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Año XI - Edición 202 25 de octubre de 2012

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La integración regional entre la fragmentación y la consolidación. ALADI, MERCOSUR, UNASUR: crisis y coyuntura

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Durante los días 1 y 2 de octubre se desarrolló en el Salón Azul el seminario internacional “La integración regional entre la fragmentación y la consolidación. ALADI, MERCOSUR, UNASUR: crisis y coyuntura”, con la presencia de expositores nacionales e internacionales. La organización estuvo a cargo dela Cátedra de Derecho dela Integración de la profesora Sandra C. Negro y del Centro de Estudios Interdisciplinarios de Derecho Industrial y Económico (CEIDIE).

A modo de introducción, Sandra C. Negro hizo referencia a la fragmentación y la consolidación como dos tendencias de las integraciones regionales, enfatizando en los procesos a nivel regional, ALADI, MERCOSUR y UNASUR, aunque este último no califica exactamente como proceso de integración. Consideró entonces que los tres procesos son exponentes de tiempos diversos de integración regional. Opinó también que la existencia de factores endógenos y exógenos impactó en hacer más difícil la consecución de objetivos.

A continuación, tuvo lugar la exposición de Mercedes Rial, quien abordó la herramienta fundacional de ALADI que es el Tratado de Montevideo de 1980. Así, señaló oportunidades y desafíos en un contexto internacional cambiante. También se refirió a las características y resultados de la aplicación del Tratado de Montevideo de 1980, creado con el objetivo a largo plazo de lograr un mercado común latinoamericano y a corto plazo, un área de preferencias económicas, conocidas como zonas de libre comercio. El instrumento se destaca por el pluralismo de carácter político, de distintas visiones, de modelos de desarrollo, y también en materia económica, permitiendo a ALADI tener una membresía amplia, otorgando flexibilidad. Sin embargo, señaló que los costos y beneficios no son iguales para todos sus integrantes. Como mecanismos previstos en el tratado existen acuerdos de alcance regional de preferencia arancelaria regional y la nómina de apertura de mercados y acuerdos de carácter parcial, como los de complementación económica. Por último, examinó la compatibilización de los instrumentos regionales con los pendientes a nivel multilateral.

Por su parte, María del Pilar Silveira García observó que para tener más integración y ampliar la cantidad de países, para sumar y no superponer organismos, se podrían incluir otras temáticas, como los servicios. Aludió al concepto de convergencia previsto en el artículo 3 del Tratado de Montevideo de 1980 para reforzar los cimientos de la integración. Asimismo, explicó que las diferencias arancelarias están divididas en categorías de países. Teniendo en cuenta la multiplicidad de actores, la coordinación de esfuerzos entre organismos de integración produce una expectativa positiva.

Seguidamente, Christian Leroux marcó la proliferación de acuerdos comerciales regionales, encontrándose más de 300 en vigor. Comentó entonces la cláusula de habilitación y la notificación ala OMC para notificar a las partes contratantes. Analizó los efectos jurídicos de la doble notificación, al amparo de los artículos 80 y 24. En tal sentido, precisó que para notificar los acuerdos, dentro dela ALADI se realizan informes bienales que se realizan enla Secretaría con el consentimiento de los países para informar sobre la evolución del Estado de la integración ala OMC. Se cuestionó entonces sobre qué validez jurídica posee un informe frente a una notificación. Así, recordó que resultan ser un requisito que se adoptó a partir de 1996. En relación con la naturaleza jurídica de los que se realizaron entre los años 1982 y 1996, se refirió rol de la costumbre, como práctica constante y uniforme, ya que siempre se utilizaron los informes para notificar.

Más adelante, Alfredo López Bravo mencionó que elTratado de Montevideo menciona que ALADI va a entender en las controversias que pudieran existir, indicando que ante eventual fracaso de negociaciones entre las partes, el comité propondrá una fórmula que estime más conveniente para resolver la solución planteada. De tal modo, aseguró que no es orgánico, porque no dispone de tribunal jurisdiccional ni arbitral y no es obligatorio, sino voluntario.

Posteriormente, Susana Czar de Zalduendo hizo alusión a la nueva agenda en los procesos de integración. Remarcó, además, los elementos distintivos en el contexto internacional, como la globalización que produjo una revolución en las comunicaciones y en la forma de operar el sector financiero 24 horas al día; la amplia la eficacia tecnológica y productiva; y los nuevos actores en el mercado internacional, como China. Advirtió también las trabas en las negociaciones enla Ronda de Doha, agregando que resulta difícil llegar a avances parciales. Para finalizar, se explayó sobre la planificación indicativa y la centralizada, remarcando el Grupo de Integración Productiva, creado en el año 1998 en el ámbito del MERCOSUR.

Acto seguido, Wilson Fernández planteó la integración en la infraestructura regional con dos megaproyectos: el plan “Puebla Panamá” yla Iniciativa parala Integración dela Infraestructura Regional Suramericana (IIRSA). Marcó además la relación intrínseca entre mercado y Estado, aseverando que “el mercado se basa en el concepto de integración funcional, relaciones contractuales y creciente dependencia entre oferta y demanda, mientras que para el Estado las fronteras territoriales son la base necesaria para la autonomía nacional y la unidad política”.

Hacia el final, el panel sobre “La unión aduanera en crisis: el Código Aduanero del MERCOSUR y las áreas aduaneras especiales”, estuvo a cargo de Enrique Barreira y Carlos Ramírez.

Así, Enrique Barreira consideró la cuestión de la fragmentación desde el punto de vista del MERCOSUR, aportando las influencias exógenas y endógenas del estancamiento del MERCOSUR. Remarcó entonces la falta de líderes con ideas homogéneas sobre la integración. En este orden de ideas, postuló que las razones de la integración son la eficiencia y productividad de las empresas, es decir que el aspecto de la integración tiene que ver con la disminución de los costos empresariales. Teniendo en cuenta el Tratado de Asunción, destacó que “la armonización de la legislación es un requisito esencial para la integración, lo cual es una tarea pendiente desde1991”. Para concluir, indicó quela Resolución Nº 27/2010 aprobó el Código Aduanero del MERCOSUR, el cual adopta la forma de Código marco, delegando su dictado en el poder administrador. Sin embargo, advirtió que en verdad los Códigos establecen una solución en un sistema.

Por su parte, Carlos Ramírez se interrogó cuál es la cantidad de cooperación necesaria para hacer integración. Hizo alusión entonces a la armonización aduanera y a las aduanas de América Latina, destacando que el antecedente más importante Convenio Multilateral de Asistencia Técnica y Cooperación Aduanera de Países de América Latina con países de España y Portugal. También recordó que en el año 2006, se institucionalizó la cooperación aduanera del MERCOSUR y se encargó el proyecto del Código Aduanero. En tal sentido, se refirió a su implementación, opinando que deben terminar de ajustarse los procedimientos.

“El mercado se basa en el concepto de integración funcional, relaciones contractuales y creciente dependencia entre oferta y demanda, mientras que para el Estado las fronteras territoriales son la base necesaria para la autonomía nacional y la unidad política”, subrayó Wilson Fernández.