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Año XVI - Edición 281 06 de abril de 2017

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La Libertadora en la Facultad de Derecho

  • Notas

El pasado 16 de marzo en el SUM del Instituto Gioja se realizó la conferencia “La Libertadora en la Facultad de Derecho”, en el marco de la sesión inaugural del año 2017 del Seminario Permanente de Investigación del Instituto Gioja y estuvo a cargo de su coordinador, Tulio Ortiz.

El orador comenzó diciendo: “Mi objetivo es empezar el 24 de septiembre de 1955 como fecha de origen de la intervención de los estudiantes, porque los primeros que tomaron la Universidad de Buenos Aires (UBA) y los edificios fueron los estudiantes de la Federación Universitaria Argentina (FUA), de esa regla no escapó nuestra Facultad”. Luego, explicó el cuerpo básico para entender el sistema institucional normativo que rigió desde 1955 hasta la llegada de Arturo Frondizi al gobierno, en 1958. En este marco, explicó que “el cuerpo normativo que reguló la relación entre la Libertadora y las universidades, en particular la UBA y nuestra Facultad, está integrado por aproximadamente 10 normas fundamentales, que se distinguen en decretos-leyes, meros decretos y resoluciones ministeriales, y una especie de cuerpo anexo, que habla de construcciones universitarias, por ejemplo”.
Relató, más adelante, que “el 30 de septiembre de 1955 se dictó un decreto de intervención, por lo tanto la Facultad y la UBA estuvieron en manos de la FUA desde el 24 de septiembre hasta el 1° de octubre que asumió el decano”. Manifestó, como detalle interesante, que el golpe del ‘55 no metió militares dentro de la universidad: “Cuando los estudiantes de la FUA y del Centro de Estudiantes llegaron los militares estaban afuera”, dijo. Asimismo, expuso que “el 7 de octubre se pone en comisión a todo el claustro de profesores y se les da atribución a los interventores para designar docentes interinos. También se ordena la reparación de los profesores que fueron cesanteados en 1946”. Específicamente, indicó: “Reparar el honor de los profesores universitarios a separarse por haber defendido la autonomía universitaria, la libertad de conciencia y la dignidad nacional. Estos son principios que integraron la barrera conocida como ‘la Purga’ en 1946”. Seguidamente, se refirió a la resolución ministerial del 4 de noviembre del año 1955, que convocó a los concursos universitarios y al decreto-ley 6403/55, que es más conocido por el art. 28 de la libre, la laica. “Son 53 artículos y es la columna vertebral que tuvo la Libertadora para organizar la universidad”, explicó.

Por otra parte, contó que los concursos no eran de oposición, eran de títulos y antecedentes. En esto seguía el modelo de la ley 13.031 de los peronistas. Solo por excepción se llamaba a ese examen de oposición donde los jurados escuchaban al postulante. Los antecedentes a presentar son los generales pero se agrega en un artículo lo que se llama el “título moral para concursar”. En este sentido, Ortiz describió que fue desde ese decreto-ley que “se considerará como título de valor moral el ejemplo dado a los alumnos por los profesores, que, sacrificando su interés personal, perdieron la legítima posesión de sus cátedras por mantener su independencia y el libre ejercicio de las mismas o por defender el decoro de las instituciones republicanas”.