La legislación sobre partidos políticos en Argentina: ¿Qué, cómo y para qué reformar?
El pasado 25 de noviembre se llevó adelante la jornada "La legislación sobre partidos políticos en Argentina: ¿Qué, cómo y para qué reformar?". Coordinaron María Alejandra Perícola (profesora de la Facultad) y Gerardo Scherlis (profesor de la Facultad) y organizó el Proyecto PIDAE "La legislación sobre partidos políticos en Argentina. Evaluación de impacto y elaboración de propuestas para una reforma viable" y el Departamento de Derecho Público I.
Para comenzar, Pablo Manili (subdirector del Departamento de Derecho Público I) brindó unas palabras de bienvenida. “Creo que es muy sabio y muy oportuno estudiar en Argentina el tema de los partidos políticos. Estoy convencido de que la democracia necesita partidos políticos fuertes, vitales y con contenido ideológico para ser sana. Lamentablemente en Argentina en la actualidad no todos los partidos políticos que compiten electoralmente y que tienen su representación en las distintas bancas del Congreso tienen una ideología definida o son de una ideología muy lábil”, introdujo.
Seguidamente, brindaron su aporte Ana María Mustapic (MPhil en Política, Universidad de Oxford) y Alberto Dalla Via (presidente de la Cámara Nacional Electoral).
A su turno, Ana María Mustapic expuso: “La reforma política siempre está presente en la agenda (...). En materia de políticas públicas el modelo es el que señala un clásico de políticas públicas que se llama Lindblom y que habla de que cuando uno hace reformas está caminando en el fango. Él habla de muddling through. Vamos avanzando lentamente y yo ese término lo traduciría al español como nadando en dulce de leche: la reforma tiene esas dificultades para avanzar aunque algunos pasos se van dando”.
Luego se refirió a la proliferación de partidos políticos y lo vinculó con la representación. “La Cámara Nacional Electoral registra hoy 666 partidos distritales y 45 partidos nacionales (...). Uno se preocupa por el número de partidos porque afecta el principio representativo porque nuestra democracia es una democracia representativa y quienes canalizan la representación son los partidos políticos. Los votos que obtienen son centralmente la evidencia de que los partidos políticos representan porque se espera que los partidos puedan a hablar en nombre de alguien y de ahí que la legislación coloca umbrales y porcentajes de votos para que los partidos no caduquen. Sin embargo, la legislación existente y la interpretación de las normas por parte del Poder Judicial generan incentivos negativos”, desarrolló.
A continuación, disertó sobre las alianzas y su formación. “Lo que se encuentra es que los partidos políticos pueden unirse a distintas alianzas según el distrito en el que se encuentran para las elecciones de diputados”, especificó y brindó un ejemplo: “En las últimas elecciones el MID fue con Juntos por el Cambio en algunos distritos, por ejemplo en Buenos Aires, en la Ciudad de Buenos Aires y en la Pampa, y en Misiones fue con el Frente Renovador y en San Juan y Santa Fe con el Frente de Todos”.
En este marco, sumó que “la legislación establece un porcentaje del dos por ciento del padrón electoral para conservar la persona jurídica pero formando parte de una alianza de algún modo se puede eludir ese requisito. Nuevamente la pregunta es cómo sabemos si esos partidos son representativos”.
Hacia el final, planteó el uso de la boleta única como una solución posible: “La introducción de la boleta única evita esos incentivos negativos o perversos que están vinculados con el financiamiento para la impresión de boletas. entonces, se desalentaría la creación de partidos oportunistas y se alentaría la creación de nuevos partidos que tuvieran alguna acción representativa. Este no sería el único efecto que tiene la introducción de la boleta única pero creo que contribuiría a fortalecer esa función representativa de los partidos políticos”.
Por su parte, Alberto Dalla Via comenzó diciendo: “Soy de los que creen que el problema no está tanto en la legislación, sino en los usos y costumbres. No están tanto en la norma, sino en la forma de comportarse”.
En esta línea argumental, detalló: “Nosotros tenemos desbalances porque tenemos mucha legislación a nivel nacional porque en el Congreso están los partidos políticos que tienen una tendencia endogámica a tratar estas cuestiones. Se ponen más fácil de acuerdo en reformar las cuestiones políticas electorales que otras, pero si ustedes revisan la legislación provincial en un país federal como Argentina van a encontrar grandes vacíos”. Y agregó: “Por ejemplo, no hay normas provinciales sobre financiamiento. Esto lleva a que, si las provincias no adhieren al régimen nacional en una elección, no tienen sanciones por materia de financiamiento y si a eso le sumamos los vacíos que tenemos en la legislación donde muchas veces los partidos de distrito a nivel nacional se confunden con el partido provincial, basta un mero juego de simulación para quedar fuera de la legislación de financiamiento. Esto sucede porque la materia electoral es campo de la viveza criolla”.
Asimismo, sostuvo: “Lo que tenemos que discutir son las reglas arquitectónicas. Discutamos las alianzas porque en realidad estamos votando por alianzas desde hace bastante tiempo o estamos votando por espacios y nos encontramos con que a un partido político para que presente candidato a presidente y vice le exigimos que tenga por lo menos cinco distritos y sea un partido nacional y después a una alianza de distrito le basta con unirse a una alianza nacional para poder presentar candidato a presidente y vice. Esto está en la ley, pero parece ser incoherente”. En este contexto, explicó que “hay un problema con las alianzas porque la legislación vigente dice que fenecen al día siguiente de la elección, son alianzas transitorias. Así están definidas en el art. 10 de la ley orgánica de partidos políticos. Sin embargo, nuestras dos fuerzas políticas principales son Juntos por el Cambio y el Frente de Todos. Si fueron alianzas para una lección, murieron al día siguiente de la elección, pero siguen siendo coaliciones de gobierno sin reglamentación”.
Por otro lado, retomó el tema de los partidos políticos como representación: “El art. 1 de la Constitución dice que tenemos un sistema representativo. Esto está repetido en el art. 22. Tenemos discusiones teóricas sobre democracia participativa o democracia inclusiva, pero el sistema constitucional sigue sosteniendo como base el sistema representativo y para que el modelo representativo funcione los partidos políticos son indispensables”. Y remarcó: “Cuando no hay partidos no se puede hacer funcionar el sistema. No hay liderazgo que lo pueda suplantar porque todos se vuelven desvanecientes. Las elecciones partidarias son necesarias”.