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Año XXII - Edición 390 08 de junio de 2023

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La función preventiva de la responsabilidad civil

  • Notas

En el Salón Rojo, el pasado 10 de mayo, tuvo lugar la actividad "La función preventiva de la responsabilidad civil", organizada por Fernando Alfredo Sagarna y coordinada por Matías Nuñez Ostiz, docente UBA.

La apertura estuvo a cargo del profesor Leandro Vergara, decano de la Facultad y profesor titular regular de Obligaciones Civiles y Comerciales UBA. Durante la apertura, manifestó la importancia del evento. Citó el libro de Fernando Alfredo Sagarna para definir la prevención: “Una brújula del ordenamiento”. Y concluyó que el éxito de la prevención está en que el daño no ocurra porque la cosa dañada ya perdió su valor.

Seguidamente, participaron en calidad de expositores/as: María Isabel Benavente, profesora adjunta regular Obligaciones Civiles y Comerciales UBA, jueza de la Cámara Nacional en lo Civil (Antijuridicidad y Prevención); Federico De Lorenzo, profesor de Derecho Civil Parte General UBA (Tutela Preventiva del Cumplimiento del Contrato); María Fabiana Compiani, profesora adjunta regular Obligaciones Civiles y Comerciales UBA (Seguro y Prevención del Daño); Dra. Pamela Tolosa, decana y titular regular Obligaciones en la Facultad de Derecho de la UNS (Prevención, Libertad de Expresión y Perspectiva de Género);  Fernando Alfredo Sagarna, profesor adjunto Obligaciones Civiles y Comerciales UBA (Acción Preventiva) y Lorena González Rodríguez, profesora Posgrado de Daños UBA (Innovación y Prevención). Se examinó entre los/as presentes la materia, su futuro y cómo debe siempre estar cambiando, porque el cambio es innovación. Entró a colación el tema del “Derecho al olvido” donde se busca la protección del habeas data y la privacidad de las personas que se vieron expuestas en el pasado, con o sin consentimiento.

Para finalizar, el profesor Carlos A. Calvo Costa, profesor titular regular de Obligaciones Civiles y Comerciales UBA y juez de la Cámara Nacional en lo Civil, realizó la presentación del libro La Función Preventiva de la Responsabilidad Civil, de Fernando Alfredo Sagarna. “Él destaca que el viejo código de Vélez Sarsfield no tenía prevención, sino que el enfoque estaba plenamente en el reparo posterior al daño. Con la reforma 77.11 aparece en el código la responsabilidad objetiva”, manifestó. Comparó la reforma con los cambios en el código francés y anglosajón. Destacó que dentro del Código Civil y Comercial existen dos grandes pilares: “El artículo 1710 sobre la obligación de actuar para la prevención de daños y la antijuridicidad de la norma, cuando en casos determinados no se le puede obligar a la persona a actuar en casos donde no hay responsabilidad objetiva”. Para finalizar, habló sobre la seriedad y profundidad de la obra y puntualizó cómo debates controversiales pero necesarios para el cambio constante de la materia.