La potencialidad de la perspectiva etnográfica aplicada en la investigación jurídica
El 7 de abril en el SUM del Instituto Gioja tuvo lugar una disertación a cargo de Virginia Vecchioli, doctora en Antropología Social, Universidad Federal de Río de Janeiro, Museo Nacional, Río de Janeiro (Brasil), profesora Universidad Federal Santa Maria (UFSM). El evento fue organizado por el Proyecto DCT1601: "La igualdad interpelada: acción colectiva y reacción judicial a través de la jurisprudencia reciente del fuero CAyT de la CABA", el Proyecto UBACyT 20020150200028BA: "La Constitución argentina de 1949 y la "vía argentina" al constitucionalismo social", Programación Científica 2016 y el Proyecto PICT-2015- 3239 (Raíces): "Los DESC como Derechos Exigibles en Argentina: Aportes para una metodología de argumentación desde una perspectiva integral", Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica, Argentina. Más tarde, Nancy Cardinaux realizó los comentarios pertinentes y la actividad fue coordinada por Julieta Mira y Martín Aldao.
De esta manera, Virginia Vecchioli se refirió a cómo una perspectiva etnográfica puede contribuir al conocimiento del derecho como una práctica social. Así, explicó que una característica central de la etnografía es la importancia del campo empírico, “trabajo de campo que en sus parámetros originarios a principios del siglo XX se definía como una actividad de permanencia intensiva, en contacto con poblaciones que en esa época eran exóticas y distantes. Ese trabajo de campo continúa siendo la marca distintiva del trabajo del antropólogo”. Añadió que así como el concepto de cultura hoy es utilizado, apropiado y reapropiado por una inmensidad de disciplinas, que se han apropiado de herramientas propias de la antropología, el trabajo de campo ha sido apropiado en el límite hasta por los propios técnicos del Banco Mundial. Vecchioli hizo alusión también a una característica, que funda la antropología a fines del siglo XIX, que fue el hecho de estudiar sociedades en donde no había instituciones jurídicas definidas, no había un aparato represivo. “Sin embargo, los fundadores de la antropología encontraron que en esas sociedades sí había orden, reglas y formas de ejercer el derecho”, consideró. Este inicio de la antropología en las sociedades sin instituciones especializadas en el ejercicio del derecho tuvo una dificultad, pero al mismo tiempo esa dificultad se convirtió en virtud porque hubo que encontrar el derecho fuera del estado. “Eso ha entrenado al antropólogo a buscar cómo el derecho funciona de hecho y no tanto la discusión sobre como el derecho, los tribunales y la justicia debería funcionar”, indicó. En este sentido, Vecchioli remarcó que en el análisis del derecho como un hecho social es muy importante salirse del derecho para atender a situaciones y procesos más amplios que exceden al propio campo del derecho.
Posteriormente, hizo referencia a la distinción entre la posición del magistrado que debe dictaminar entre quien es un acusado y quien es un inocente y el problema del investigador que estudia el derecho, que no tiene como propósito descubrir una verdad oculta, sino que su interés tiene que ver con comprender los procesos sociales que hacen posibles, por ejemplo, los juicios de lesa humanidad y la existencia de asociaciones civiles dentro del campo del derecho, que pueden unificar la defensa de la dictadura con el ejercicio de la virtud cívica que es propia de la profesión. “Esa es una distinción que es un puntapié inicial fundamental, en mi trabajo de investigación no tengo como interés dar una sentencia sobre lo apropiado o inapropiado de las acciones que desarrollan los profesionales del derecho, sino que me interesa comprender la lógica a través de la cual esas acciones son plausibles para esos actores”, puntualizó Vecchioli. En la misma línea argumental, la oradora remarcó: “Mientras el juez distribuye responsabilidades, el científico social, desde mi punto de vista, tiene que desarrollar una perspectiva comprensiva de ese mundo social que está investigando”. Sostuvo, además, que la perspectiva comprensiva no es simple, porque la perspectiva comprensiva del mundo social de los distintos espacios por los cuales los profesionales del derecho circulan, tiene como característica el desafío no solo de comprender las posiciones y formas de representar el mundo de aquellos grupos con los que me identifico valorativamente, sino el desafío de explicar las posiciones dentro del campo del derecho y la política que están en las antípodas de mi propio mundo de valores”.
“En mi trabajo de investigación no tengo como interés dar una sentencia sobre lo apropiado o inapropiado de las acciones que desarrollan los profesionales del derecho, sino que me interesa comprender la lógica a través de la cual esas acciones son plausibles para esos actores”, puntualizó Virginia Vecchioli.