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Año XV - Edición 271 25 de agosto de 2016

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La gestión integral de los sistemas penitenciarios a la luz de las Reglas Mandela

  • Notas

El pasado 8 de agosto en el Salón Azul tuvo lugar el seminario “La gestión integral de los sistemas penitenciarios a la luz de las Reglas Mandela”, organizado conjuntamente por la Subsecretaría de Relaciones con el Poder Judicial y Asuntos Penitenciarios del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación y la Dirección de Relaciones Internacionales de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Las áreas temáticas abarcaron la revisión de las Reglas Mandela y el intercambio de buenas prácticas como base para el consenso, las acciones de implementación de la adecuación de las Reglas Mandela en la región y los derechos humanos en contextos de encierro.

El panel de apertura contó, en primer término, con la exposición de Juan B. Mahiques, subsecretario de Relaciones con el Poder Judicial y Asuntos Penitenciarios. Sostuvo que las Reglas mínimas para el tratamiento de reclusos han sido un aporte de gran valor e influencia como vía para la elaboración de leyes y el intercambio de buenas prácticas penitenciarias. “Tras 60 años de vigencia, los avances en la ciencia penitenciaria dieron lugar a la revisión del documento original, con el objetivo de adecuarlas a un sistema moderno de justicia penal y estándares de derechos internacionales”, aseveró. De esta manera, destacó que nuestro país desempeñó un rol central en el proceso intergubernamental de reforma de las Reglas mínimas. “Las Reglas Mínimas fueron rebautizadas Reglas Mandela en homenaje al fallecido presidente de Sudáfrica, quien pasó 27 años encarcelado como parte de su lucha por los derechos humanos”, remarcó.

Acto seguido, Stella Maris Martínez, defensora general de la Nación, indicó que las Reglas mínimas fueron adoptadas en el primer Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del delincuente del año 1955 y “constituyeron los estándares mínimos universalmente reconocidos para la gestión de los centros penitenciarios y el tratamiento de los privados de libertad”. No obstante, al día de hoy, con esta actualización de las reglas, “no podemos afirmar que en todo el mundo las Reglas mínimas del 55 se estén cumpliendo plenamente”. Pese a ello, en reconocimiento de los avances producidos en ciencia penitenciaria y legislación internacional, la Asamblea General de la ONU decidió en 2011 establecer un grupo intergubernamental de expertos para examinar y eventualmente revisar estas reglas. Explicó, en este sentido, que el grupo de expertos decidió revisar las Reglas mínimas en nueve áreas temáticas: dignidad inherente de los reclusos como seres humanos, grupos vulnerables privados de libertad, servicios médicos y sanitarios, restricciones, disciplina y sanciones, investigación de muertes y tortura de reclusos, acceso a representación jurídica, quejas e inspecciones y terminología, además de capacitación de personal. “Un 35% de las reglas fueron revisadas y reubicadas”, narró.

Luego, Germán Garavano, ministro de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, subrayó la importancia del rol de las víctimas. “Tenemos que incorporar la mirada de las víctimas del delito en relación con lo que es la reinserción de aquellas personas que cometieron delitos, porque muchas veces esa reinserción también pasa por esa convivencia que vamos a tener entre víctimas y victimarios”, dijo. Además, manifestó que los esquemas de política criminal deben tener una mirada lo más integral posible, donde “sabemos que la parte represiva debe ser una mínima parte, la parte final de un proceso donde hay un montón de herramientas previas”. En tal sentido, mencionó como importante trabajar, desde el sistema penitenciario, en esta reinserción social con el valor del trabajo. Comentó, entre los ejes de trabajo del Ministerio de Justicia, la necesidad de avanzar en el cumplimiento de las Reglas, no solo a nivel federal sino también en las jurisdicciones provinciales. Posteriormente, participaron del seminario Francisco Mugnolo, Gustavo Hornos, Matías Ezequiel Garrido, María Jimena Monsalve, Marta Lafferriere, Roberto Gargarella, Paula Litvachky, Alejandro Slokar, Javier Palumno y Marcelo Bergman. Hacia el final de la jornada, se pronunciaron unas palabras finales en torno a los nuevos estándares internacionales para el tratamiento de la población privada de la libertad que establecen las Reglas Mandela. En primer lugar, Manuel Garrido, presidente de la ONG Innocence Project Argentina, se refirió a la vinculación de estas Reglas con la cuestión de la corrupción en el funcionamiento del sistema carcelario. Mencionó que “se sabe que el fenómeno de la corrupción afecta de manera desigual a las personas (…). En el caso de aquellos que están privados de la libertad, este impacto negativo es particularmente mayor”. A su turno, Elías Carranza, director del Instituto Latinoamericano de las Naciones Unidas para la Prevención del Delito y el Tratamiento, manifestó que las cárceles en nuestra región de América Latina y el Caribe presentan una realidad penitenciaria muy grave y son un antro de violaciones a los derechos fundamentales de las personas alojadas en ellas. Por otra parte, subrayó que la principal vacuna para evitar o reducir el número de hechos de corrupción es la transparencia. “En nuestros frecuentes recorridos por las cárceles de la región y también de otras regiones del mundo, pudimos verificar esta verdad de Perogrullo de que en los sistemas penitenciarios en los que hay más transparencia hay también menos violencia, menos hechos de corrupción y menos hechos indeseables en general”, contó. “Lo que se debería perfeccionar en el servicio penitenciario federal como asimismo en el de la provincia de buenos aires y también en otras provincias del país es el modelo de gestión y la integración preso-funcionario. Sugeriríamos instalar definitivamente en todo el país el modelo de seguridad dinámica (…)”, sostuvo. Carlos Mahiques, juez de la Sala III de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal, por su parte, se enfocó en los modelos de concepción de la pena. Desde el punto de vista penológico, se reconocen tres modelos: el modelo clásico, el modelo disciplinario y el modelo neoliberal.