Jornadas de Constitucionalismo Social Latinoamericano “Arturo Sampay”
Para conmemorar el sexagésimo aniversario de la reforma constitucional de 1949, durante los días 6, 7 y 8 de mayo se desarrollaron las Jornadas de Constitucionalismo Social Latinoamericano “Arturo Sampay”. El evento se dividió en paneles que abordaron diversos aspectos sobre esta temática. Se hicieron presentes, entre otros, distinguidos docentes de esta Casa de Estudios los Dres. Lucila Larrandart, Esteban Righi, Roberto Andrés Gallardo, Arístides H. Corti, Claudio Heredia, Noemí Rial y Eugenio Raúl Zaffaroni.
Tras el acto de apertura realizado el 6 de mayo, los Dres. Lucila Larrandart y Esteban Righi se refirieron a “Las garantías individuales en el Constitucionalismo Social”.
En primer lugar, la Dra. Lucila Larrandart mencionó los logros en el plano de las garantías individuales que se plasmaron en la Constitución de 1949, enfatizando en el principio de legalidad, el cual consideró fundamental y avanzado a su tiempo. De acuerdo al sentido más amplio o más restrictivo que se le de al texto jurídico, distinguió entre la interpretación extensiva, permitida, y la interpretación por analogía, prohibida. En este sentido, indicó que la cláusula restrictiva se utiliza como cláusula constitucional para efectivizar la prohibición de la analogía y darle un contenido al principio de legalidad.
A continuación, el Dr. Esteban Righi comentó los objetivos que tuvo la reforma del ´49 que, de acuerdo a Sampay, consistieron en: consolidar el predominio político de los sectores populares; estatizar los centros de acumulación y distribución de los ahorros nacionales; las fuentes de los materiales energéticos y los servicios públicos esenciales; estatizar el comercio exterior; asignar a los bienes de producción la función de obtener el bienestar del pueblo; generalizar la enseñanza; estatizar las Academias; y que el Estado fiscalice la distribución y utilización del campo. En consecuencia, sostuvo que si bien la reforma no tuvo como propósito innovar en materia de garantías individuales, “hubo reformas con respecto al tema que nos convoca” ya que por ejemplo, reforzó el principio de igualdad e introdujo el habeas corpus al texto constitucional.
El día 7 de mayo continuó el evento en el Aula Magna. Con respecto a “La salud, la educación y los sujetos reconocidos en el Constitucionalismo Social”, el Dr. Roberto Andrés Gallardo reflexionó sobre los cuatro aspectos “indigeribles” para el sector del liberalismo que presentó la Constitución de 1949, entendiendo que “el primero, es un Estado que se autodefine como garante de la patria justa, libre y soberana; la segunda cuestión es la fusión de la idea de sociedad con la idea del Estado; el tercer punto es el vinculado al proceso político del avance popular que significa la Constitución de 1949; y el cuarto tiene que ver con las señales, ya que la Constitución de 1949 sigue siendo una señal en el tiempo, es un referente en nuestra historia”.
Asimismo, instó a que “cada uno desde nuestro ángulo debemos ayudar, colaborar, contribuir y comprometernos en la reconstrucción del poder popular ya que es lo único que va a garantizar realmente una patria justa, libre y soberana”.
Posteriormente, la cuestión sobre “La regulación de la economía en el Constitucionalismo Social” fue abordada por el Dr. Arístides H. Corti quien consideró que no corresponde equiparar el Estado de Bienestar de los países desarrollados con el Estado de justicia social de la Constitución de 1949 debido a que en los países centrales tuvo por finalidad estabilizar el sistema capitalista. Advirtió que, en cambio, la Constitución de 1949 constitucionalizó un Estado de justicia social en el marco de un país subdesarrollado dependiente, que pasaba de un modelo agroexportador a un modelo económico integrado con un fuerte proceso de industrialización. Enunció también que los criterios contenidos en la Constitución de 1949 pueden considerarse vigentes con una interpretación dinámica, no estática y, para la plena efectivización de la vigencia de sus criterios, indicó que se necesita construir un poder popular, movilizar al pueblo y concientizarlo, y un poder judicial comprometido con este estado social democrático de derecho y activista.
Para dar cierre al ciclo, en lo referente al “Panorama actual del Constitucionalismo Social latinoamericano” brindaron sus perspectivas los Dres. Claudio Heredia, Noemí Rial y Eugenio Raúl Zaffaroni.
En primer término, el Dr. Claudio Heredia aseveró que la Constitución de 1949 marcó el valor de la justicia social y opinó que “recordarla en esta Facultad, en este tiempo y de este modo es realmente un hecho histórico”. Por último, observó que debemos ser partícipes de este hecho histórico que se viene, que es profundizar este modelo actual.
A su turno, la Dra. Noemí Rial afirmó que la Constitución de 1949 constituyó la arquitectura jurídica de un modelo político y económico de transformación. A su vez, señaló que la normativa permitió legitimar algunos conceptos que todavía hoy se discuten en la Argentina, como el rol del Estado, y su posibilidad y deber de participar en las regulaciones económicas y políticas.
Para concluir, resaltó la importancia de volver a formar ese modelo de país donde el trabajador sea partícipe de la riqueza y donde la legitimidad de sus derechos no tenga que ser defendido todos y cada uno de los días.
Finalmente, el Dr. Eugenio Raúl Zaffaroni estimó necesario “saber de dónde venimos para orientarnos hacia el futuro” y observó que la Constitución de 1949 puede ser criticada, observada y discutida, pero no puede ser borrada ya que “es insalubre para la vida de una Nación borrar un pedazo de su historia”.
Tras comentar los hechos históricos que dieron origen al Constitucionalismo Social en México, remarcó la necesidad de tener conciencia regional y mundial, en tanto los movimientos populares de desarrollo autónomo se encontraban en aquella época en plena vigencia tanto en México como Brasil y Argentina. Resaltó que si bien estos movimientos pudieron tener muchos defectos y errores, “en el balance final si se amplió la base ciudadana en nuestra región en América Latina fue gracias a esos movimientos”.
Para finalizar, advirtió que actualmente se abre una etapa distinta en el mundo: el neoconstitucionalismo latinoamericano, con las Constituciones de Bolivia, Ecuador y Venezuela. Por consiguiente, aseguró que “es fundamental recordar la Constitución de 1949, el destino de la Constitución, la hipocresía con la que se la borró de la historia y la forma en que se la deformó” porque ello resulta imprescindible para entender la importancia que tiene este nuevo espacio que se abre, agregando que “la historia no se repite, se continúa”.
Por lo tanto, expresó que “debemos estar alertas, más preparados para no sufrir las mismas consecuencias y tener que lamentar los mismos errores”.