420 que promulga la prevención y la protección integral contra el abuso y el maltrato a los adultos mayores”. No obstante, señaló: “Tenemos toda esta normativa, pero cuando en el trabajo de campo le preguntamos a las personas si se sienten protegidas, la respuesta es que no. Debemos entonces indagar qué es lo que está pasando con la aplicación del sistema y si realmente el mismo es o no efectivo”.
Acto seguido, María Inmaculada Sánchez Barrios dio las gracias por la invitación y expresó: “Los datos de Naciones Unidas indican que hacia el año 2050, el número de personas mayores de 60 años va a superar, por primera vez, al número de personas menores de 15 años. En adición, tenemos que tener en cuenta la feminización del envejecimiento, ya que hay muchas más mujeres mayores adultas, que hombres”. Consecuentemente, resaltó que la afectación se dará tanto en países desarrollados como en desarrollo, y declaró: “Estos cambios demográficos van a tener, e incluso ya están teniendo, profundas repercusiones en los derechos humanos. Es urgente, por lo tanto, que abordemos las problemáticas que pueden plantear las discriminaciones”.
En tal sentido, describió la preocupación de los organismos internacionales: “El comité de la CEDAW está alarmado por estas variadas y múltiples formas de discriminación que sufren las mujeres, no sólo por su género, sino además por su edad. Considera que sus derechos no están siendo abordados sistemáticamente en la legislación de los países”. En la misma línea, hizo referencia a la recomendación general N° 27 dictada por la organización: “Tuvo por objetivo señalar una serie de estrategias nacionales o medidas positivas que deben adoptar los Estados de manera que las mujeres puedan participar plenamente y en pie de igualdad en la sociedad. Los países deben reconocer que son un recurso importante para la sociedad, e incluso deben derogar todas aquellas leyes, reglamentos y costumbres vigentes que amplíen la discriminación”. Y añadió: “Tienen que mantenerlas informadas en cuanto a sus derechos y en su acceso a la justicia, incluso, se debe capacitar al poder judicial y a los/as funcionarios/as para lograr una tutela judicial efectiva de igualdad”. Del mismo modo, enfatizó en la Directiva 2012/29 de la Unión Europea.
En lo que concierne a la situación de España y Argentina, dijo: “La protección judicial se encuentra bastante desarrollada. Ha habido muchos movimientos en favor de la igualdad de la mujer. Si bien ambos países están avanzados en cuanto a los derechos sociales, aún hay datos que llaman la atención”.
Para finalizar, opinó: “En muchos otros países, se ponen de manifiesto carencias claras. Estas dificultades constituyen violaciones constantes a sus derechos”.