La metodología cualitativa en Ciencias Sociales. La técnica del estudio de caso aplicada al Poder Judicial
El Proyecto UBACyT "Los conflictos socio-jurídicos en torno a la infancia. Nuevos escenarios", dirigido por Laura Lora, organizó el pasado 10 de octubre una clase abierta sobre "La metodología cualitativa en Ciencias Sociales. La técnica del estudio de caso aplicada al Poder Judicial". Participaron del encuentro Angélica Cuellar Vázquez (Universidad Nacional Autónoma de México) y Marco Feoli (Universidad de Costa Rica).
Tras la presentación de Laura Lora, Angélica Cuellar Vázquez se refirió a una investigación que realizó en el estado de Puebla, México, que abarcó 14 entrevistas a jueces y a la que, posteriormente, aplicó el trabajo metodológico. La disertante afirmó que tuvo la curiosidad de hacer un trabajo cualitativo con jueces cuando previamente descubrió que el mismo cuerpo de una sentencia había tenido dos interpretaciones diferentes. “La propuesta de la sociología jurídica es observar al Derecho como una mediación insustituible en la relación Estado-sociedad y, de acuerdo con Vincenzo Ferrari, la sociología jurídica observa al Derecho como una modalidad de la acción social”, consideró. Las preguntas de investigación incluían quiénes eran los operadores del Derecho, qué piensan de la justicia, cómo perciben el Poder Judicial, qué significa para ellos “aplicar el Derecho”, qué significa la independencia y cómo ingresaron al Poder Judicial. Mencionó además que las palabras de los jueces se transcribieron ya que no se quiso poner en otras palabras lo que dijeron. “Para esta investigación en particular se buscó observar en su discurso las configuraciones subjetivas, los conocimientos receta, los procesos de significación y experiencias, por lo que no cabe traducir a otro lenguaje sus respuestas ni cortar sus discursos”, explicó. Asimismo, comentó que cuando se realiza una investigación cualitativa con base en entrevistas, estas se leen reiteradas veces. “Con estas lecturas se van ubicando temas, respuestas similares, en algunas ocasiones, hechos que los cuales los entrevistados ponen acento. Cuando estábamos en el proceso de releer las entrevistas, tuvimos que buscar las categorías de análisis para estas entrevistas”, describió. De este modo, cuando se buscaban las categorías de análisis, descubrieron que los jueces en todas sus respuestas involucraban dos tipos de conocimientos, el jurídico, adquirido en las escuelas de Derecho, y el que obtienen a través de su experiencia en el Poder Judicial. En cuanto a la pregunta en relación al primer acercamiento al Poder Judicial, Cuellar Vázquez la calificó como “muy buena” porque daba espacio para hablar de su biografía. De esta manera, los resultados mostraron que se habían acercado al Poder Judicial no por un destino de familia, sino que gran parte de los jueces entrevistados habían accedido al Poder Judicial porque un maestro suyo los había llamado para ingresar al Poder Judicial.
Luego, Marco Feoli se refirió al trabajo en su tesis doctoral. Entre otras cuestiones, consideró que en general la estructura judicial es tan verticalizada y endogámica que la forma conservadora es uno de los rasgos característicos de los poderes judiciales. “Porque ha habido algunos cambios en los últimos años, me interesó plantear el tema de la judicialización de la policía, el activismo judicial, el gobierno de los jueces”, dijo Feoli. El disertante abordó lo sucedido en Costa Rica y Colombia, donde hay tribunales de justicia constitucionales concentrados. Lo que intentó saber era si estas dos cortes eran tribunales activistas. “Para eso, había que hacer pasos previos que tenían que ver con definir los conceptos”, estimó. De esta manera, definió judicialización y activismo. “Definí judicialización de la política como un desplazamiento que se hace hacia el Poder Judicial de una serie de temas que antes eran resorte exclusivo de los otros poderes del Estado”, identificó. Esto es un cambio de perspectiva y de cómo situamos al Poder Judicial y a los jueces. Este desplazamiento tiene dos dimensiones: un desplazamiento institucional y otro ciudadano. “En la judicialización política se desplazan temas para que los jueces los resuelvan y esto puede suceder en dos circunstancias: por un lado, que los propios ciudadanos lleven sus demandas a los tribunales para que sean resueltas (…) La otra dimensión es la institucional, otros actores políticos utilizan a las cortes para resolver algunos temas”, describió. Con relación al activismo judicial, señaló que para algunos implica el reconocimiento de nuevos derechos, característica que siempre se encuentra. De esta manera, el disertante definió activismo judicial como un tipo de relación que establecen los jueces con personas y otros órganos del Estado a partir de una decisión caracterizada por delimitar los alcances de las normas jurídicas estableciendo, significados que no surgen de la literalidad de las normas y que pueden incluir la definición de políticas públicas y la invalidación de decisiones de otros órganos del Estado. Asimismo, mencionó los cinco indicadores para establecer si una sentencia es activista: contestación de los actos de los otros poderes, cuando las Cortes anulen decisiones de otros poderes del Estado; cuando hubiera reconocimiento de la expansión de nuevos derechos; la utilización de sentencias interpretativas; la definición de una política pública; y la presencia de una decisión ultra petita, es decir, cuando los jueces concedían algo distinto a lo que se les había pedido. De esta forma, debió analizar sentencias, ya que era la única forma de saber cómo actúan los jueces.
“Para esta investigación en particular se buscó observar en su discurso las configuraciones subjetivas, los conocimientos receta, los procesos de significación y experiencias, por lo que no cabe traducir a otro lenguaje sus respuestas ni cortar sus discursos”, explicó Angélica Cuellar Vázquez.